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LEY DE MIGRACIÓN
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LEY DE MIGRACIÓN
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIGRANTES
- El Estado mexicano garantizará a toda persona extranjera el ejercicio de los derechos y libertades
- mostrar la documentación que acredite su identidad o su situación migratoria regular, cuando les sea requerida por las autoridades migratorias
- Cuando se trate de extranjeros con, situación migratoria regular, resguardar y custodiar la documentación que acredite su identidad y su situación.
- Los migrantes podrán acceder a los servicios educativos provistos por los sectores público y privado, independientemente de su situación migratoria
- Los migrantes tendrán derecho a recibir cualquier tipo de atención médica, provista por los sectores público y privado, independientemente de su situación migratoria,
- La libertad de toda persona para ingresar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional tendrá las limitaciones establecidas en la Constitución, los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
- El libre tránsito es un derecho de toda persona y es deber de cualquier autoridad promoverlo y respetarlo.
MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE PERSONAS Y LA ESTANCIA DE EXTRANJEROS EN TERRITORIO NACIONAL
- ESTANCIA DE EXTRANJEROS EN EL TERRITORIO NACIONAL
- Los extranjeros podrán permanecer en el territorio nacional en las condiciones de estancia de visitante, residente temporal y residente permanente
- VISITANTE SIN PERMISO PARA REALIZAR ACTIVIDADES REMUNERADAS.
- VISITANTE CON PERMISO PARA REALIZAR ACTIVIDADES REMUNERADAS
- VISITANTE REGIONAL.
- VISITANTE TRABAJADOR FRONTERIZO
- VISITANTE CON PERMISO PARA REALIZAR ACTIVIDADES REMUNERADAS
- VISITANTE POR RAZONES HUMANITARIAS
- VISITANTE CON FINES DE ADOPCIÓN.
- RESIDENTE TEMPORAL.
- RESIDENTE TEMPORAL ESTUDIANTE
- RESIDENTE PERMANENTE
- VISITANTE SIN PERMISO PARA REALIZAR ACTIVIDADES REMUNERADAS.
- Los extranjeros podrán permanecer en el territorio nacional en las condiciones de estancia de visitante, residente temporal y residente permanente
- A ENTRADA Y SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL
- La Secretaría, podrá cerrar temporalmente los lugares destinados al tránsito internacional de personas por tierra, mar y aire, por causas de interés público
- Los mexicanos y extranjeros sólo pueden entrar y salir del territorio nacional por los lugares destinados al tránsito
- Para entrar y salir del país, los mexicanos y extranjeros deben cumplir con los requisitos exigidos por la Ley de la materia
- Los mexicanos y extranjeros sólo pueden entrar y salir del territorio nacional por los lugares destinados al tránsito
- comprobante de nacionalidad
- pasaporte
- Cédula de Identidad Ciudadana o Cédula de Identidad Personal o su equivalente
- Matrícula consular
- Copia certificada del Acta de Nacimiento
- Carta de Naturalización
- Certificado de Nacionalidad Mexicana
- Carta de Naturalización
- Copia certificada del Acta de Nacimiento
- Matrícula consular
- Cédula de Identidad Ciudadana o Cédula de Identidad Personal o su equivalente
- pasaporte
- La Secretaría, podrá cerrar temporalmente los lugares destinados al tránsito internacional de personas por tierra, mar y aire, por causas de interés público
- ESTANCIA DE EXTRANJEROS EN EL TERRITORIO NACIONAL
DISPOSICIONES PRELIMINARES
- política migratoria del Estado Mexicano
- conjunto de decisiones estratégicas para alcanzar objetivos determinados que con fundamento en los principios generales y demás preceptos contenidos en la Ley de migración, se plasman en el Reglamento, normas secundarias, diversos programas y acciones concretas para atender el fenómeno migratorio de México de manera integral, como país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes
- principios en los que debe sustentarse la política migratoria del Estado mexicano
- Respeto, Congruencia, Enfoque integral, Responsabilidad, Hospitalidad y solidaridad, Facilitación de la movilidad internacional de personas, Equidad entre nacionales y extranjeros, Integración social y cultural entre nacionales y extranjeros
- situación migratoria
- a la hipótesis jurídica en la que se ubica un extranjero en función del cumplimiento o incumplimiento de las disposiciones migratorias para su internación y estancia en el país.
- tarjeta de residencia
- documento que expide el Instituto con el que los extranjeros acreditan su situación migratoria regular de residencia temporal o permanente
- Trámite migratorio
- Cualquier solicitud o entrega de información que formulen las personas físicas y morales ante la autoridad migratoria, para cumplir una obligación, obtener un beneficio o servicio de carácter migratorio a fin de que se emita una resolución, así como cualquier otro documento que dichas personas estén obligadas a conservar, no comprendiéndose aquélla documentación o información que solo tenga que presentarse en caso de un requerimiento del Instituto
- política migratoria del Estado Mexicano
AUTORIDADES EN MATERIA MIGRATORIA
- AUTORIDADES MIGRATORIAS
- la Secretaria
- Secretaría de Relaciones Exteriores
- El Instituto
- la Secretaria
- PROFESIONALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DEL INSTITUTO
- La actuación de los servidores públicos del Instituto se sujetará, invariablemente, a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos
- los servidores públicos del Instituto están obligados a someterse al proceso de certificación que consiste en la comprobación del cumplimiento de los perfiles de personalidad, éticos, socioeconómicos y médicos, necesarios para el ejercicio de sus funciones, en los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia
- el Instituto, contará con un Centro de Evaluación acreditado por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, en términos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y demás disposiciones
- los servidores públicos del Instituto están obligados a someterse al proceso de certificación que consiste en la comprobación del cumplimiento de los perfiles de personalidad, éticos, socioeconómicos y médicos, necesarios para el ejercicio de sus funciones, en los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia
- La actuación de los servidores públicos del Instituto se sujetará, invariablemente, a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos
- AUTORIDADES AUXILIARES EN MATERIA MIGRATORIA
- Secretaría de Turismo
- Secretaria de Salud
- Procuraduría General de la República
- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
- Instituto Nacional de las Mujeres
- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
- Procuraduría General de la República
- Secretaria de Salud
- Secretaría de Turismo
- AUTORIDADES MIGRATORIAS
Informações
- Descrição
- Mapa Mental sobre LEY DE MIGRACIÓN, criado por Laura Michell em 16-04-2021.
- Criado por
- Laura Michell
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