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EL FACTOR HUMANO

NICOL ROJAS Inglês

EL FACTOR HUMANO

Conteúdo do mapa

EL FACTOR HUMANO

  1. EL PEATÓN

    • Concepto
      • Peatón es la persona que se encuentra a pie en la vía pública
      • El peatón es el individuo que, sin ser conductor, transita a pie por espacios públicos.
      • Son también peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño
      • o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie o ciclo o ciclomotor de dos ruedas
      • los impedidos que circulan al paso en silla de ruedas, con o sin motor.
    • Rol de peatón
      • es uno de los elementos básicos del tránsito dentro de la circulación
        • características
          • - La cantidad y el volumen de peatones
          • - Su velocidad media
          • - Los lugares de afluencia
          • base para el estudio y aplicación del control de protección de sus movimientos
            • a fin de mantener la seguridad de la libre circulación tanto para peatones como para los vehículos
    • Reglas de circulación
      • El peatón circulará observando las siguientes reglas:
        • Dentro del radio urbano lo hará por las aceras, conservando su derecha y de ningún modo por la calzada
          • Para pasar de una acera a otra, lo hará obligatoriamente por las franjas de seguridad o por los lugares autorizados
            • En las carreteras es prohibido al peatón circular por las bermas, salvo el caso de necesidad
              • Tiene preferencia de paso en las calles donde no hay autoridad de Tránsito ni señales, debiendo los conductores reducir la velocidad o detener el vehículo.
                • Está prohibido al peatón subir o bajar cuando el vehículo está en movimiento.
      • Prohibiciones
        • Ningún peatón podrá situarse en la calzada, ni aún con el propósito de abandonar o detener un vehículo.
      • Normas para la circulación
        • En las ciudades y poblaciones, los peatones circularán por las aceras, conservando su derecha y evitando en lo posible el uso de la calzada
          • En los lugares donde no haya aceras o estas sean muy angostas, podrán excepcionalmente usar la calzada
            • pero en estos casos circularán uno detrás de otro (uno en fondo) y de ningún modo en grupos
        • Otras normas para la circulación
          • Es prohibido a los peatones cruzar la calzada en forma diagonal
            • bajar de la acera intempestivamente o cruzar la calle o calzada a la carrera y detenerse en plena calzada
              • La infracción de estas reglas crea la presunción de culpabilidad del peatón
    • Paso de peatones
      • Para cruzar una calle o avenida
        • el peatón solamente podrá hacerlo por los pasos para peatones que podrán estar demarcados o no
          • ser elevados o subterráneos
            • zonas en las que tiene preferencia en la circulación
              • debiendo los conductores reducir la velocidad de sus vehículos o detenerlos si fuera necesario para permitir el paso de los peatones
    • Respeto a las señales
      • Al cruzar las calles o avenidas por los pasos para peatones
        • donde el tránsito esté regulado por un policía o por semáforos
          • respetarán las señales
            • no pudiendo iniciar el cruce o bajar a la calzada hasta que no se le dé la señal respectiva
              • La infracción de esta norma crea la presunción de culpabilidad del peatón
      • Precaución
        • En los sitios donde no haya policía o semáforo regulando el tránsito
          • el peatón antes de cruzar la calle se cerciorará de que no existe peligro o riesgo para su persona
      • Continuación del Cruce
        • Si iniciado el cruce reglamentario se produjere un cambio de señal en el semáforo
          • el peatón tiene derecho a continuar su marcha hasta completar el cruce
            • estando obligados los conductores a respetar este derecho
      • Obligación de ceder el paso
        • Los peatones tienen la obligación de ceder el paso a los vehículos de la Policía, Ambulancias, Bomberos
          • cuando estos cumplen servicio de emergencia anunciado mediante sirenas o dispositivos especiales
      • Circulación en carreteras
        • En los caminos y vías rurales es prohibido al peatón circular por las bermas
          • Sin embargo, cuando obligadamente tenga que hacerlo por no existir otros lugares
            • circulara por el lado izquierdo de la vía o sea en sentido contrario a la circulación de los vehículos
              • En cruce de la calzada lo hará en forma perpendicular al eje de la misma y verificando previamente si no existe peligro o riesgo para su persona por la proximidad de un vehículo
      • Cruce de niños, ancianos, inválidos, no videntes
        • Todo conductor de vehículo, detendrá la marcha, cuando encuentre atravesando por el paso de peatones un niño, anciano, no - vidente o inválido
          • no pudiendo continuar hasta que aquellos hubieran completado el cruce
      • Juego en las vías públicas
        • Es terminantemente prohibido a los peatones
          • especialmente a los niños, bajo la responsabilidad de los padres o encargados
            • convertir las vías públicas en campos deportivos para efectuar carreras, juegos de pelota o cualquier otra distracción
              • que signifique un peligro para la circulación pública
    • Obligatoriedad
      • Todos los habitantes y estantes del país están en la obligación de conocer, observar y cumplir las disposiciones y normas relativas a la circulación de los peatones
  2. EL CONDUCTOR

    • Concepto
      • Conductor es la persona que conduce o tiene el control de un vehículo
    • Rol de conductor
      • Persona que conduce, maneja o tiene el control de un vehículo motorizado en la vía pública
        • que controla o maneja un vehículo remolcado por otro
          • o está a cargo del manejo directo de cualquier otro vehículo, de un animal de silla, de tiro o arreo
    • Clasificación
      • Ciclistas
      • Motociclistas (Licencia particular)
      • Conductor particular (Licencia particular)
      • Chófer profesional (Licencia profesional)
      • Motorista (Licencia especializada)
    • Licencia
      • La licencia es un documento personal e intransferible que acredita que su titular está facultado para conducir vehículos
        • Clasificación
          • De ciclista
          • De motociclista
          • De conductor particular
          • De chófer profesional
          • De motorista
    • De los Derechos y deberes del conductor
      • Autorización Legal
        • toda persona legalmente autorizada tiene derecho a conducir en el territorio de la Republica el vehículo correspondiente a la clase de licencia que posee
      • Trato
        • el conductor tiene derecho a un trato respetuoso y cortés por parte de las autoridades, pasajeros, peatones y propietarios del vehículo que tiene a su cargo
      • Derecho de auxilio
        • en situación de peligro o en caso de accidente tiene derecho a utilizar los servicios de auxilio público
      • Derecho de Instrucción
        • El conductor tiene derecho a participar de beneficios de la instrucción y actualización técnico-profesional que imparte las autoridades de tránsito
      • Observancia Legal
        • Los conductores sin excepción están obligados al conocimiento y estricta observancia de las disposiciones del presente Código y su Reglamento
      • Precaución
        • Conducir con atención y los cuidados que requiere la seguridad del tránsito
      • Conducta
        • El conductor tiene el deber de observar las normas de conducta y moralidad
      • Información
        • Los conductores tienen la obligación ineludible de dar parte o informar inmediatamente a la autoridad competente más cercana de todos los casos de accidentes e infracciones a las normas
  3. El pasajero

    • Concepto
      • Pasajero es la persona que utiliza un vehículo de un lugar a otro, los que pagan el servicio los que abordan voluntariamente un vehículo y son admitidos por el conductor
        • Clasificación
          • Los que reenumeran el servicio
          • Las personas que son transportadas por orden o disposición de la autoridad
          • Los que abordan voluntariamente un vehículo y son admitidos 'por el conductor
          • Los que son transportados por imposición
          • Los polizones o los abordan un vehículo arbitrariamente
    • Derechos
      • Los pasajeros comprendidos en los incisos a) y b) tienen derecho a un servicio cómodo y seguro, sin que a nadie le sea permitido desconocer o menoscabar esta prerrogativa, pero también tienen la obligación de no incurrir en actitudes que perjudiquen el buen servicio, molesten a terceros o provoquen desórdenes.
    • Obligación
      • El pasajero acatará las indicaciones que el conductor o su auxiliar le impartan para su mayor seguridad o comodidad
    • Responsabilidad
      • El pasajero responderá de los daños y perjuicios que arbitrariamente ocasione al vehículo, al conductor u ocupantes

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Informações

Descrição
Mapa Mental sobre EL FACTOR HUMANO, criado por NICOL ROJAS em 23-08-2021.
Criado por
NICOL ROJAS
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