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Código de Ética

Alexandra Arcon Puente Espanhol

Código de Ética

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Código de Ética

  1. Disciplina o campo de estudio que trata de los deberes y obligaciones. normalmente da origen a una serie de principios o valores que a su ves son usado para juzgar la conveniencia de conductas o comportamientos particulares.

    • sanciones del Código de Ética Profesional
      • -Amonestación Escrita, en el caso de las faltas leves. -Suspensión de la Matrícula Profesional por un término máximo de cinco años, dependiendo de la gravedad de la falta. -cancelación de la Matrícula Profesional, en el caso de las faltas gravísimas.
    • DEBERES y PROHIBICIONES
      • PROHIBICIONES
        • PROHIBICIONES GENERALES A LOS PROFESIONALES
          • Son prohibiciones generales a los profesionales
            • -Nombrar, elegir, dar posesión, para el desempeño de un cargo que requiera ser desempeñado por profesionales de la ingeniería, a personas que ejerzan ilegalmente la profesión. ervicio.
              • -Permitir, tolerar o facilitar el ejercicio ilegal de las profesiones reguladas por esta ley.
                • - Solicitar o aceptar comisiones en dinero o en especie por concepto de adquisición de bienes y ss para su cliente, sociedad, institución, etc., para el que preste sus servicios profesionales, salvo autorización legal o contractual.
                  • -Participar en licitaciones, concursar o suscribir contratos estatales cuyo objeto esté relacionado con el ejercicio de la ingeniería, estando incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades que establece la Constitución y la ley.
        • PROHIBICIONES ESPECIALES CON RESPECTO DE LA SOCIEDAD
          • Son prohibiciones especiales a los profesionales respecto de la sociedad
            • -Ofrecer o aceptar trabajos en contra de las disposiciones legales vigentes
              • - Hacer figurar su nombre en anuncios, membretes, sellos, propagandas y demás medios análogos junto con el de personas que ejerzan ilegalmente la profesión.
                • -permitir el inicio de obras de construcción sin haber obtenido de la autoridad competente la respectiva licencia o autorización.
        • PROHIBICIONES CON RESPECTO A LA DIGNIDAD DE SUS PROFESIONES.
          • Son prohibiciones a los profesionales respecto de la dignidad de sus profesiones
            • - Recibir o conceder comisiones, participaciones u otros beneficios ilegales o injustificados con el objeto de gestionar, obtener o acordar designaciones de índole profesional o la encomienda de trabajo profesional.
        • PROHIBICIONES CON RESPECTO DE SUS COLEGAS Y DEMÁS PROFESIONALES.
          • Son prohibiciones a los profesionales, respecto de sus colegas y demás profesionales de la ingeniería
            • - Difamar, denigrar o criticar injustamente a sus colegas.
              • - Usar métodos de competencia desleal con los colegas.
                • - Proponer servicios con reducción de precios, luego de haber conocido las propuestas de otros profesionales.
      • DEBERES
        • DEBERES GENERALES DE LOS PROFESIONALES.
          • Son deberes generales de los profesionales
            • - Cumplir con los requerimientos del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería.
              • -Custodiar y cuidar los bienes, valores, documentación e información.
                • -Denunciar los delitos, contravenciones y faltas contra este Código de Ética, de que tuviere conocimiento con ocasión del ejercicio de su profesión.
        • DEBERES CON LA SOCIEDAD
          • Son deberes especiales de los profesionales para con la sociedad
            • -Estudiar cuidadosamente el ambiente que será afectado en cada propuesta (sic) de tarea (sic) seleccionando la mejor alternativa para contribuir a un desarrollo, con el objeto de lograr la mejor calidad de vida para la población.
              • - Proteger la vida y salud de los miembros de la comunidad, evitando riesgos innecesarios en la ejecución de los trabajos.
                • -Velar por la protección de la integridad del patrimonio nacional.
        • DEBERES CON LA DIGNIDAD DE SUS PROFESIONES
          • Son deberes de los profesionales de quienes trata este Código para con la dignidad de sus profesiones
            • - Respetar y hacer respetar todas las disposiciones legales y reglamentaras que incidan en actos de estas profesiones
              • - Velar por el buen prestigio de estas profesiones
        • DEBERES CON SUS COLEGAS Y DEMÁS PROFESIONALES
          • Son deberes de los profesionales para con sus colegas y demás profesionales de la ingeniería
            • - Abstenerse de emitir públicamente juicios adversos sobre la actuación de algún colega.
              • - Obrar con la mayor prudencia y diligencia cuando se emitan conceptos sobre las actuaciones de los demás profesionales.
                • Fijar para los colegas que actúen como colaboradores o empleados suyos, acordes con la dignidad de las profesiones.
  2. es el marco legal del comportamiento profesional del ingeniero

    • contiene normas autoritarias o de obligatorio cumplimiento que sirven de parámetro para analizar si la conducta profesional es ética o no.

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