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RESPONSABILIDAD Y SANCIONES EN LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

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RESPONSABILIDAD Y SANCIONES EN LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
RESPONSABILIDAD OBJETIVA DEL EMPLEADOR
- Responsabilidades administrativas: la Administración laboral debe tutelar el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, imponiendo las sanciones que correspondan según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a través del procedimiento establecido en la Ley 8/1988, de 7 de Abril sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- TIPOS DE INFRACCIONES:
- INFRACCIONES LEVES:
- Las infracciones administrativas en materia de seguridad y de salud laboral se califican en leves, graves y muy graves, en atención a la naturaleza del deber infringido y la entidad del derecho afectado.
- INFRACCIONES GRAVES
- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales califica como infracción grave el incumplimiento de los derechos de información, consulta y participación de los trabajadores reconocidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
- INFRACCIONES MUY GRAVES
- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales califica como infracciones muy graves los incumplimientos empresariales más evidentes y significativos del deber de protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo.
- INFRACCIONES LEVES:
- RESPONSABILIDAD OBJETIVA:
- Acción u omisión + Daño (Temporal, Parcial y Total = Prestaciones)
- TIPOS DE INFRACCIONES:
- iNDEMNIZACIÓN
- PRESTACIONES INDEMNIZATORIAS
- MUERTE E INCAPACIDAD ABSOLUTA TEMPORAL Y PERMANENTE
- GASTOS DE ENTIERRO Y MEDICOS
- MUERTE E INCAPACIDAD ABSOLUTA TEMPORAL Y PERMANENTE
- PRESTACIONES INDEMNIZATORIAS
- Responsabilidades administrativas: la Administración laboral debe tutelar el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, imponiendo las sanciones que correspondan según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a través del procedimiento establecido en la Ley 8/1988, de 7 de Abril sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
SANCIONES
- MUERTE DEL TRABAJADOR: De 8 a 10 años de Prisión
- Discapacidad Total y Permanente: De 5 a 8 años de Prisión
- Discapacidad por Cualquier Actividad: De 5 a 8 años de Prisión
- Discapacidad por Trabajo Habitual: De 4 a 7 años de Prisión
- Discapacidad por Cualquier Actividad: De 5 a 8 años de Prisión
- Discapacidad Total y Permanente: De 5 a 8 años de Prisión
- SANCIONES ADMINISTRATIVAS
- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales califica como infracciones muy graves los incumplimientos empresariales más evidentes y significativos del deber de protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo.
- Multas, cierres de Actividades
- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales califica como infracciones muy graves los incumplimientos empresariales más evidentes y significativos del deber de protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo.
- MUERTE DEL TRABAJADOR: De 8 a 10 años de Prisión
RESPONSABILIDAD SUBJETIVA DEL TRABAJADOR
- Subjetiva y Penal
- Acción u omisión + Daño + culpa del Empleador = Violación de las Normativas Indemnización por Daños Morales Responsabilidad Penal Ante el Juzgado Competente.
- LOPCYMAT Art: 129 Prestaciones indemnizatorias
- MUERTES
- Indemnización 5 a 8 años continuos
- Discapacidad Absoluta y pepermanente
- Indemnización de 4 a 7 años continuos
- MUERTES
- Subjetiva y Penal
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Informações
- Descrição
- MAPA MENTAL DE RESPONSABILIDAD Y SANCIONES EN LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
- Criado por
- MARIA JOSE CORNEJO
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