CONSTITUCIÓN: es el documento
vigente que contiene la ley
fundamental del pais, dentro de cuyo
marco deben ceñirse todos los actos
legales. En ellas se generan las
instituciones, derechos, deberes y
fundamentos.
ALGUNOS ARTICULOS... Por otra parte, los artículos 109, 108 y 111
de la C.R.B.V. Establecen el derecho que tienen los niños y las
niñas a ser formados en educación ambiental, el deber que
tienen los medios de comunicación publicos y privados
constribuir a la formación ciudadana, y el derecho al deporte y la
recreación como actividad que beneficie la calidad de vida
individual y colectiva.
LEY ORGANICA DE LA EDUCACIÓN: esta ley esta hecha
para orientar y para definir con claridad los fines de la
educación, el rol de las escuelas , las responsabilidades
del estado y de las demás instancias oficiales, de los
docentes, del sector privado y de otros actores.
ARTICULO 3º : La educación tiene como finalidad
fundamental el pleno desarrollo de la personalidad
y el logro de un hombre sano, culto, crítico y apto
para convivir en una sociedad democratica, justa y
libre basada en la familia como célula fundamental
y en la valorización del trabajo; capaz de participar
activa, consciente y solidariamente en los procesos
de transformación social, consustaciando con los
valores de la identidad nacional.
LA LOPNA: Es un isntrumento juridico que rompe con la vieja
Doctrina de la situación irregular en la cual se criminaliza la
pobreza y no se distinguen entre menores abandonados y
delicuentes, adecua la normativa interna a los preceptos
establecidos en la convención de sobre los derechos del niño y
principios de derechos humanos.
OBJETIVO: Tiene por objeto garantizar a todos los
niños y adolescentes, que se encuentren en el
territorio nacional el disfrute pleno y efectivo de sus
derechos y garantias que a travez de la protección
integral que el estado, la familia y sociedad deben
brindarle desde el momento de su concepción.