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Juicio Ejecutivo Mercantil, promoviendo acción cambiaria directa

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Juicio Ejecutivo Mercantil, promoviendo acción cambiaria directa
Tiene lugar cuando se funda en un documento que traiga aparejada ejecución
- La acción cambiaria directa se ejercita en casos de falta de pago, aceptación o quiebra (art. 150 LGTyOC)
- *Es directa cuando se deduce contra el aceptante o sus avalistas
- Artículo 1391 Código de Comercio
- La acción cambiaria directa se ejercita en casos de falta de pago, aceptación o quiebra (art. 150 LGTyOC)
DEMANDA
- Debe ser acompañada por el título ejecutivo
- P/e: Pagaré, expedido el día 30 de noviembre de 2007
- Dejó de pagar y le generó intereses
- Debe $1,500,000.00
- Dejó de pagar y le generó intereses
- P/e: Pagaré, expedido el día 30 de noviembre de 2007
- Presentada la demanda, se provee auto, para que el demandado sea requerido de pago
- Si no paga, se le embargan bienes suficientes que cubran la deuda
- Se ponen bajo responsabilidad del actor, en depósito de persona
- No encontrandose el demandado, pero cerciorandose que ese es su domicilio, se le dejará citatorio, fijandole hora habil, dentro las 6 y las 72 horas posteriores; si no llega, el embargo se practicará con vecinos, parientes, etc.
- Hecho el embargo, se le notifica al demandando, que tiene término de ocho días, para presentar el Pago en el Juzgado u oponer sus excepciones que tuviere
- En los escritos de demanda y contestación, las partes ofrecerán pruebas
- Hecho el embargo, se le notifica al demandando, que tiene término de ocho días, para presentar el Pago en el Juzgado u oponer sus excepciones que tuviere
- Si no paga, se le embargan bienes suficientes que cubran la deuda
- Debe ser acompañada por el título ejecutivo
CONTESTACIÓN DE DEMANDA
- Se le da vista al actor por tres días para que manifieste lo que a su derecho convenga
JUICIO A DESAHOGO DE PRUEBAS
- Desahogada la vista, el Juez admitirá y mandará preparar las pruebas
- abrira el juicio en un término de hasta 15 días
- Artículo 1401 Código de Comercio
- Desahogada la vista, el Juez admitirá y mandará preparar las pruebas
ALEGATOS
- Terminado el periodo de Pruebas, se pasará al periodo de alegatos que será de dos días comunes para ambas partes
SENTENCIA
- Presentados lo Algeatos, previa citación, dentro del término de 8 días, se pronuncia sentencia
- Si en la sentencia se declara el trance y remate de los bienes y el pago al actor, se decidirán los derechos controvertidos en la mísma.
- Sentencia de remate, se procede a la venta de los bienes retenidos.
- Si la sentencia declara improcedente el Juicio, reservará al actor sus derechos para que los ejercite en la vía y forma que corresponda
- Si en la sentencia se declara el trance y remate de los bienes y el pago al actor, se decidirán los derechos controvertidos en la mísma.
- Presentados lo Algeatos, previa citación, dentro del término de 8 días, se pronuncia sentencia
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Informações
- Descrição
- Mapa Mental sobre Juicio Ejecutivo Mercantil, promoviendo acción cambiaria directa, criado por Itzel Manzur em 30-11-2016.
- Criado por
- Itzel Manzur
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