Última voluntad con que una
persona determina el
destino de su patrimonio
después de su muerte
Condiciones y
Requisitos
Debe manifestarse
directamente, la
voluntad del testador
La voluntad del testador debe
ser expresada de manera
inequívoca
La voluntad del
testador debe ser
consciente y libre
El testador debe estar en
plena capacidad para
efectuar el acto
Caracteríticas
Es un acto
unilateral
Es un acto
jurídico de
última voluntad
Es un acto
esencialmente
revocable
Es un acto de
disposición
Es un acto
formal y
solemne
Capacidad de Testar
Pueden disponer
por testamento
todos los que no
estén declarados
incapaces de ello
por la Ley
Incapaces
Los que no hayan
cumplido 16 años, a
menos que sean viudos,
casados o divorciados
Los entredichos
por defecto
intelectual
Los sordomudos y los
mudos que no sepan o
no puedan escribir
Los que no estén en
su juicio al hacer el
testamento
Capacidad Para Recibir
Pueden recibir por
testamento todos los que no
estén declarados incapaces
de ello por la Ley
Son incapaces para recibir
por testamento los que son
incapaces para suceder ab
intestato
A excepción de los descendientes
inmediatos, es decir los hijos de una
persona determinada que viva en el
momento de la muerte del testador,
aunque no estén concebidos todavía
Son igualmente
incapaces de heredar
por testamento
Las iglesias de
cualquier credo y los
institutos de manos
muertas
Los ordenados in sacris y los
ministros de cualquier culto, a menos
que el instituido sea cónyuge,
ascendiente, descendiente o pariente
consanguíneo dentro del cuarto
grado inclusive del testador
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.