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RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales, por la Policía Nacional”

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RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales, por la Policía Nacional”
USO DE LA FUERZA
- Medio material, legal, necesario, proporcional y racional, empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física
- Armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales
- Medios de apoyo de carácter técnico y tecnológico, que por su capacidad y características están concebidos para controlar una situación específica
- Marco Legal
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos 2, 6, 7 y 9
- Convención Americana de Derechos Humanos, artículos 2, 4, 5,7 y 27
- No convencionales
- Declaración Universal de Derechos Humanos, artículos 3 y 5
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
- Artículo 1. Todo ser humano tiene derecho a la vida
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
- Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Resolución 34/169 del 17 de diciembre de 1979. Organización de las Naciones Unidas
- Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Octavo Congreso de las Naciones Unidas, 1990
- Declaración Universal de Derechos Humanos, artículos 3 y 5
- No convencionales
- Convención Americana de Derechos Humanos, artículos 2, 4, 5,7 y 27
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículos 8.1, 8.2 y 12
- Convención contra la Tortura, preámbulo, párrafos 4 y 6; artículos 1, 2 y 4
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos 2, 6, 7 y 9
Normatividad nacional
- Constitución Política de Colombia. artículos 2, 6, 11,12, 81, 90, 93, 213, 216, 218 y 222.
- Ley 1801 julio 29 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia
- Ley 62 de 1993, artículo 1
- Ley 525 de 1999, “Por medio de la cual se aprueba la "Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas
- Constitución Política de Colombia. artículos 2, 6, 11,12, 81, 90, 93, 213, 216, 218 y 222.
Principios para el uso de la fuerza
- NECESIDAD: utilizarán en la medida de lo posible medios preventivos y disuasivos
- LEGALIDAD: debe cumplirse con las leyes y normas adoptadas por el estado colombiano
- PROPORCIONALIDAD: debe hacerlo de manera moderada y actuar en proporción a la gravedad de la amenaza
- Niveles de resistencia
- PASIVA: Riesgo latente: Es la amenaza permanente no visible
- ACTIVA: Resistencia física, Agresión no letal. Agresión física, Agresión letal
- Niveles de resistencia
- Valoración para el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza
. Uso de la fuerza preventiva
- Proceso de comunicación y disuasión
- Contacto visual: dominio visual sobre una persona o vehículo
- Verbalización: Es el uso de la comunicación oral con la energía necesaria
- Proceso de comunicación y disuasión
Uso de la fuerza reactiva
- . Fuerza Física.
- Control físico: técnicas policiales que permiten controlar, reducir el personal
- Tácticas defensivas: permiten contrarrestar y/o superar el nivel de resistencia
- Armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales
- Armas de fuego: Según el decreto 2535 de 1993 " Por el cual se expiden normas sobre armas municiones y explosivos
- . Fuerza Física.
Uso diferenciado y proporcionado de la fuerza
- El policía debe estar concentrado en observar los cambios de los niveles de resistencia de la persona intervenida en un procedimiento
- Formación para el uso de la fuerza Y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales
- Dirección Nacional de Escuelas será responsable de la formación, actualización, capacitación, entrenamiento, reentrenamiento y especialización en el uso de la fuerza y el empleo de armas
- Método que permita al funcionario de Policía tener la capacidad de analizar, planear y actuar de una manera profesional y táctica
- Formación para el uso de la fuerza Y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales
- El policía debe estar concentrado en observar los cambios de los niveles de resistencia de la persona intervenida en un procedimiento
Del empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales.
- Deben ser suministrados por la Institución como elemento de dotación oficial
- El policial deberá contar con la debida capacitación para el empleo de armas, municiones
- CLASIFICACION
- Mecánicas Cinéticas
- Agentes químicos
- Acústicas y lumínicas
- Dispositivos de control eléctrico y auxiliares
- CLASIFICACION
- Estará limitado a la normatividad y principios
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Informações
- Descrição
- Mapa Mental sobre RESOLUCIÓN NÚMERO 02903 DEL 23/06/2017 Reglamento para el uso de la fuerza y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales, por la Policía Nacional”, criado por yhon vargas em 25-07-2017.
- Criado por
- yhon vargas
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