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Tipos de infracciones y sanciones urbanísticas Andalucía

Javier A Espanhol

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Tipos de infracciones y sanciones urbanísticas Andalucía

  1. Básicos

    • Leves
      • Prestación de servicios de empresas suministradoras sin exigir Licencias urbansíticas pertinentes, sobrepasar el plazo establecido de contratación provisional o no atender suspensión cautelar
      • Las graves con excepciones declaradas
        • Obras de modificación o reforma sin licencias o contraviniendo donde no sea exigencia el proyecto técnico LOE
        • Cuando se subsanen voluntariamente incumplimientos de ejecución de instrumentos de planeamiento tras el primer requerimiento
    • Graves
      • Incumplimiento de deberes en la ejecución de los instrumentos de planeamiento contenidos en:
        • Proyectos de urbanización
        • Las reparcelaciones
        • Concesiones de la ejecución de los sistemas de expropiación y cooperación
        • Convenios urbanísticos de gestión
      • Obstaculización de las funciones propias de la potestad inspectora regulada en art. 179-180 LOUA
      • La ejecución, realización o desarrollo de actos de parcelación, urbanización, construcción o edficación e instalación u otra transformación del uso del suelo, que sean CONTRARIOS a la ORDENACIÓN territorial o urbanísticas
        • No serian legalizables
      • La ejecución, realización o desarrollo de actos de parcelación urbanística, urbanización construcción o edificación e instalación o cualquier otro de transformación de usos de suelo o del subsuelo que estando sujetos a licencia urbanistica o aprobación se ejecute SIN LICENCIA o CONTRAVINIENDO las condiciones de la licencia.
        • Serian legalizables
    • Muy Graves
      • Parcelaciones urbanisticas en SNU
      • Actividades de ejecución sin el instrumento de planeamiento preciso para su legitimación
      • Las graves cuando afecten a:
        • SNU especial protección o incluidos en la zona de influencia del litoral
        • Parques, jardines, espacios libres, infraestructuras y demás reservas de dotaciones
        • Bienes o espacios catalogados
        • Imposibilitar el desarrollo o ejecución de determinaciones de la ordenación estructural
      • Inobservancia de las medidas cautelares de suspensión
    • Sanciones
      • Leves: multas 600-2.999€
      • Graves: 3000-5.999€
      • Muy graves: 6.000-120.000€
  2. Especificos

    • Sección 1ª Infracciones y sanciones en materia de PARCELACIONES
      • 86. Parcelaciones en suelo URBANO
        • Sanción: 10-20% valor de venta de los terrenos afectados
      • 87. Parcelaciones en terrenos con el régimen jurídico del suelo URBANIZABLE
        • Sanción: 15-30% valor de venta de los terrenos afectados
      • 88. Parcelaciones en terrenos que tengan el régimen de suelo NO URBANIZABLE
        • PARCELACIONES: Sanción 40-80% valor de los terrenos afectados
          • Nunca inferior a la diferencia entre el valor inicial y el de venta de las parcelas
        • SEGREGACIONES: Sanción 20-40% valor de los terrenos afectados con dimensiones inferiores a las mínimas en el instrumento de planeamiento
    • Sección 3ª Infracciones y las sanciones en materia de EDIFICACIÓN y USO del SUELO
      • 92. Obras en parcelas y solares edificables
        • Sanción: 50-100% del valor de la obra ejecutada
          • Valor de la obra ejecutada se calcula en función del valor de venta
        • Obras de construcción o edificación e instalación, en unidades aptas al efecto o en parcelas o solares edificables (SUELO URBANO)
          • Contradigan las determinaciones de ordenación urbanística
            • Usos
            • Situación de la edificación
            • Ocupación permitida en la superficie de la parcela
            • edificabildiad u ocupación
            • Altura
          • Excedan de las permitidas con carácter general o particularizado las obras permitidas en inmuebles en situación legal de fuera de ordenación
      • 93. Obras en contra de la ordenación urbanística
        • Sanción: 75-150% del valor de la obra ejecutada
        • Obras de construcción, edificación o instalación en suelo clasificado como NO URBANIZABLE, URBANIZABLE SECTORIZADO Y NO SECTORIZADO y URBANO NO CONSOLIDADO
          • Contradigan las determinaciones de la ordenación urbanísticas aplicables
          • Se ejecuten, realicen o desarrollen sin la ordenación urbanística pormenorizada o detallada necesaria
      • 94. Obras en reservas para dotaciones
        • Obras de construcción o edificación e instalación en terrenos destinados a PARQUES, JARDINES O ESPACIOS LIBRES, INFRAESTRUCTURAS o demás RESERVAS para dotaciones que impidan, dificulten o perturben dicho destino
        • Sanción: 150-200% del valor de los terrenos afectados o de las obras ejecutadas
      • 95. Otros actos de usos del suelo
        • Actos de movimientos de tierra, extracción de aridos, explotación de canteras y depósitos de materiales en cualquier clase de suelo que contradiga las determinaciones de al ordenación urbanística aplicable
        • Sanción: 600-90.000€
      • 96. Ocupación, utilización y modificaciones de usos
        • Sanción: 20-25% del valor del edificio, establecimiento o instalación
        • Todo de cambio de uso del objeto de la licencia o al que estén destinados y que contradigan la ordenación urbanística aplicable
      • 97. Información y publicidad en las obras
        • Sanción: 600-6.000€
        • Incumplimiento de lo dispuesto en el 178 LOUA y 29 RDU
    • Sección 2ª Infracciones y las sanciones en materia de EJECUCIÓN
      • 89. Obras de urbanización
        • Obras de vialidad, infraestructuras, servicios y otras en cualquier clase de suelo contraviniendo las determinaciones de la ordenación urbanística
        • Sanción: 75-150% valor de las obras ejecutadas
      • 90. Desarrollo de instrumentos de gestión y ejecución
        • Incumplimiento en obligaciones y deberes de ejecución del planeamiento ne los instrumentos de gestión y de ejecución.
          • Proyectos de urbanización, las reparcelaciones, las concesiones de la ejecución de los sistemas de expropiación y cooperación y los convenios urbanísticos de gestión
        • Sanción: 600 - 6.000€
      • 91. Conservación de obras de urbanización, y de construcciones y edficaciones
        • Sanción: 600-6.000 €
          • Cuantía de la multa proporcional al grado de deterioro o abandono o el grado de protección del edificio
        • Incumplimiento de las obligaciones asumidas de CONSERVAR y MANTENER las obras de URBANIZACIONES y las DOTACIONES de servicios públicos. CONSERVAR y REHABILITAR las construcciones y edificaciones PROTEGIDAS por su valor arquitectónico, histórico o cultural.
    • Sección 4ª. Infracciones y sanciones en materia de BIENES y ESPACIOS del patrimonio ARQUITECTÓNICO, histórico, CULTURAL, NATURAL y paisajístico
      • 98. Actos con incidencia en bienes o espacios de valor arquitectónico, histórico o cultural
        • Derribo o demolición, el desmontaje o la desvirtuación de construcciones, edificaciones o instalaciones objeto de especial protección por ordenación urbanística por razones de reparación, restauración, mantenimiento o consolidación de los elementos del inmueble
          • Sanción: 200-300% del valor de lo destruido o alterado
          • Protección integral: unicamente permite obras de reparación, restauración, mantenimiento o consolidación de los elementos del inmueble
        • Para inmuebles de protección inferior a la protección integral
          • Sanción: 100-150% del valor de lo destruido o alterado
      • 99. Actos con incidencia en espacios o bienes de valor natural o paisajístico
        • Obras o desarrollos que afecten a espacios o bienes objeto de ESPECIAL PROTECCIÓN por la ordenación por su RELEVANTE valor NATURAL o PAISAJÍSTICO
          • Sanción: 200-300% del valor de la obra ejecutada
        • Obras o desarrollos que afecten a espacios o bienes objeto de protección por la ordenación por su valor NATURAL o PAISAJÍSTICO
          • Sanción 100-150% del valor de la obra ejecutada
        • Tala, quema, derribo o eliminación con agentes químicos de MASAS ARBÓREAS, VEGETACIÓN ARBUSTIVA o de ÁRBOLES AISLADOS que sean objeto de protección por los instrumentos de planeamiento
          • Sanción: 100-150% del valor de la vegetación
    • Sección 5ª Infracciones y sanciones en materia de INSPECCIÓN
      • 100. Actos que supongan obstaculización a la labor inspectora
        • Sanción: 3000-6000 €
        • Actos obstaculizadores en Art. 179.3 LOUA
          • Negativa infundada a permitir el acceso a Inspectores y personal apoyo
          • Negativa infundada a identificar a personas interesadas en el procedimiento
          • Negativa infundada o retraso injustificado a facilitar información objeto de inspección
  3. Infracciones urbanísticas: acciones u omisiones que vulneran la normativa urbanística y están tipificadas y sancionadas en LOUA

  4. Las infracciones son objeto de sanción, previa tramitación de un expediente sancionador

    • La resolución sancionadora y actos de tramite anteriores deben de calificar expresamente la infracción como LEVE, GRAVE o MUY GRAVE

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Tipos de infracciones urbanísticas en el RDU y LOUA
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