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MARCO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA EN EL ECUADOR

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MARCO NORMATIVO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA EN EL ECUADOR
La Policía como poder
- Esta facultad únicamente la ejercen el Presidente de la República, el Congreso, las asambleas departamentales y los concejos municipales.
La Policía como función
- La función de policía es esencial y exclusivamente preventiva.
La Policía como norma
- Las normas que regulan el servicio de policía constituyen los medios para prevenir la infracción a las leyes penales y las conductas perturbadoras del orden ciudadano.
La Policía como servicio
- La protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional
La Policía como profesión
- Los miembros de la institución son profesionales en policía, preparados con un plan de estudios íntegro, estructurado, sólido y con una gran dimensión en el campo social, para desarrollar una abnegada labor en beneficio de la comunidad, cuyo desempeño está regulado por reglamentos propios
La Policía como institución
- La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional.
Autoridades de Policía
- Según el Art. 163 párrafo tercero, manifiesta ―Para el desarrollo de sus tareas la Policía Nacional coordinará sus funciones con los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados
MARCO NORMATIVO
- Art. 261, el estado central tendrá competencias exclusivas sobre 1. la defensa nacional, protección interna y orden público
- Art. 158 de la nueva constitución, se establece que ―la protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional‖.
- Art. 163.- de la actual constitución, señala: ―La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional.
- Art. 158 de la nueva constitución, se establece que ―la protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional‖.
- Art. 261, el estado central tendrá competencias exclusivas sobre 1. la defensa nacional, protección interna y orden público
DESCENTRALIZACIÓN DE COMPETENCIAS
- Actualmente la seguridad ciudadana ha pasado a ser parte de las principales necesidades de la población
- En el caso del Ecuador, tiene enorme importancia para medir la capacidad de un determinado nivel de gobierno
- En la actual constitución encontramos un solo artículo que promueve la integración de los componentes de la seguridad pública, articulo que cito y dice: 4) Art. 393.- Seguridad Humana.
- En el caso del Ecuador, tiene enorme importancia para medir la capacidad de un determinado nivel de gobierno
- Actualmente la seguridad ciudadana ha pasado a ser parte de las principales necesidades de la población










