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ley 1523/12

yurany ordoñez Espanhol

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ley 1523/12

  1. Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones

    • capitulo : I
      • Gestión del riesgo, responsabilidad, principios, definiciones y Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
        • ART 1: Gestión del riesgo Proceso social orientado a formular, ejecutar y evaluar políticas, planes, etc, para reducir el riesgo y controlar desastres
          • ART 2: Responsabilidad La gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de todos los habitantes del territorio Colombiano.
            • ART 3: PRINCIPIOS
              • ART 4: Definiciones
                • ART 5: Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
                  • ART 6: Objetivos del Sistema Nacional.
                    • ART 7: Principales Componentes del Sistema Nacional
    • CAPITULO: II
      • Estructura: Organización, Dirección y Coordinación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
        • ART 8: Integrantes del Sistema Nacional. Las entidades públicas, entidades privadas con ánimo y sin ánimo de lucro y la Comunidad.
          • ART 9: Instancias de Dirección del Sistema Nacional.
            • ART 10- 14: Instancias de Dirección del Sistema Nacional.
              • ART 15- 28: Instancias de Orientación y Coordinación
                • ART 29: Funcionamiento de los Consejos Territoriales.
                  • ART 30: Asociación de Consejos
                    • ART 31: Las Corporaciones Autónomas Regionales en el Sistema Nacional. Instrumentos de planificación
    • CAPITULO: III
      • Instrumentos de Planificación
        • ART 32: Planes de Gestión del Riesgo.
          • ART 33: Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
            • ART 34: Elaboración y evaluación del plan.
              • ART 35: Estrategia Nacional para la Respuesta a Emergencias.
                • ART 36: Elaboración de la Estrategia Nacional para la Respuesta a Emergencias.
                  • ART 37: Planes departamentales, distritales y municipales de gestión del riesgo
                    • ART 38: Planes departamentales, distritales y municipales de gestión del riesgo
                      • ART 39: Integración de la gestión del riesgo en la planificación territorial y del desarrollo.
                        • ART 40: Incorporación de la gestión del riesgo en la planificación
                          • ART 41: Ordenamiento territorial y planificación del desarrollo.
    • CAPITULO: IV
      • Sistemas de Información
        • ART 45: Sistema Nacional de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres.
          • ART 46: Sistemas de Información en los Niveles Regionales, Departamentales, Distritales y Municipales.
    • CAPITULO: V
      • Mecanismos de Financiación para la Gestión del Riesgo de Desastres
        • ART 47: Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres.
          • ART 48: Administración y representación.
            • ART 49: Patrimonio autónomo.
              • ART 50. RECURSOS
                • ART 51: Subcuentas para apoyar el financiamiento de la gestión del riesgo.
                  • ART 52: Junta Directiva del Fondo Nacional.
                    • ART 53: Apropiaciones presupuestales para la gestión del riesgo de desastres.
                      • ART 54 : Fondos Territoriales
    • CApitulo: VI
      • Declaratoria de Desastre, Calamidad Pública y Normalidad
        • ART 55: Desatres.
          • ART 56: Declaratoria de situación de desastre
            • ART 57: Declaratoria de situación de calamidad pública.
              • ART 58: Calamidad pública.
                • ART 59: Criterios para la declaratoria de desastre y calamidad pública.
                  • ART 60: Solidaridad
                    • ART 61: Plan de acción especifico para la recuperación.
                      • ART 62: Participación de entidades
                        • ART 63: Modificación de la declaratoria.
                          • ART 64: Retorno a la normalidad.
    • CAPÍTULO: VII
      • Régimen Especial para Situaciones de Desastre y Calamidad Pública
        • ART 65: Régimen normativo
          • ART 66: Medidas especiales de contratación.
            • ART 67: Contratación de empréstitos.
              • ART 68: Imposición de servidumbres.
                • ART 69: Ocupación temporal de inmuebles
                  • ART 70: Procedimiento y condiciones de la ocupación
                    • ART 71: Acciones contencioso-administrativas
                      • ART 72: Restitución oficiosa.
                        • ART 73: Adquisición de predios
                          • ART 74: Negociación directa
                            • ART 75: Expropiación por vía administrativa
                              • ART 76: Declaratoria de utilidad pública e interés social.
                                • ART 77: Orden de demolición
                                  • ART 78: Ejecución de la demolición.
                                    • ART 79: Disposición de bienes
                                      • ART 80: Transferencia de recursos.
                                        • ART 81: Proyectos de Desarrollo Urbano.
                                          • ART 82: Redes y servicios de telecomunicaciones.
                                            • ART 83: Levantamiento de restricciones.
                                              • ART 84: Emergencias viales.
                                                • ART 85: Invías
                                                  • ART 86: Refinanciación.
                                                    • ART 87: Usuarios de crédito afectados.
                                                      • ART 88: Suspensión en procesos ejecutivos
                                                        • ART 89: Destinación y administración de donaciones.
    • CAPITULO: VIII
      • Disposiciones finales
        • ART 90: Reglamentación de la ley.
          • ART 91: Reglamentación Territorial
            • ART 92: Artículo transitorio: declaratorias anteriores.
              • ART 93: FALTAS
                • ART 94: Libertad de prensa
                  • ART 95: Control para Recursos de Desastres.
                    • ART 96: Vigencia.

Informações

Descrição
plan de gestion de riesgo del desastre
Criado por
yurany ordoñez
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