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TC12 - ADMÓN PÚBLICA
Conteúdo do mapa
TC12 - ADMÓN PÚBLICA
CONCEPTO, CARACTERES, CLASIFICACIÓN
- Definición
- estructura política supoerior con legitimidad democrática
- principios jurídico-administrativo
- carácter instrumental
- titulares de su patrimonio
- sujetos pasivos de tributos ajenos sujetos activos de tributos propios
- concepto
- criterio objetivo o funcional
- identificación con la función ejecutiva del Estado
- en contra: actos administrativos
- a favor: emana del poder ejecutivo
- existencia de una cuarta función: la función administrativa
- en contra: es reconducible a las otras tres
- identificación con la función ejecutiva del Estado
- criterio subjetivo u orgánico
- organización formal dentro del poder ejecutivo
- en contra: también el legislativo y judicial realizan actividades administrativos
- en contra (2): también la admón realiza actividades de naturaleza judicial y legislativa.
- organización formal dentro del poder ejecutivo
- más aceptada: Admón es cualquier actividad materialmente administrativa de los poderes públicos
- Régimen Jurídico
- potestades admtivas
- ejecutividad y ejecutoriedad de sus actos
- potestad reglamentaria
- disposiciones generales (obligatorios)
- control jurisdiccional de sus actos
- régimen especial de sanciones
- bienes públicos inembargables
- bienes patrimoniales sí
- personalidad jurídica unitaria
- titulares de derechos subjetivos y obligaciones. Potestades
- capacidad jurídica y capacidad de obrar
- los órganos admtivos se integran en la personalidad jurídica superior
- capacidad de obrar SOLO para el desempeño de la función propia
- presupuesto y responsabilidad únicos
- potestades admtivas
- criterio objetivo o funcional
- caracteres
- principios básicos
- servicio a los intereses generales con objetividad
- actúa con eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, y coordinación
- CONSTITUCIÓN art 103
- Ley 40/15 RJSP art 3
- pleno sometimiento a la Ley y al Derecho
- otros principios
- servicio efectivo a los ciudadanos
- Ley 40/15 LRJSP art 3
- Participación, objetividad y transparencia
- buena fe y confianza legítima
- Eficacia en la asignación de recursos públicos
- Relaciones entre AAPP
- lealtad institucional
- autonomía
- Entidades Locales
- autonomía de 2º grado, sin competencias determinadas, supeditada a la CCAA
- Entidades Locales
- colaboración, coordinación, cooperación
- principios básicos
- clasificación general
- Ley 27dic'56 Jurisdicción Contenciosa Admtiva
- Ley 29/98 LJCA
- Ley 40/15 LRJSP
- Administraciones Territoriales
- Administración Gnral Estado
- Administración CCAA
- Entidades Locales
- organización
- descentralización
- desconcentración
- jerarquía
- coordinación y cooperación
- L 39/15 LPACAP
- Administraciones NO Territoriales o Institucionales
- Sector público Institucional
- organismos públicos vinculados a las AAPP
- organismos autónomos
- Agencias Admtvas
- fomento, prestación o gestión de servicios públicos
- ingresos propios
- personal funcionario o laboral
- recursos admtvos (LRJPAC). No cabe recurso de alzada (en otras CCAA sí)
- no tienen independencia de la Admon territorial de la que dependen
- Agencias Admtvas
- Entidades Públicas Empresariales
- Agencias Empresariales
- se rigen a medias por el Derecho Admtvo (gestión económica y de personal) y el Derecho Privado
- personal base: funcionario o laboral
- personal directivo: experiencia en el desempeño
- no genera antigüedad
- Agencias Empresariales
- Admon institucional dependiente de la Admon corporativa
- creadas por ley
- Afectadas por Derecho Público
- desempeñan funciones públicas otorgadas por la Admón
- colegios profesionales
- organismos autónomos
- entidades de derecho privado vinculadas a las AAPP
- fundaciones del sector público estatal
- Universidades Públicas
- L 40/15 LRJsP
- organismos públicos vinculados a las AAPP
- características
- personalidad jurídica y presupuesto propios
- dependen directa o indirectamente de una Admón territorial
- descentralización funcional: se crean por Ley
- Sector público Institucional
- NO SON ADMINISTRACIÓN
- Gobierno
- plano político: legitimación democrática
- plano admtivo: órgano superior jerárquico
- Órganos Constitucionales: CGPJ, Tribunal Constitucional, Tribunal de cuentas, Cortes,
- Gobierno
- Definición
LA ADMÓN Y EL DERECHO. PRINCIPIO DE LEGALIDAD
- poder reglamentario de la Admon
- sumisión a la Ley y al Derecho
- una resolución admtva no podrá vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, o una disposición reglamentaria
- Constitución
- art 81. Principio de reserva de Ley
- art 9. Principio de Jerarquía Normativa
- Ley 39/15 LPACAP
- Ley 40/15 LRJSP
- art 37. Ppio inderogabilidad singular de un reglamento
- sumisión a la Ley y al Derecho
- poder reglamentario de la Admon
POTESTADES ADMINISTRATIVAS
- Definición
- inalienables intransmisibles irrenunciables imprescriptibles inagotables inmodificables
- Habilitaciones que la legalidad otorga a la Admón confiriéndole poderes jurídicos
- respeto al principio de legalidad
- Características
- previsión normativa
- generalidad y abstracción
- obligatoriedad de ejercicio
- carácter indisponible e irrenunciable
- intransmisibilidad
- territorialidad
- inmodificabilidad
- objetividad
- posibilidad de ejercicio reiterado
- sujeta a procedimiento
- titularidad
- clasificación
- potestades regladas
- sólo una opción posible
- p.ej. obligación de que un instalador esté inscrito en el registro
- sólo una opción posible
- potestades discrecionales
- varias opciones posibles
- p.ej. adjudicación de una subvención o nombramiento de un cargo de LD. hay varias opciones, pero la discrecionalidad es relativa pues hay criterios de adjudicación bien definidos
- sujeta a revisión jurisdiccional
- enjuiciamiento por los principios generales del Derecho
- control a través de hechos determinantes
- control a través de la desviación de poder
- discrecionalidad técnica
- cuando la decisión está basada en un criterio técnico y no puede rebatirse
- varias opciones posibles
- potestad reglamentaria, potestad de planificación, potestad organizativa, potestad tributaria (T), potestad sancionadora (T), potestad expropiadora (T), p de ejecución forzosa, potestad de coacción, gestión de sus bienes, revisión de Actos A
- potestades innovativas y conservativas
- potestades limitativas y no limitativas
- potestad reglamentaria
- disposiciones generales (valor subordinado de ley)
- potestad tributaria (T)
- potestad expropiatoria (T)
- potestades regladas
- Definición
ACTIVIDAD DISCRECIONAL
- requisitos
- tener potestad (competencia), ha de venir de una ley
- conforme a la ley en los elementos reglados
- no ser arbitrario
- coherente con la ley o, en su defecto, la costumbre, y razonarse en el acto
- cumplir ppios generales del Derecho
- no puede haber desviación de poder
- servir al INTERÉS GENERAL
- realizar el acto admtvo en tiempo y forma
- aplicar la ley con objetividad y causa justa
- limites
- principio de legalidad
- motivación de actos admtvos
- Ley 40/15 LRJSP
- elementos reglados dentro del mismo hecho
- un mismo hecho puede tener algunos elementos sujetos a discrecionalidad y otros perfectamente reglados.
- control de la discrecionalidad
- conceptos jurídicos indeterminados
- la indeterminación del concepto admite ser interpretada en el momento de su aplicación
- NO ES DISCRECIONAL
- la indeterminación del concepto admite ser interpretada en el momento de su aplicación
- control de hechos determinantes
- la admon no puede desfigurar o inventar los hechos
- prohibición explícita de la arbitrariedad
- discrecionalidad técnica
- un dictamen o juicio técnico dirime los hechos
- NO ES DSCRECIONAL
- un dictamen o juicio técnico dirime los hechos
- desviación de poder
- conceptos jurídicos indeterminados
- requisitos
DERECHO ADMINISTRATIVO. AUTONOMÍA. CRITERIOS DE APLICACIÓN
- definición
- objetiva: regulador de la actividad admtva
- subjetiva: regulador de la AP
- presupuestos del Derecho Admtvo
- Ppto Político: emana del poder del estado
- Ppto jurídico: sumisión a normas jurídicas
- Ppto histórico: coordinación del estado de derecho con la admon intervencionista
- concepto y contenido
- concepto
- conjunto de normas que regulan la organización y la actividad de las AAPP
- características
- derecho público: una de las partes es pública
- derecho común a toda la Admón
- principios generales que sirven para articular, interpretar y completar las normas
- regula la organización y actuación de las AAPP
- otorga privilegios ejecutivos y restricciones (personal, contratos, )
- regula la organización y actuación de las AAPP
- principios generales que sirven para articular, interpretar y completar las normas
- derecho común a toda la Admón
- derecho público: una de las partes es pública
- concepto
- autonomía
- la Admon, a través del Derecho Admtvo gestiona la relación entre el estado y los ciudadanos
- es necesario, para su aplicación, que una de las partes sea una AP
- aplica las normas pero también permite articular, interpretar y completarlas
- criterios de aplicación
- actos de autoridad y actos de gestión
- Derecho Admtvo: actos de autoridad
- Derecho Privado: actos de gestión
- servicio Público
- aunque no sea un acto de autoridad, será aplicable en la gestión de servicios públicos
- tesis de la prerrogativa
- en un mismo acto algunos elementos pueden estar sometidos a derecho admtvo y otros a derecho privado
- actos de autoridad y actos de gestión
- definición
Informações
- Descrição
- TE06 opos (Procedimiento admtvo) Mapa Mental sobre TC12 - ADMÓN PÚBLICA, criado por esther rubio em 27-11-2018.
- Criado por
- esther rubio
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