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PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCION DE LA LICENCIA AMBIENTAL
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PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCION DE LA LICENCIA AMBIENTAL
Articulo 23. De la evaluacion del diagnostico ambiental de alternativas
- 1. El interesado en obtener licencia ambientaldebera formular peticion por escrito dirigida a la autoridad ambiental competente.
- ( 15 dias habiles siguientes a la radicacion de la solicitud)
- 2. En caso de requerir DAA
- El interesado debera radicar el estudio del que trata el art 19, unto con una copia del documento de identificacion y certificado de existencia y representacion legal
- 3. Ejecutoriado el auto de inicio de tramite
- La autoridad ambiental competente evaluara el DAA y elegira la alternativa sobre el cual debera elaborarse un estudio de impacto ambiental
- 1. El interesado en obtener licencia ambientaldebera formular peticion por escrito dirigida a la autoridad ambiental competente.
Articulo 24. De la solicitud de licencia ambiental y sus requisitos
- Radicacion ante la autoridad ambiental, el estudio de impacto ambiental (art 21) y anexo documentacion
- 1. Formulario Único de Licencia Ambiental
- 2. Plano de localización del proyecto, obra o actividad, con base en la cartografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
- 3. Costo estimado de inversión y operación del proyecto
- 4. Poder debidamente otorgado cuando se actúe por medio de apoderado;
- 5. Constancia de pago para la prestación del servicio de evaluación de la licencia ambiental.
- 6. Documento de Identificación o celtificado de existencia y representación legal
- 7. Certificado del Ministerio del IntE!rior y de Justicia sobre presencia o no de comunidades étnicas en el área de influencia del proyecto
- 9. Copia de la radicación ante el Instituto Colombiano de Arqueología e Historia
- 8. Certificado del INCODER sobre la existencia o no de territorios legalmente titulados a resguardos indígenas o títulos colectivos pertenecientes a comunidades afrocolombianas
- Paragrafos
- 1. Ejecucion de proyectos mineros
- 2. Actualizacion del Formato Único Nacional de Solicitud de Licencia Ambiental.
- 3. indicacion de la documentación que deberá ser adjuntada o diligenciada a través de dicho aplicativo.
- 4. Radicacion de una copia del Estudio de Impacto Ambiental ante las respectivas autoridades ambientales regionales.
- 5. proyectos de explotación minera de carbón, deberán incluir los estudios sobre las condiciones del modo de transporte desde el sitio de explotación de carbón hasta el puerto de embarque del mismo.
- Radicacion ante la autoridad ambiental, el estudio de impacto ambiental (art 21) y anexo documentacion
Artículo 25. De la evaluación del EstudIo de Impacto Ambiental
- 1. A partir de la fecha de radicación la autoridad ambiental competente, contará con cinco (5) días hábiles para expedir el auto de inicio de trámite de Licencia Ambiental
- 2. la autoridad ambiental, solicitará a otras autoridades o entidades los conceptos técnicos o informaciones pertinentes.
- 3. Solicitud de información adicional que se considere pertinente
- 4. la autoridad ambiental en un término de cinco (5) días hábiles expedirá el auto de trámite que declare reunida toda la información requerida para decidir.
- 5. La autoridad ambiental competente decidirá la viabilidad del proyecto, obra o actividad, en un término no mayor a 25 dias
- 6. Contra la resolución por la cual se otorga o se niega la Licencia Ambiental procede el recurso de reposición ante la misma autoridad ambiental que profirió el acto.
- Paragrafos
- 1. Al efectuar el cobro del servicio de evaluación, las autoridades ambientales tendrán en cuenta el sistema y método de cálculo establecido en el articulo 96.
- 2. Cuando se trate de proyectos de competencia del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, la autoridad con jurisdicción en el área del proyecto en donde se pretenda hacer uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables tendrán un término máximo de 30 dias habiles.
- En caso de un evento en el tramite de licenciamiento ambiental se suspenderán los términos que tiene la autoridad ambiental para decidir mientras la audiencia pública se practica, desde la fecha de fijación del edicto a través del cual se convoca la audiencia pública hasta el dia de su eelebración.
Articulo 26. Superposición de proyectos.
- otorgaran licencia ambiental a proyectos cuyas áreas se superpongan con proyectos licenciados, siempre y cuando el interesado en el proyecto a licenciar demuestre que éstos pueden coexistir
Articulo 28. Contenido de la licencia ambiental
- 1. La identificación de la persona natural o juridica, pública o privada a quien se autoriza la ejecución o desarrollo del proyecto Indicando el nombre o razón social, documento de identidad y domicilio.
- 2. El objeto general y localización del proyecto, obra o actividad
- 4. Un resumen de las consideracione!s y motivaciones de orden ambiental que han sido tenidas en cuenta para el otorgamiento de la licencia ambiental;
- 3. Lista de las diferentes actividadE~sy obras que se autorizan con la licencia Ambiental;
- 5. Los recursos naturales renovables que se autoriza utilizar, aprovechar y/o afectar, así mismo las condíciones, prohibiciones y requisitos de su uso
- 6. Debe cumplir el beneficiario de la licencia ambiental durante la construcción, operación, mantenimiento, desmantelamiento y abandono y/o terminación del proyecto, obra o actividad
- 7. La obligatoriedad de publicar el acto administrativo,
Articulo 27. De las Corporaciones; Autónomas de Desarrollo Sostenible
- Las Corporaciones Autónomas de Desarrollo Sostenible las Corporaciones Autónomas de Desarrollo Sostenible, deberán de manera previa al otorgamiento enviar al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el proyecto de acto administrativo que decida sobre la viabilidad del proyecto, junto con el concepto técnico y el acta en donde se pone en conocimiento del Consejo Directivo el proyecto.