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Delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar

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Delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar
Art. 155.- Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar
- violencia toda acción que consista en maltrato, físico, psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer
- demás integrantes del núcleo familiar.
- Se consideran miembros del núcleo familiar a la o al cónyuge, a la pareja
- demás integrantes del núcleo familiar.
- violencia toda acción que consista en maltrato, físico, psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer
Art. 156.- Violencia física contra la mujer o miembros del núcleo familiar
- La persona que cause lesiones, será sancionada con las mismas penas previstas para el delito de lesiones aumentadas en un tercio.
- lesiones aumentadas en un tercio.
- La persona que cause lesiones, será sancionada con las mismas penas previstas para el delito de lesiones aumentadas en un tercio.
Art. 157.- Violencia psicológica contra la mujer o miembros del núcleo familiar
- la persona que realice contra la mujer o miembros del núcleo familiar amenazas, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento, hostigamiento, persecución, control de las creencias, decisiones o acciones, insultos o cualquier otra conducta que cause afectación psicológica
- la violencia psicológica se produce en la víctima, enfermedad o trastorno mental, la sanción será pena privativa de libertad
- uno a tres años.
- la violencia psicológica se produce en la víctima, enfermedad o trastorno mental, la sanción será pena privativa de libertad
- en situación de doble vulnerabilidad o con enfermedades catastróficas o de alta complejidad, la sanción será la máxima pena
- aumentada en un tercio.
- la persona que realice contra la mujer o miembros del núcleo familiar amenazas, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento, hostigamiento, persecución, control de las creencias, decisiones o acciones, insultos o cualquier otra conducta que cause afectación psicológica
Art. 158.- Violencia sexual contra la mujer o miembros del núcleo familiar
- se imponga a otra y la obligue a tener relaciones sexuales u otras prácticas análogas,
- será sancionada con las penas previstas en los delitos contra la integridad sexual y reproductiva.
- se imponga a otra y la obligue a tener relaciones sexuales u otras prácticas análogas,
Art. 159.- Contravenciones de Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
- La pena privativa de libertad de diez a treinta días
- a persona que hiera, lesione o golpee a la mujer o miembros del núcleo familiar, causando daño o enfermedad que limite o condicione sus actividades cotidianas, por un lapso no mayor a tres días.
- la fuerza física sin causarle lesión, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a diez días o trabajo comunitario de sesenta a ciento veinte horas y medidas de reparación integral.
- La persona que realice actos de sustracción, destrucción, retención de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales o bienes de la sociedad de hecho o conyugal
- será sancionada con trabajo comunitario de cuarenta a ochenta horas y la devolución de los bienes o el pago en valor monetario de los mismos, y medida de reparación integral
- La persona que, por cualquier medio, profiera improperios, expresiones en descrédito o deshonra en contra de la mujer o miembros del núcleo familiar
- , será sancionada con cincuenta a cien horas de trabajo comunitario y se dispondrá el tratamiento psicológico a la persona agresora y a las víctimas, así como medidas de reparación integral.
- La persona que realice actos de sustracción, destrucción, retención de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales o bienes de la sociedad de hecho o conyugal
- la fuerza física sin causarle lesión, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a diez días o trabajo comunitario de sesenta a ciento veinte horas y medidas de reparación integral.
- a persona que hiera, lesione o golpee a la mujer o miembros del núcleo familiar, causando daño o enfermedad que limite o condicione sus actividades cotidianas, por un lapso no mayor a tres días.
- La pena privativa de libertad de diez a treinta días
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- Mapa Mental sobre Delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, criado por veronicaalexandra velozgarofalo em 06-12-2020.
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- veronicaalexandra velozgarofalo
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