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Normatividad Sistemas Educativos Latinoamericanos

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Normatividad Sistemas Educativos Latinoamericanos
Latinoamericano
- Normatividad
- LA EDUCACION ES UN DERECHO HUMANO
- Lucha contra las Discriminaciones
- Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
- Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes
- Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Derechos del Niño
- La Educación para Todos
- Foro Mundial sobre la Educación de Dakar
- Foro Mundial sobre la Educación de Incheon
- En el mes de mayo del año 2015 se lleva a cabo un nuevo Foro Mundial de Educación en Incheon, República de Corea. Este encuentro, convocado por UNESCO, UNICEF, PNUD, ACNUR, UNFPA, ONU-Mujeres Y el Banco Mundial, convocó a más de 130 líderes mundiales con el fin de establecer una hoja de ruta para la educación global hasta el 2030.
- Allí se hizo un balance que mostraba que muchos países estaban lejos de haber alcanzado las metas establecidas en la Conferencia Mundial sobre la Educación para Todos.
- Foro Mundial sobre la Educación de Incheon
- A partir de un balance que ponía en evidencia la profunda deuda social en el campo educativo, UNICEF, el PNUD, la UNESCO y el Banco Mundial convocaron conjuntamente a la Conferencia Mundial sobre la Educación para Todos, que tuvo lugar en Jomtien, Tailandia, en marzo de 1990. Un primer aporte relevante de la Declaración que resulta de esa cumbre es la definición de lo que se entiende por Necesidades Básicas de Aprendizaje.
- Foro Mundial sobre la Educación de Dakar
- El 20 de noviembre de 1989 fue aprobada por las Naciones Unidas la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN). Este texto también es de suma relevancia y ofrece mayores precisiones que representan un gran avance en la consolidación de la educación como un derecho humano.
- La Educación para Todos
- En el año 1985 el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas crea el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este órgano tiene como misión supervisar el cumplimiento efectivo de los compromisos asumidos por los países al adherir al PIDESC.Un punto a destacar en esta Observación General es el aporte que hace en la definición de los contenidos del derecho a la educación al incorporar, en el apartado 5 del párrafo 2, las cuatro dimensiones propuestas por Katarina Tomasevski4 : Disponibilidad, Accesibilidad, Aceptabilidad y Adaptabilidad.
- Derechos del Niño
- Un esfuerzo equivalente por erradicar las diferentes formas de discriminación en el campo de la educación se encuentra en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, del año 1989. En su Parte 4, titulada “Educación y medios de comunicación”, los Estados se comprometen a adoptar medidas para garantizar a los miembros de los pueblos indígenas la posibilidad de adquirir una educación en todos los niveles, por lo menos en pie de igualdad con el resto de la comunidad nacional.
- Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- El 18 de diciembre de 1979, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba en Nueva York la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que entra en vigor como tratado internacional el 3 de septiembre de 1981, tras su ratificación por 20 países.
- Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes
- Seis años después, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas del año 1966, se aprueban el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. (PIDCYP). El PIDESC obliga a aquellos países firmantes a reconocer y aplicar en forma progresiva los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) que se enuncian en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
- “se entiende por ‘discriminación’ toda distinción, exclusión, limitación o preferencia, fundada en la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica o el nacimiento, que tenga por finalidad o por efecto destruir o alterar la igualdad de trato en la esfera de la enseñanza y, en especial: a) Excluir a una persona o a un grupo del acceso a los diversos grados y tipos de enseñanza; b) Limitar a un nivel inferior la educación de una persona o de un grupo; c) A reserva de lo previsto en el artículo 2 de la presente Convención, instituir o mantener sistemas o establecimientos de enseñanza separados para personas o grupos; o d) Colocar a una persona o a un grupo en una situación incompatible con la dignidad humana”.
- Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- Todos los Estados de América Latina se han comprometido, a través de diferentes mecanismos, a garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación a todas las personas. La forma que hoy tiene ese compromiso, su legitimidad y las normas que regulan su realización tienen una larga historia, que se remonta a los orígenes de los estados nacionales de la región.
- Lucha contra las Discriminaciones
- LAS LEYES DE EDUCACION EN AMERICA LATINA
- LOS CONTENIDOS DEL DERECHO A LA EDUCACION EN LAS LEYES DE AMERICA LATINA
- El lugar que ocupan las leyes en la dinámica social de cada país es diferente. Una forma de analizar esta relación es buscando comprender en qué medida las normas construyen o promueven esa dinámica social o, por el contrario, se limitan a formalizar procesos que ya son parte de la vida cotidiana de sus ciudadanos. En los hechos, ambas relaciones coexisten. Sin embargo, en los países de América Latina gran parte del aparato normativo, y en particular las leyes de educación, tienen un rol fuertemente performativo sobre la dinámica de la sociedad. Esto es, en su implementación van transformando el devenir de los procesos sociales. A través de sus legisladores, cada sociedad busca establecer nuevos horizontes y proponer dinámicas aún inexistentes con el fin de consolidar prácticas que se consideran valiosas para el conjunto de la nación.
- LA NORMA COMO PROYECTO POLÍTICO
- Desde el punto de vista normativo, los Estados son garantes del derecho a la educación. Pero, ¿son los Estados latinoamericanos realmente garantes del derecho a la educación? La realidad invita a pensar que no. Son diversos los estudios que muestran que en la región sólo la mitad de los adolescentes logra completar el nivel medio de enseñanza, que hay profundas desigualdades en el acceso al conocimiento, y que ciertos grupos sociales –como los indígenas, los afrodescendientes, quienes viven en las zonas rurales o los de las familias más pobres- experimentan trayectorias educativas muy breves y con muy escasos aprendizajes. Detrás de esos indicadores, hay procesos que hablan de dinámicas estatales que están lejos de ser las esperadas. En mayor o menor medida, cada uno de los países está atravesado por la persistencia de prácticas discriminatorias, una visión adultocéntrica que ve en los niños y adolescentes sujetos que deben ser encauzados hacia un adulto esperado.
- LA EDUCACION ES UN DERECHO HUMANO
- Normatividad
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- Descrição
- Comparación sistema educativo Colombiano y Latinoamericano
- Criado por
- jorge suarez
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