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REGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN

Lauryn Sofía Contaduría Espanhol

REGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN

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REGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN

  1. Es un sistema que favorece a empresarios y emprendedores mediante la aplicación de tarifas bajas generando un ahorro a la hora de pagar impuestos

    • Los impuestos se liquidan de acuerdo con el nivel de los ingresos, adicional se declara anual y se realizan anticipos de manera bimestral
      • Las PN inscritas al RST – SIMPLE que no superen las 3.500 UVT de ingresos, deberán presentar únicamente una declaración anual consolidada y pago anual sin necesidad de realizar pagos anticipados a través del recibo electrónico SIMPLE.
    • Optimiza los procesos tributarios de los impuestos nacionales y territoriales en un solo formulario
  2. Algunos de sus beneficios pueden ser:

    • El 0.5% de sus ingresos recibidos por medios eléctronicos, serán deducibles del impuesto
      • NO SON ACUMULABLES
    • Desde el año 2023, tienen derecho a descontar el GMF de su impuesto.
    • Mejora el Flujo de Caja del Contribuyente
      • Tendrán tarifas aplicables entre el 1.2% y el 14.5%, según sus ingresos.
      • El contribuyente no estará obligado a practicar retención en la fuente a título de rente ni de ICA, salvo rentas laborales. Art. 911 del ET
    • Reducción de costos de cumplimiento tributario, mediante anticipos bimestrales.
      • Renta (Simple) - Impto. Nacional al Consumo para el expendio de comidas y bebidas - Ganancia Ocasional - ICA - Sobretasa Bomberil.
        • ICA y Sobretasa Bomberil, no se pagarán directamente al municipio, sino a través del anticipo, MinHacienda distribuye al beneficiario final.
          • El contribuyente deberá informar a la autoridad, el o los municipios a los cuales corresponde el ingreso declarado
    • Reducción de costos de contratación de empleados
      • Podrá tomar como descuento los pagos realizados por aportes parafiscales ya sea del impuesto o del anticipo
      • Podrá estar exonerado del pago de parafiscales, de acuerdo con el Art 114-1 del ET.
  3. ¿Quiénes pueden acceder? (De manera voluntaria)

    • PN que desarolle una profesión liberal
      • Sus ingresos no podrán superar los 12.000 UVT
    • PJ cuyos socios sean PN residentes en Colombia
    • Si el año gravable anterior obtuvo ingresos brutos inferiores a 100.000 UVT
    • Se clasifican en 5 grandes grupos. Art. 908 ET
      • Liquidación del impuesto
        • 1. Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquería:
          • Ingresos entre 0 y 6.000 UVT - Tarifa de 1.2% Ingresos entre 6.000 y 15.000 UVT - Tarifa de 2.8% Ingresos entre 15.000 y 30.000 UVT - Tarifa de 4.4% Ingresos entre 30.000 y 100.000 UVT - Tarifa de 5.6%
          • No responsables de IVA
        • 2. Actividades comerciales al por mayor y al detal, servicios técnicos y mécanicos y demás actividades relacionadas con el factor intelectual:
          • Ingresos entre 0 y 6.000 UVT - Tarifa de 1.6% Ingresos entre 6.000 y 15.000 UVT - Tarifa de 2.0% Ingresos entre 15.000 y 30.000 UVT - Tarifa de 3.5% Ingresos entre 30.000 y 100.000 UVT - Tarifa de 4.5%
        • 3. Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte:
          • Ingresos entre 0 y 6.000 UVT - Tarifa de 3.1% Ingresos entre 6.000 y 15.000 UVT - Tarifa de 3.4% Ingresos entre 15.000 y 30.000 UVT - Tarifa de 4.0% Ingresos entre 30.000 y 100.000 UVT - Tarifa de 4.5%
          • Se adicional el 8% por concepto de Impuesto al Consumo
        • 4. SIC, servicios rofesional de consultaria y ciencia donde predomine el factor intelectual:
          • Ingresos entre 0 y 6.000 UVT - Tarifa de 5.9% Ingresos entre 6.000 y 15.000 UVT - Tarifa de 7.3% Ingresos entre 15.000 y 30.000 UVT - Tarifa de 12% Ingresos entre 30.000 y 100.000 UVT - Tarifa de 14.5%
        • 5. Reciclaje, recuperación de materiales y recolección de desechos, Actividades económicas CIIU 4665, 3830 y 3811:
          • Ingresos entre 0 y 100.000 UVT - Tarifa 1.62%
        • FORMULARIO 260
      • Periodo bimestral
        • 1. Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquería:
          • Ingresos entre 0 y 1.000 UVT - Tarifa de 1.2% Ingresos entre 1.000 y 2.500 UVT - Tarifa de 2.8% Ingresos entre 2.500 y 5.000 UVT - Tarifa de 4.4% Ingresos entre 5.000 y 16.666 UVT - Tarifa de 5.6%
        • 2. Actividades comerciales al por mayor y al detal, servicios técnicos y mécanicos y demás actividades relacionadas con el factor intelectual:
          • Ingresos entre 0 y 1.000 UVT - Tarifa de 1.6% Ingresos entre 1.000 y 2.500 UVT - Tarifa de 2.0% Ingresos entre 2.500 y 5.000 UVT - Tarifa de 3.5% Ingresos entre 5.000 y 16.666 UVT - Tarifa de 4.5%
        • 3. Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte:
          • Ingresos entre 0 y 1.000 UVT - Tarifa de 3.1% Ingresos entre 1.000 y 2.500 UVT - Tarifa de 3.4% Ingresos entre 2.500 y 5.000 UVT - Tarifa de 4.0% Ingresos entre 5.000 y 16.666 UVT - Tarifa de 4.5%
        • 4. SIC, servicios rofesional de consultaria y ciencia donde predomine el factor intelectual:
          • Ingresos entre 0 y 1.000 UVT - Tarifa de 5.9% Ingresos entre 1.000 y 2.500 UVT - Tarifa de 7.3% Ingresos entre 2.500 y 5.000 UVT - Tarifa de 12% Ingresos entre 5.000 y 16.666 UVT - Tarifa de 14.5%
        • 5. Reciclaje, recuperación de materiales y recolección de desechos, Actividades económicas CIIU 4665, 3830 y 3811:
          • Ingresos entre 0 y 16.666 UVT - Tarifa de 1.62%
  4. ¿Cómo se liquida?

    • Paso 1: Seleccionar el grupo
    • Paso 2: Conocer el rango de los ingresos brutos
    • Paso 3: Ubicar la tarifa y multiplar por los ingresos brutos
  5. Ventajas/Diferencias frente a los otros regimenes fiscales

    • Regimen Común, Tienen como obligación declarar y pagar:
      • Impuesto sobre la Renta, IVA, IVA y otros según la actividad económica
      • Permite deducir gastos según la actividad económica y otros descuentos
    • Régimen Simplificado, dirigido a pequeños contribuyente cuyos ingresos brutos sean inferiores a 3500 UVT
      • Mediante el Impuesto Único Simplificado, reduce los costos de contabilidad y ofrece una tarifa única de impuesto
    • Régimen Especial, aplicable a ESAL, cooperativas, empresas del sector financiero
      • Están obligados a declarar y pagar impuestos según sea la actividad.
      • Tratamiento fiscal diferenciado según su naturaleza.

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Contaduría Mapa Mental sobre REGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN, criado por Lauryn Sofía em 30-05-2025.
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Lauryn Sofía
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