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Bases Legales del Sistema Educativo Venezolano (SEV)

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Bases Legales del Sistema Educativo Venezolano (SEV)
Constitucion de la República Bolivariana de Venezuela
- CRBV
- Capitulo VI de los Derechos Culturales y Educativos
- Articulo 102
- La educación es un derecho y un deber humano
- es democrática, gratuita y obligatoria.
- El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana.
- es democrática, gratuita y obligatoria.
- La educación es un derecho y un deber humano
- Articulo 103
- El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados
- para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo
- El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados
- Artículo 107
- El derecho que tiene los nin@ a ser formados en educación ambiental
- Articulo 108
- Deber de los medios de comunicación
- Tanto Públicos como privados
- de contribuir con la formacion ciudadana
- Deber de los medios de comunicación
- Artículo 111
- Toda persona tiene derecho al deporte y a la recreación
- contribuye a la formación integral de la niñez y adolescencia
- Su enseñanza es obligatoria en todos los niveles de la educación pública y privada hasta el ciclo diversificado
- contribuye a la formación integral de la niñez y adolescencia
- Toda persona tiene derecho al deporte y a la recreación
- Articulo 102
ley Orgánica de Educación (LOE)
- La educación Articulo 14
- Es un derecho humano y un deber social fundamental
- concebida como un proceso de formación integral, gratuita, laica, inclusiva y de calidad, permanente,continua e interactiva
- Promueve
- construcción social del conocimiento
- valoración ética y social del trabajo
- formación de nuevos republican@s
- Es un derecho humano y un deber social fundamental
- Fines de la educación Articulo 15
- Impulsar la formación de una conciencia ecológica
- para preservar la biodiversidad y la sociodiversidad,
- Formar ciudadanos con aprecio por los valores patrios
- a partir del enfoque geohistórico con conciencia de nacionalidad y soberanía
- Desarrollar el potencial creativo de cada ser humano
- para el pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía
- Fomentar respeto y la no discriminación.
- a las personas a su vez que se transversalizada por valores éticos de tolerancia, justicia, solidaridad, paz.
- Desarrollar la capacidad de abstracción y el pensamiento crítico
- mediante la formación en filosofía, lógica y matemáticas
- Impulsar la integración latinoamericana y caribeña
- por la lucha contra la exclusión, el racismo y toda forma de discriminación
- Impulsar la formación de una conciencia ecológica
- Sistema educativo Artículo 24
- conformado por subsistemas, niveles y modalidades, de acuerdo con las etapas del desarrollo humano
- Integra políticas, planteles, servicios y comunidades para garantizar el proceso educativo y la formación permanente de la persona sin distingo de edad
- Se basa en los postulados de
- interdependencia
- unidad
- corresponsabilidad
- flexibilidad
- conformado por subsistemas, niveles y modalidades, de acuerdo con las etapas del desarrollo humano
- Organización del Sistema Educativo
- El subsistema de educación básica
- integrado por niveles
- educación inicial
- comprendida en edades de 0-6 años
- conocido como nivel maternal y pres-colar
- comprendida en edades de 0-6 años
- educación primaria
- edad desde los 6,y conduce a la obtención de certificado
- educación media
- media general,duración de cinco años
- media técnica,duración de seis años
- educación inicial
- integrado por niveles
- El subsistema de educación universitaria
- niveles de
- La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del subsistema de educación universitaria estarán definidos en la ley especial
- pregrado
- posgrado
- niveles de
- El subsistema de educación básica
- Modalidades Artículo 26.
- variantes educativas
- La educación
- intercultural bilingüe
- especial
- jóvenes, adultos y adultas
- en fronteras
- rural
- para artes
- militar
- La educación
- variantes educativas
- La educación Articulo 14
Ley Orgánica de Protección del Niño,Niña y Adolescente (LOPNA)
- articulo 61
- Educación de nin@ y adolescentes con necesidades especiales
- el estado debe garantizar programas de educación especificos
- para nino@s y aolecentes con esta dificultad
- el estado debe garantizar programas de educación especificos
- Educación de nin@ y adolescentes con necesidades especiales
- articulo 60
- Educación de niños y adolescentes indígenas
- el estado debe garantizar programas que promuevan
- respeto y conservación de su propia vida cultural
- empleo de su propio idioma
- acceso de conocimientos generados por grupo
- el estado debe garantizar programas que promuevan
- Educación de niños y adolescentes indígenas
- articulo 56
- derecho a ser respetado por los educadores
- articulo 55
- derecho de participar en el proceso de la educación( niños adolescentes y respresentante )
- articulo 54
- los padres representantes o responsable tienen la obligación de garantizar la educación del niño
- debe inscribirlo en un plantel en conformidad con la ley
- los padres representantes o responsable tienen la obligación de garantizar la educación del niño
- Articulo 53
- todos los niños tienen derecho a la educación gratuita y cercana a su residencia
- articulo 61
Plan de la Patria
- Objetivo Nacional 2.2
- 2.2.1.2
- Continuar garantizando el derecho a la educación de calidad y pertenencia a través del mejoramiento del Sistema Educativo
- 2.2.1.2.1
- Desarrollar en el Currriculo Nacional Bolivariano los contenidos de la educación integral y libertadora con fundamento en los principios y valores de la patria
- 2.2.1.3
- Consolidar las misiones,grandes misiones socialistas como instrumento revolucionario del nuevo estado democrático
- 2.2.1.2
- 1.7.2.2
- Crear la escuela Popular Itinerante para la educación del pueblo en materia de defensa integral
- Objetivo Nacional 2.4
- Adecuar los planes de estudios en todos los niveles para la inclusión de estrategias de formación en valores socialista y patrióticos
- Objetivo Nacional 2.2
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Informações
- Descrição
- El proyecto Educativo Nacional es un conjunto de resoluciones inviolables que van desde lo más simple hasta lo mas complejo. El Estado venezolano al asumir la educación como función indeclinable en todos los niveles y modalidades del sistema educativo establece como misión referente a ellos, en el cumplimiento de las finalidades descritas, bajo los principios de integralidad y totalidad del conocimiento.
- Criado por
- zaidne sleiman
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