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Sem título

Miguel Campos Espanhol 6 slides

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  1. Discriminación hacia la mujer

  2. Violencia hacia la mujer

    • La igualdad de género es fundamental, sin embargo en muchos lugares no se practica ni se fomenta; algunas veces inconscientemente ejercemos la discriminación, no solo hacia la mujer.
    • Violencia hacia la mujer
  3. Slide 3

  4. ¿Donde se desarrolla o manifiesta?

    • En algunos países, las mujeres, a diferencia de los hombres, no pueden vestirse como desean, conducir un vehículo, trabajar de noche, heredar bienes ni prestar testimonio ante un tribunal. La inmensa mayoría de las leyes discriminatorias vigentes guardan relación con la vida en familia, incluso limitan el derecho de la mujer al matrimonio (o el derecho a no contraer matrimonio en casos de matrimonio precoz y forzado), así como el derecho al divorcio y a volver a casarse.
    • Al menos 36 países tienen leyes que discriminan a las mujeres por el mero hecho de serlo, según denuncia la sección española de Amnistía Internacional (AI) en un informe que se publica hoy. Desde la exclusión en el derecho al voto (como en Arabia Saudí) hasta la impunidad de la violencia doméstica (en Nigeria, por ejemplo), pasando porque, como en Chile, el marido es "el titular de la custodia de los bienes conyugales". Para AI, la violencia contra las mujeres, "la violación de los derechos humanos más extendida e impune", se alimenta de la discriminación y la refuerza.
    • "La discriminación está presente en la cultura y la religión, pero también el marco jurídico del propio Estado sobre aspectos familiares, económicos, laborales y de otra índole", señala el informe La discriminación, raíz de la violencia. ¡No a las leyes discriminatorias! que hoy hace público la sección española de Amnistía Internacional. El trabajo se centra en las leyes discriminatorias que rigen "al menos" en 36 países. Esas normas "reflejan la existencia de desigualdad y discriminación contra la mujer, al tiempo que fomentan y perpetúan la violencia contra las mujeres existente en sus sociedades".
    • El estudio puntualiza que, pese a que en ocasiones las leyes establecen el principio de no discriminación por razón de sexo, la forma de aplicarlas, la distribución inadecuada de recursos o el no tener en cuenta su distinto efecto entre hombres y mujeres (perspectiva de género) "conducen a una discriminación de facto de la que los Estados son responsables". "Sin igualdad de derechos, las mujeres no tienen recursos para hacer frente a la discriminación que sufren en todos los aspectos de su vida", añade.
    • - Situación "inaceptable". El informe considera "inaceptable" que se mantengan "leyes discriminatorias en todo el mundo" pese a que hace ya 25 años que se adoptó la Convención para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, en sus siglas en inglés) de Naciones Unidas. La han ratificado 181 países (algunos con reservas y quedan fuera EE UU o Sudán).
    • - Violencia legal. "En algunos casos, las leyes admiten directamente la violencia contra las mujeres, por ejemplo, permitiendo los llamados 'delitos en nombre del honor' o admitiendo esa cuestión como atenuante", señala el informe, que cita el caso de Líbano. También se refiere a Guatemala, donde "la ley permite la suspensión de la condena si el violador se casa con la víctima". En Nigeria el Código Penal permite que los maridos "utilicen la violencia física para 'regañar' a sus mujeres siempre que no causen un "daño grave" y en algunos estados del norte se puede castigar a lapidación a una mujer por tener un hijo sin estar casada.
    • - Leyes de obediencia femenina. En países como Sudán y Yemen existen leyes de obediencia de la mujer. En el último la norma establece "que las mujeres deben estar disponibles para tener relaciones sexuales con sus maridos y que no pueden abandonar el hogar conyugal sin permiso". En la discriminación dentro del matrimonio también cita el caso de Chile, donde "el marido es el titular de la custodia de bienes conyugales".
    • - Poligamia y divorcio. El informe también incluye la poligamia, una práctica presente en países como Mali o Argelia. Añade que el Código de Familia argelino "limita los derechos de la mujer en el matrimonio al consentir la poligamia, ordenar la obediencia de la mujer y restringir las causas de divorcio para las mujeres". Añade que "en Israel, a diferencia de los hombres, una mujer judía no tiene derecho a divorciarse, tal y como estipula la ley rabínica y sanciona la ley estatal".
    • - Sin derecho a voto. En Arabia Saudí las mujeres carecen de derecho a voto y "no se les permite circular libremente si no es en compañía de un familiar próximo varón, ni siquiera para recibir atención médica urgente". Por otra parte, en Camerún el marido "decide si la mujer trabaja o no".
    • ¿Donde se desarrolla o manifiesta?
    • Legenda: La nigeriana Amina Lawal, estuvo a punto de ser lapidada por tener una hija sin estar casada.
  5. Tipos de discriminación/Violencia hacia la mujer

  6. Slide 6

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Slides sobre Sem título, criado por Miguel Campos em 07-06-2018.
Criado por
Miguel Campos · jun 2018
Atualizado
7 jun 2018
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