Notas
FORMAS DE SUCEDER
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Formas de suceder: 4

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1. PERSONALMENTE
REQUISITOS:
Capacidad: existir legalmente en el momento de la muerte del causante
Dignidad: moralidad, no ser declarado indigno
V.H: llamamiento por ley o testamento

Artículo 4º de la Ley 29 de 2982
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2.REPRESENTACIÓN HEREDITARIA
Cuando el asignatario DIRECTO:
no puede
no quiere
suceder personalmente y es cuando entran a ocupar su lugar los asignatarios indirectos de los cuales la ley finge el grado de parentesco con el causante.
Quienes suceden lo hacen por: ART. 1042 C.C, 1041, 1043 y 1044 del Código Civil

Artículo 3º de la Ley 29 de 1982, modificatorio del 1043 del Código Civil
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REQUISITOS:
Que el asignatario se encuentre inmerso en una causal de representación hereditaria
Que tenga calidad de representado =
C.C, Arts. 1045 y 1043

O HIJOS.
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3. TRANSMISIÓN HEREDITARIA
Cuando el asignatario muere DESPUÉS del causante = transmite su asignación a sus herederos por no haber ejercido el derecho de opción:
aceptar ____________________La herencia
repudiar ____________________La herencia
TRANSMITE EN EL ORDEN RESPECTIVO
CAUSANTE MENOR : HEREDERO PROVISIONAL
ART. 1014 C.C. ART. 1212., C.C. ART. 1224., C.C. ART. 1285., C.C. ART. 1472
CSJ, Cas. Civil, Sent.feb.4/93, . M.P. Héctor Marín Naranjo
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4. SUCESIÓN PROCESAL HEREDITARIA
Estar por-muerto
Haber ejercido el derecho de opción = ACEPTADO
Se denomina entonces heredero definitivo y la asignación sale a nombre de el y los herederos deben solicitar se les reconozca como SUCESORES PROCESALES HEREDITARIOS.

Informações
- Descrição
- Notas sobre FORMAS DE SUCEDER , criado por Laura Valentina Soto em 08-02-2019.
- Criado por
- Laura Valentina Soto · fev 2019
- Atualizado
- 8 fev 2019
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