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Fluxograma

(5) Finalización del procedimento

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(5) Finalización del procedimento

Conteúdo do fluxograma

  1. Finalización del procedimiento

  2. MOTIVADA en todo caso

  3. Pondrán fin al procedimiento:

    - Resolución

    - Desistimiento

    -Renuncia al derecho (cuando no esté prohibido por el O.J. )

    - Caducidad

    - Imposibilidad material de continuar por causas sobrevenidas

  4. Art. 85 NATURALEZA SANCIONADORA:

    - El infractor reconoce su responsablidad

    - Imposición de la sanción que proceda

    - Terminación del procedimiento

  5. Art. 21.1 La Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificar en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación

  6. Resolución en los casos de:

  7. Prescripción

    Renuncia del derecho

    Caducidad

    Desistimento de la solicitud

    Desaparición sobrevenida del objeto

  8. Declaración de las circunstancias de cada caso

    +Hechos producidos

    +Normas aplicables

  9. Excepción de la obligación de dictar resolución expresa + notificar

  10. Pacto

    Convenio

    Procedimientos relativos al ejercicio de derechos (declaración responsable y comunicación)

  11. PLAZO máximo para notificar resolución expresa:

    - 3 meses si no se fija en la norma reguladora del procedimento

    - Lo que fije la norma reguladora del procedimiento

    - Máximo 6 meses salvo:

    DUE

    Normas Rango Ley

  12. A contar desde:

    De oficio: Fecha de acuerdo de iniciación

    Solicitud del interesado: fecha de entrada al registro electrónico

  13. Web de las AP:

    Deben mantener actualizadas y publicar a efectos informativos:

    - Procedimientos de su competencia

    - Plazos máximos de duración

    - Efectos del silencio Administrativo

  14. Número de solicitudes/personas afectadas ALTO:

    Pudiere incumplir el Plazo máximo de resolución

    - Habilitar medios pers/materiales para cumplir los plazos

    - A propuesta razonada del organo instructor o superior jerárquico

    - Se amplía por órgano competente para resolver

  15. Las AP informarán de

    - Plazo máximo de resolución y notificación

    - Sentido del silencio administrativo

    cuando:

    - en la notificación o publicación del ACUERDO DE INICIACIÓN

    - o en la COMUNICACIÓN de la recepción de la solicitud de iniciación (en 10 días)

    EXCEPTO caso 117.3

  16. Exigencia de responsabilidad disciplinaria (+ responsabilidad de la normativa aplicable)

    - Cumplimiento de la obligación de dictar resolución expresa en plazo

    Quién?:

    - Personal de las AP que deban despachar el asunto

    - Titulares de los órganos administrativos competentes de resolver e instruir

  17. CONTENIDO RESOLUCIÓN

    Decisión (motivada en los casos art. 35)

    Recursos en contra que procedan

    - Órgano administrativo/judicial al que se presentarían

    - Plazo para interponerlos

    - Sin perjuicio de otros recursos por el interesado

    Otras cuestiones (conexas pero no planteadas por los interesados): El órgano competente se puede pronunciar, pero antes tiene que abrir un período de alegaciones para los interesados

    - Período de máximo 15 días para alegaciones y aportar medios de pruebas

    - Pronunciarse (el órgano competente) sobre estas cuestiones después de ese período

    Iniciadas a solicitud del interesado

    - Congruente con las peticiones formuladas

    - No puede agravarse la situación inicial

    - Posibilidad de incoar de oficio un nuevo procedimiento, si procede

  18. RESOLUCIÓN

    Decidirá todas las cuestiones planteadas por los interesados y otras derivadas de las mismas

  19. FORMATO RESOLUCIÓN

    Electrónico

    Garantizará la identidad del órgano competente

    Garantizará la autenticidad e integridad del documento

    Mediante empleo de instrumentos de esta ley

  20. Informes y dictámenes aceptados: sirven de MOTIVACIÓN cuando se incorporen al texto de resolución

  21. Inadmisión de solicitudes (podrá acordarse si)

    - Reconocimiento de derechos no previstos en el Ordenamiento Jurídico

    - Solicitudes carentes de fundamento

    - EXCEPTO derecho de Petición (art. 29 CE)

  22. La Admin. no puede abstenerse de resolver por:

    - Silencio

    - Oscuridad

    -Insuficiencia de preceptos (órdenes) legales

  23. Art. 21.1 La Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificar en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación

  24. Eleva una PROPUESTA de Resolución

  25. ÓRGANO ENCARGADO DE INSTRUIR

  26. ÓRGANO ENCARGADO DE RESOLVER

  27. (Son distintos)

  28. *CARÁCTER SANCIONADOR: la PROPUESTA de resolución también se notifica a los interesados

  29. Terminación convencional

  30. - Acuerdos

    -Pactos

    -Convenios

    -Contratos

  31. OBJETO:

    Nunca materias no susceptibles de transacción

    Objeto de satisfacer el interés público

  32. -Personas derecho público/privado

    -No contrarias al Ordenamiento Jurídico

  33. Pueden tener caracter previo a la terminación, y ser vinculante/no a la resolución

  34. Sujetos de acuerdos/pactos/ convenios/contratos

  35. CONTENIDO MÍNIMO:

    - Identificación de las partes intervinientes

    -Ámbito personal, funcional y territorial

    Plazo de vigencia

    Necesidad de publicarse/no:

    - Según naturaleza

    - Según destinatarios

  36. ACUERDOS

  37. Acuerdos sobre materias de competencia directa del Consejo de Ministros (o equivalente CCAA):

  38. Necesitan la aprobación expresa del ACUERDO por el Consejo de Ministros (o equivalente CCAA)

  39. Acuerdos no pueden

  40. Alterar competencias de los órganos administrativos

  41. Alterar responsabilidades de autoridades y funcionarios (relativas al servicio público)

  42. Acuerdo de RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

  43. Fijar la Cuantía y modo de indemnización

  44. Criterios de cálculo y abono en art. 34 le LRJSP

  45. Caducidad

  46. Paralización imputable al interesado por +3 meses

    - Excepto en cumplimentación de trámites NO INDISPENSABLES en los que el solicitante se mantenga inactivo (perderá solamente el derecho a dicho trámite)

  47. Procedimiento a solicitud del interesado

  48. Caducidad y prescripción

  49. La caducidad no produce prescripción de las acciones

  50. La caducidad no interrumpe el plazo de prescripción

  51. La caducidad produce:

    - Archivo de actuaciones

    - Notificación de caducidad

    - Caben recursos pertinentes

  52. Casos de nueva iniciación [con procedimientos caducados, pero no prescritos]

    -Se pueden incorporar actos y trámites cuyo contenido se hubiese mantenido si no hubiese caducado

    - En el nuevo procedimiento se cumplimentaran

    - alegaciones

    - proposición de pruebas

    - audiencia de los interesados

  53. Alcance, efectos y régimen jurídico específico que prevea la disposición

  54. No pueden CADUCAR:

    - Cuestiones que afecten al interés general

    - Cuando sea conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento

    * Con limitaciones, tampoco pueden desistir o renunciar

  55. Desistimiento

  56. La Administración podrá desistir MOTIVADAMENTE

    - supuestos y requisitos provistos en LEYES

  57. Procedimientos iniciados de oficio

  58. Todo interesado puede desistir de su solicitud o renunciar a sus derechos (siempre que no esté prohibido por el O.J)

    La Admin. lo aceptará de plano [inmmediatamente y sin trámites] y declarará concluso el procedimiento

    - SALVO que terceros interesados (que ya se hayan personado) insten a su continuación

    - Plazo de 10 días desde la notificación del desistimiento o renuncia

    Solicitud con 2 o + interesados: solo afecta a quién formule el desistimiento/renuncia

  59. A solicitud del interesado

  60. Otra forma reconocida de terminación

  61. FORMATO

    Cualquier medio que permita su constancia

    Incorpore las firmas correspondientes

  62. Se limitarán AL INTERESADO los efectos del desistimiento/renuncia:

    Y SEGUIRÁ EL PROCEDIMIENTO

    - Cuestiones que afecten al interés general

    - Cuando sea conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento

    * Tampoco pueden caducar

  63. (5) Finalización del procedimento

Informações

Descrição
Finalización del procedimiento, ponen fin al procedimiento la Resolución, desistimiento y renuncia, Caducidad, o las causas sobrevenidas. La terminiación convencional. Art. 21: obligación de resolver [falta SILENCIO ADMINISTRATIVO]
Criado por
Usuário eliminado · ago 2020
Atualizado
24 ago 2020
Visualizações
13
Histórico
  • Criado por Victoria Cortina · 21 ago 2020
  • Copiado por Victoria Cortina · 24 ago 2020
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