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HISTORIA DEL DERECHO MINERO EN COLOMBIA

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Slides do conjunto (44)

  1. Historia del Derecho Minero

    • •Régimen
    • Español Antiguo
    • •Independencia-Republica
    • •Federalismo
    • •Constitución
    • 1886-ley 38 de 1887
    • •Ley
    • 20 de 1969
    • •Decreto
    • 2655 de 1988
    • •Constitución
    • de 1991
    • •Ley
    • 685 de 2001
    • •Ley
    • 1382 de 2001
    • •Ley
    • 1450 de 2011
  2. Régimen español antiguo

    • Los ordenamientos españoles de
    • manera regular separaban la propiedad del suelo de la del subsuelo,
    • reservándose “el dominio evidente del subsuelo” y adjudicando el “dominio útil”
    • •1228- Fuero
    • Viejo de Castilla:
    • “ Todas las mineras de oro, et
    • plata, et plomo, et otra, cualquiera guisa que minera sea en el señorío del rey
    • no sean labradas sin su permiso et mandato”
    • •1263 se emiten Las
    • siete
    • partidas de Alfonso X El Sabio: Renta
    • •1340 - Ordenamiento de Alcalá: “Todas
    • las minas de plata, oro y plomo y otro, cualquier metal, de cualquier cosa que
    • sea, pertenecen a Nos; por ende, ninguno sea
    • osado en las labores sin nuestra especial licencia y mandato”
  3. Régimen español antiguo

    • •1387 - Ordenamiento
    • de Birbiescas : ley de fomento y desarrollo de la
    • minera. 2/3
    • •1567 - Nueva
    • Recopilación
    • de Castilla: Revoca todas las mercedes.
    • Regalía. reincorpora a su corona todas las
    • minas
    • •Ordenanzas
    • del
    • nuevo cuaderno:
    • Se
    • constituyó en
    • el primer estatuto de minas conocido en España y las colonias de orientación
    • regalista: descubría la
    • mina debía registrarla ,
    • se
    • exigía que fuera en ángulos rectos por temas de ordenamiento, se permitía
    • a nacionales y extranjeros
    • realizar las actividades.
    • Controversias: “el primero que pidió estacas”
  4. Régimen español antiguo

    • 1681 - Recopilación de
    • las leyes de los reinos de las indias
    • “La disminución de algunos
    • asientos de minas resulta de que no se observaron nuestras ordenanzas reales y
    • en particular sobre las minas que están desiertas y desamparadas, y en esto
    • está resuelto que habiendo 4 meses que no se benefician, puede cualquier
    • persona denunciarlas ante la justicia ordinaria por despobladas, y que hechas
    • las diligencias en el nuevo cuadernillo de minas se adjudiquen al denunciador
    • para que las labore como verdadero dueño con las condiciones que allí se
    • declara, ateniendo en esto a que las minas no estén sin beneficiarse y
    • descubrir nuevas vetas.”
    • Función
    • social de la propiedad minera
  5. Régimen español antiguo

    • •Durante
    • toda la colonia se mantiene el sistema regalista
    • •El
    • subsuelo pertenece a la corona
    • •Los
    • particulares pagan el quinto
    • •Se
    • obliga al laboreo de las minas
    • •Revierten
    • a la corona quien puede volver a adjudicarlas
  6. Independencia-Republica

    • Decreto
    • del Libertador del 24 de octubre de 1829
    • Reivindica para la nación la soberanía plena sobre el subsuelo y reglamenta la
    • forma de pedir y adjudicar las minas a cambio del pago de un impuesto por su
    • explotación.
    • Sistema
    • de adjudicación que dependía del pago de un T y
    • la explotación de las minas y por disposición del art 38 de dicho decreto se
    • siguieron aplicando las disposiciones españolas hasta 1887 cuando finalmente
    • con la ley 153 todas las leyes españolas fueron abolidas.
  7. FEDERALISMO

    • •A mediados del siglo XIX se
    • imponen las ideas federalistas considerando que los intereses públicos se
    • servían mejor si se trasladaba al dominio privado la propiedad del subsuelo
    • minero para su exploración y explotación.
    • •ley 20 de 1853 autorizo al gobierno
    • para que destinara la propiedad de tierras baldías, incluidas las minas que se
    • encontraren allí, al pago de deuda extranjera.
    • “Casa Saint Rose”
  8. FEDERALISMO

    • •La constitución
    • de 1853 reservó para la nación exclusivamente las tierras baldías, las
    • vertientes saldas y las minas
    • de esmeralda y sal gema y en su
    • articulo 8 dispuso “
    • todos los objetos que no sean atribuidos por esta constitución a los poderes de
    • la confederación, son de competencia de los Estados”
  9. FEDERALISMO

    • •Reconocía
    • la reserva de la unión sobre las
    • vertientes saladas, minas de esmeralda y sal gema
    • •Reserva
    • para el estado el
    • derecho de contratación sobre
    • minas de oro, plata y otras taxativamente enumeradas para buscar en el momento
    • de la adjudicación ingresos fiscales ( Antioquia,
    • Cauca, Cundinamarca y Santander, entre
    • otros)
    • El
    • resto del subsuelo fue tácitamente entregado a los particulares, así:
    • “Al dueño del terreno todas las
    • demás minas
    • de
    • cualquier clase que sean”
  10. FEDERALISMO

    • •Principio de la accesión que confundía el dominio del suelo y el
    • subsuelo en las denominadas “Minas por Accesión” que
    • regiría en Colombia hasta la expedición del código fiscal de 1873 que recuperó para la nación la propiedad del subsuelo.
    • La
    • ley 229 de 1875 dispuso el pago
    • de los impuestos como única condición para conservar el derecho de una mina que
    • se ha adquirido legalmente y de la cual se tenga el titulo correspondiente,
    • estableciendo el pago adelantado por un periodo de 20 años, creando así la figura de las llamadas minas
    • redimidas a perpetuidad.
  11. Constitución 1886

    • Artículo 202:
    • Pertenecen a la República de Colombia:
    • •Los
    • bienes,
    • rentas, fincas, derechos y acciones que pertenecían a
    • la Unión Colombiana
    • en 15 de abril de 1.886.
    • •Los
    • baldíos,
    • minas y salinas que pertenecían a los Estados,
    • cuyo dominio recobra la Nación, sin perjuicio de los derechos
    • constituidos a
    • favor de terceros por dichos Estados, o a favor de éstos por la Nación a título
    • de Indemnización.
    • •Las
    • minas
    • de Oro, de plata, de platino, y de piedras preciosas que
    • existan en el territorio nacional, sin perjuicio de los derechos que por leyes
    • anteriores hayan adquirido los descubridores y explotadores sobre algunas de
    • ellas.
    • Se buscaba regresar al sistema regalista,
    • pues los Estados Federados habían legislado bajo la accesión, y en algunos
    • casos adjudicación. Los minerales de interés eran el oro, el platino y las
    • esmeraldas.
  12. Constitución 1886

    • Ley 38 de 1887
    • - Código de Minas. Adopta el Código del Estado Soberano
    • de Antioquia y para solucionar el tema de las
    • minas por accesión establece:
    • Art
    • 5: “
    • En dondequiera que la propiedad de las minas hubiera sido del dueño del suelo,
    • hasta el día 7 de septiembre de 1886, en que empezó a regir la Constitución,
    • cada uno de esos propietarios tendrá por un año que se contará desde la fecha
    • de esta ley, un derecho preferente al de cualquier otro individuo para buscar,
    • catar y denunciar las minas que hubieran dentro de su heredad. Pasado un año,
    • las minas que hubieren dentro de esas heredades serán denunciables por
    • cualquiera.”
    • Art
    • 11: El titular
    • de las minas que pasados 5 años desde la fecha de su adjudicación no hubiere
    • establecido trabajos formales de explotación, perderá el derecho adquirido aun
    • cuando pague el respectivo impuesto, igualmente pierde los derechos si suspende
    • por mas de un año los trabajos salvo por fuerza mayor o caso fortuito.
  13. Constitución 1886

    • •Ley 153 de 1887 modificó estos plazos en su artículo 8 ampliándolo
    • a 8 años desde la fecha de adjudicación o a una suspensión
    • mayor a 8 años.
    • •Decreto 278 de 1895
    • y 600 de 1899: suspenden los términos
    • mineros hasta el día que se restablezca el orden público. (guerra de los mil
    • días)
    • •Ley 59 de 1909. según la cual si se pagaba el
    • doble del impuesto establecido en la ley anterior igualmente la mina quedaría
    • liberada a perpetuidad.
    • •En los
    • departamentos de Antioquia y Choco
    • se titularon mas de 2000 minas
    • con pago de impuesto y 1500 redimidas a perpetuidad.
  14. Ley 20 de 1969

    • •Mas
    • de 6000 minas adjudicadas o
    • redimidas a perpetuidad que no estaban siendo explorados técnicamente ni
    • explotados en forma económica perjudicando los intereses nacionales.
    • •
    • •Se reclama entonces una política
    • de aprovechamiento de los recursos naturales no renovables mediante la formula
    • de extinguir los derechos de los particulares sobre minas adjudicadas,
    • redimidas a perpetuidad, o adquiridas a cualquier otro titulo semejante, cuando
    • los interesados no las exploren técnicamente o las exploten dentro de términos
    • prudenciales, o suspendan la producción sin causa justificativa alguna.
  15. Ley 20 de 1969

    • “ hay un factor que debe
    • relievarse al máximo en razón de la importancia excepcional que tiene para el
    • futuro inmediato de la Nación, cual es el de que el régimen jurídico de la
    • adjudicación se aplica a los yacimientos auríferos…vale decir para la mayor parte
    • de los depósitos de oro que pueden existir en Colombia…este metal precioso
    • constituye un medio de pago
    • internacional y la base para el fortalecimiento de nuestra moneda…es de
    • urgencia extrema la abolición definitiva del sistema anacrónico que ha
    • impedido, desde hace mucho tiempo, la vigorización de la economía
    • nacional…busca la extinción del dominio de los yacimientos de oro que no se
    • exploten en un término razonable.”
    • Articulo 1
    • “Todas las minas pertenecen a la
    • Nación, sin perjuicios de los derechos constituidos a favor de terceros. Esta
    • excepción a partir de la vigencia de la presente ley, sólo comprenderá las
    • situaciones jurídicas subjetivas y concretas debidamente perfeccionadas y
    • vinculadas a yacimientos descubiertos”
    • •
  16. Ley 20 de 1969

    • Consagra
    • conceptos como el
    • de aprovechamiento total, y la
    • extinción de los derechos adquiridos
    • si:
    • -
    • Dentro de los 3 años siguientes a la
    • expedición de la ley no se ha iniciado la explotación económica de las minas
    • -Si una
    • vez iniciada se suspende por mas de un año. Teniendo la gran ventaja de que una
    • vez expirados los términos el derecho se extinguía
    • sin necesidad de providencia
    • alguna que lo declarara.
    • -
    • El
    • decreto 1275 de 1970 en su artículo 3 aclaró que sólo se reconocerían los
    • títulos otorgados en adjudicación, perpetuidad o sentencia definitiva antes del
    • 22 de diciembre de 1969.
  17. Ley 20 de 1969

    • •Igualmente
    • define como yacimiento descubierto la acumulación de minerales que ofrezca
    • perspectivas de aprovechamiento económico establecidas por medio de trabajos
    • preliminares
    • •Para
    • cumplir con lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 20, el decreto dispuso que
    • la explotación se debía demostrar antes del 22 de junio de 1973
    • •Presentadas
    • las pruebas el Ministerio de Minas y Petróleos expide una resolución motivada
    • que es la que finalmente se lleva al Registro Minero.
    • •Quienes
    • no adelantaron estas actividades en los plazos señalados perdieron cualquier
    • derecho de propiedad sobre el subsuelo de sus predios.
  18. Ley 20 de 1969

    • Esta
    • ley junto con la ley 60 de 1967 y los decretos 1275 de 1970 y 2181 de 1972 constituyeron el denominado estatuto minero que
    • creo dos sistemas de contratación.
    • •Ordinario:
    • Permisos, Licencias y Concesiones
    • •Aportes:
    • Piedras preciosas o semipreciosas, las descubiertas por entidades del estado
    • que tengan importancia básica para la economía nacional. (esmeraldas: coscuez, muzo y peñas blancas) (sal:
    • salinas de zipaquira)
    • (oro: supia y
    • marmato) (niquel: cerromatoso.)
    • El
    • permiso desaparece en la norma posterior: para un área máxima concesible de
    • 250 htas por un periodo de 5 años.
  19. Decreto 2655 de 1988

    • Título minero
    • : documento
    • en el cual se otorga el derecho a explorar y explotar el suelo y el subsuelo
    • y se clasifican en:
    • •Licencias
    • de exploración
    • •Licencias
    • de explotación
    • •Aportes
    • mineros
    • •Contratos
    • mineros
    • •Contratos
    • de concesión
    • •Contratos
    • con las entidades descentralizadas
  20. Decreto 2655 de 1988

    • ACTIVIDAD
    • DESCRIPCIÓN
    • Licencia de Exploración
    • Para otorgar la licencia de exploración y su duración, se debe
    • conocer el área a explorar
    • Pequeña Minería
    • Mediana Minería
    • Gran Minería
    • Área a explorar (Ha)
    • 100
    • 100 >A > 1000
    • 1000 > A > 5000
    • Duración de la Licencia
    • Un año
    • Dos años
    • Cinco años
    • Tiempo de Prorroga
    • Un año
    • Un año
    • Un año
    • Requisitos para la Solicitud de la Licencia de Explotación
    • Informe final de exploración y Programa de Trabajos e inversiones.
    • (PTI)
    • Informes de Progreso sobre el programa de exploración.
    • Programa de trabajos e Inversiones
    • Estudio de impacto ambiental.
  21. Decreto 2655 de 1988

    • Licencia de Explotación
    • La licencia tiene una duración de 10
    • años a partir de su inscripción en el Registro Minero.
    • Se deben rendir informes anuales, donde
    • se presenta un resumen del programa de explotación ejecutado, las inversiones
    • realizadas y los resultados obtenidos.
    • Aporte Minero
    • El aporte es otorgado por solicitud de la entidad interesada previa
    • justificación técnica. La entidad titular del aporte puede explorar y explotar el área o parte
    • de ella directamente, o indirectamente por medio de terceros.
    • La cancelación
    • de los aportes puede darse por :
    • •Terminación
    • o
    • disolución de la sociedad.
    • •No
    • realizar los actividades mineras según lo descrito en la resolución de
    • otorgamiento.
    • •El
    • incumplimiento de las normas de explotación racional de los recursos mineros.
    • •Violación
    • de las normas que regulen la venta y comercialización del mineral.
    • •La
    • no presentación de los informes mensuales .
  22. Decreto 2655 de 1988

    • Contratos mineros de concesión
    • La duración de los contratos mineros de concesión es de 30 años, a
    • partir de su inscripción en el Registro Minero.
    • Durante la explotación el contratista debe devolver las zonas que no
    • estén incluidas en los planes y diseños mineros. .
    • Al vencer los contratos de concesión de gran minería, el contratista
    • debe dejar en funcionamiento equipos, instalaciones y obras mineras y
    • entregar a título de reversión gratuita todas las propiedades exclusivas de
    • explotación.
    • Contratos mineros de las entidades descentralizadas
    • Los contratos que se celebren para pequeña y mediana minería sobre
    • las áreas comprendidas en los aportes solo necesitan su inscripción en el
    • Registro Minero.
    • Los contratos que se celebren para proyectos de gran minería
    • requerirán la aprobación previa del MME y posteriormente la inscripción en el
    • Registro Minero
  23. Decreto 2655 de 1988

    • Resolución
    • 024 de 1994 "por medio de la
    • cual se establecen criterios generales y normas básicas de contratación para
    • pequeña, mediana y gran minería del Carbón en áreas de los aportes y áreas
    • delegadas".
    • •Exploración
    • - Explotación
    • •Explotación
    • •Exploración
    • - Explotación, con Explotación anticipada
    • •Explotación.
    • con exploración adicional
  24. Constitución de 1991

    • •Propiedad
    • del Estado – art 332. El
    • Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables,
    • sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las
    • leyes preexistentes.
    • •Sistema
    • General de Regalías
    • –
    • art 360. La explotación de un recurso
    • natural no renovable causará, a favor del Estado, una contraprestación
    • económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho o
    • compensación que se pacte. La ley determinará las condiciones para la
    • explotación de los recursos naturales no renovables.
    • Acto Legislativo 5 de 2011
  25. Constitución de 1991

    • Destinación de las regalías– art
    • 361.
    • Los
    • ingresos del Sistema General de Regalías se destinarán al financiamiento de
    • proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades
    • territoriales; al ahorro para su pasivo pensional; para inversiones físicas en
    • educación, para inversiones en ciencia, tecnología e innovación; para la
    • generación de ahorro público; para la fiscalización de la exploración y
    • explotación de los yacimientos y conocimiento y cartografía geológica del
    • subsuelo; y para aumentar la competitividad general de la economía buscando
    • mejorar las condiciones sociales de la población.
  26. Constitución de 1991

    • Destinación de
    • las regalías– art 361.
    • Créanse
    • los Fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Desarrollo Regional; de
    • Compensación Regional; y de Ahorro y Estabilización.
    • Desarrollo sostenible – art 80.
    • El
    • Estado planificará el manejo y
    • aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo
    • sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los
    • factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la
    • reparación de los daños causados. Así
    • mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas
    • situados en las zonas fronterizas.
  27. Constitución de 1991

    • Art
    • 334 La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este
    • intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos
    • naturales, …,
    • para racionalizar la economía con
    • el fin de conseguir en el plano nacional y territorial, en un marco de
    • sostenibilidad fiscal, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes,
    • la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo
    • y la preservación de un ambiente sano. ..
    • PAPEL DEL ESTADO, FUNCION SOCIAL DE LA
    • PROPIEDAD Y LA SOLIDARIDAD
  28. Ley 685 de 2001

    • •Acompasar
    • los
    • trámites administrativos mineros con los ambientales, las
    • numerosas opciones de contratación minera, incidían desfavorablemente en la captación de
    • inversión privada, nacional o extranjera.
    • •Incorporar
    • mandatos
    • nuevos constitucionales al marco regulatorio legal, en materias tales como el
    • componente ambiental, la participación ciudadana y el tratamiento de las
    • minorías étnicas
    • •NUEVA
    • POLITICA ESTATAL
    • •Ratificación
    • de
    • la propiedad estatal del subsuelo
    • •Eliminación
    • del
    • Estado-empresario
    • •El
    • Estado
    • planifica, diseña políticas sectoriales y se
    • desempeña como un facilitador del desarrollo minero.
  29. Ley 685 de 2001

    • •El
    • riesgo
    • económico de la búsqueda del recurso minero y su posterior explotación, quedaba
    • asignado a los particulares.
    • •Supresión
    • de la clasificación de gran minería, mediana minería y pequeña minería: la
    • eficiencia minera y ambiental se deslindaría del tamaño de la explotación.
    • •La
    • media docena de sistemas de contratación minera, se sustituiría por un único
    • contrato de concesión.
    • •Las
    • exigencias previas al contrato minero serían remplazadas, por
    • un mayor esmero en la fiscalización posterior del cumplimiento de las
    • obligaciones del concesionario.
    • •Garantía
    • de transparencia en el trámite de las propuestas de contrato, seria el
    • principio de “ primero en el tiempo, primero en el
    • derecho “.
  30. Ley 1382 DE 2010

    • •El
    • Código de Minas tiene normas laxas que impiden al Gobierno hacer control eficaz
    • de la minería. Las áreas se entregan a personas sin músculo financiero ni
    • capacidad técnica, fomentando la especulación y la corrupción.
    • •
    • •El principal reto legislativo del
    • Congreso de la república consiste en que la legislación y demás normatividad
    • aseguren que las condiciones existentes favorezcan equitativamente la
    • maximización de la extracción mineral, priorizando el dominio del Estado sobre
    • dichos recursos y la consolidación de la minería como el más importante factor
    • de crecimiento económico.
  31. Ley 1382 DE 2010

    • •ley inexequible. La
    • Corte
    • opto por Diferir los efectos de
    • la inexequibilidad declarada por el término de dos
    • (2) años que terminan el
    • 11 mayo de 2013, en este periodo la ley se aplicó
    • normalmente y se suscribieron todos los contratos de concesión.
    • •A partir de la próxima semana se
    • regresa a las normas establecidas en la ley 685 de 2001.
    • •Transitividad
    • y Favorabilidad.
    • •Prorrogas
    • •Canones
    • anticipados
    • •Requisitos
    • de las propuestas
    • •Rechazos
    • de las propuestas
    • •Integración
    • de Areas
    • •Libertad
    • de Areas
    • •Legalización
    • Minera
  32. Ley 1450 de 2011

    • •ARTÍCULO
    • 106. CONTROL
    • A LA EXPLOTACIÓN ILÍCITA DE MINERALES.
    • •ARTÍCULO
    • 107. ES DEBER DEL GOBIERNO NACIONAL IMPLEMENTAR UNA ESTRATEGIA PARA DIFERENCIAR
    • LA MINERÍA INFORMAL DE LA MINERÍA ILEGAL.
    • •ARTÍCULO
    • 109. PLAN
    • NACIONAL DE ORDENAMIENTO MINERO.
    • •ARTÍCULO
    • 110. SUSPENSIÓN
    • Y CADUCIDAD POR RAZONES DE SEGURIDAD MINERA.
    • •ARTÍCULO
    • 111. MEDIDAS
    • PARA EL FORTALECIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LOS TITULARES
    • MINEROS.
    • •ARTÍCULO
    • 112. MEDIDAS
    • DE CONTROL A LA COMERCIALIZACIÓN DE MINERALES.
    • •ARTÍCULO
    • 113. CARGUE
    • DIRECTO DE CARBÓN.
    • •ARTÍCULO
    • 202. DELIMITACIÓN
    • DE ECOSISTEMAS DE PÁRAMOS Y HUMEDALES.
    • •ARTÍCULO
    • 204. ÁREAS
    • DE RESERVA FORESTAL
  33. Slide 33

  34. Slide 34

  35. Slide 35

  36. Slide 36

  37. Slide 37

  38. Slide 38

  39. Slide 39

  40. Slide 40

  41. Slide 41

  42. Slide 42

  43. Slide 43

  44. Slide 44

Informações

Descrição
Historia del derecho minero en colombia
Criado por
yesipuentesb · ago 2015
Atualizado
10 set 2017
Visualizações
871
Avaliação
Avaliação média 4,0 de 5 (2 avaliações)

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