Quiz
10.1.- FUNCIONES. ILUMINACIÓN, VENTILACIÓN, PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS Y ACCESIBILIDAD A SU TRAVÉS.
Perguntas do quiz (22)
110.1 .01. - Los cerramientos verticales de los edificios
- AEn ningún caso pueden tener actualmente función estructural o portante.
- BTienen como una de sus funciones la de contribuir a favorecer la inmisión del sonido procedente del exterior.
- CTienen como una de sus funciones la de contribuir a conseguir el confort ambiental en los espacios interiores del edificio.
- DTienen como una de sus funciones la de establecer la comunicación entre el exterior y los espacios interiores del edificio.
210.1.02.- Los cerramientos verticales de los edificios
- AIncluyen a los cerramientos de medianería y a los demás cerramientos de separación con otros edificios
- BForman parte de lo que se conoce como la envolvente térmica de un edificio, definida por CTE DB-HE
- CIncluyen a las fachadas exteriores, pero no a las fachadas a patios de manzana o de parcela
- DIncluyen a las cubiertas planas, pero no a las inclinadas
310.1.03.- Los cerramientos verticales de los edificios
- AIncluyen a todas las fachadas -exteriores, a patios de manzana y de parcela- y a los cerramientos de separación con otros edificios.
- BTienen como una de sus funciones la de establecer la comunicación entre el exterior y los espacios interiores del edificio.
- CCuando se trata de cerramientos portantes o estructurales, han de tener huecos de ventana de anchura limitada para que queden machones entre ellos que permitan la transmisión vertical de las cargas.
- DCuando se trata de cerramientos no portantes o sustentados, han de tener huecos de ventana de directriz vertical, no apaisados.
410.1.04.- Las condiciones de iluminación natural de los edificios
- AEstán regladas normativamente para los edificios administrativos y docentes, pero no para los edificios de viviendas.
- BEstán regladas por el CTE DB-HS 3 de forma diferenciada según usos de la edificación.
- CSegún CTE DB-HS 3, habrán de conseguirse mediante ventanas verticales, y no se admiten al efecto las ventanas inclinadas de cubierta
- DSe cumplen en Galicia, en general, cuando las ventanas tengan una superficie ≥ 1/8 de la superficie útil de la planta de la pieza.
510.1.05.- Las condiciones de iluminación natural de los edificios situados en Galicia.
- ASolamente están regladas normativamente para los edificios de viviendas.
- BEstablecen que en ningún caso se admitirá que las piezas habitables tengan una profundidad, medida perpendicularmente a una fuente de iluminación natural, mayor que 7,50 m
- CSegún CTE DB-HS 3, para edificios de uso diferente de vivienda, garaje o aparcamiento, serán las establecidas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios RlTE 2007
- DEn Galicia están reguladas por la Normativa de Habitabilidad de las Viviendas -NHV 2010-, que establece que serán aplicables también a edificios de cualquier otro uso
610.1.06.- La superficie de ventilación de las ventanas ubicadas en las piezas vivideras de las viviendas situadas en Galicia
- AHabrá de ser como mínimo 1/3 de la superficie mínima de iluminación establecida por las Normas de Habitabilidad de Viviendas
- BEn general, habrá de ser como mínimo 1/24 de la superficie útil de la planta de la pieza
- CCuando la ventana se abra sobre una terraza de profundidad comprendida entre 2,00 y 3 00 m, habrá de ser como mínimo 1/18 de la superficie útil de la planta de la pieza
- DNo podrá computar la superficie de ventanas inclinadas de cubierta porque no se pueden abrir cuando llueve
710.1.07.- Las condiciones de ventilación de los edificios
- ASolamente son aplicables a obras de nueva planta y nunca son exigibles en obras de rehabilitación.
- BEstán regladas por el CTE DB-HS 3 para edificios de viviendas y para aparcamientos y garajes de edificios de cualquier otro uso.
- CSegún CTE DB-HS 3, para edificios de uso diferente de vivienda, garaje o aparcamiento, serán las establecidas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios RlTE 2007
- DEn Galicia están reguladas por la Normativa de Habitabilidad de las Viviendas -NHV 2010-, que establece que serán aplicables también a edificios de cualquier otro uso
810.1.08.- Según CTE DB-HS 3, los edificios de viviendas cumplirán las siguientes condiciones de ventilación
- AEl aire debe circular siempre de los locales secos hacia los locales húmedos
- BLos locales habitables tendrán ventanas o puertas exteriores cuya superficie practicable sea ≥ 1/20 de la superficie útil de la pieza
- CLos locales habitables tendrán ventanas o puertas exteriores cuya superficie practicable sea ≥ 1/2 de su superficie de iluminación
- DDeberán disponer de un sistema de ventilación híbrida o mecánica
910.1.09.- Según CTE DB-HS 3, para ventilación de los edificios de viviendas
- ALos locales secos deben contar necesariamente con aireadores situados a altura ≥ 1,80 m respecto del pavimento del local
- BDeben existir aberturas de extracción en los locales secos
- CDeben existir aberturas de paso entre locales con admisión y locales con extracción.
- DDeben existir aberturas de extracción en los locales húmedos.
1010.1.10.- Según CTE DB-HS 3, las aberturas de admisión para ventilación
- APueden consistir en dispositivos de micro ventilación incorporados a las carpinterías de ventanas.
- BEn el caso de que consistan en aireadores deberán de estar colocados a más de 1,80 m de altura respecto del suelo.
- CEn ningún caso podrán considerarse como tales las juntas de apertura de la carpintería exterior.
- DPueden consistir en las holguras existentes entre las hojas de las puertas de paso interiores y el suelo.
- EPueden consistir en las juntas de apertura de la carpintería exterior cuando ésta tenga clase 1 de permeabilidad al aire.
1110.1 .11.- El dimensionado de las aberturas de ventilación
- APara dormitorios y salas de estar, se realiza en función de los caudales mínimos de ventilación de los locales
- BPara dormitorios y salas de estar, se realiza en función de su ocupación
- CPara las aberturas de paso se exige una superficie mínima de 70 cm2
- DSe realiza en función de la zona geográfica de ubicación el edificio, según el mapa eólico contenido en CTE DB-HS 3
1210.1.12.- El dimensionado de las aberturas de ventilación
- ASolamente es necesario realizarlo para las aberturas de admisión y no para las de extracción, para las que no se exige superficie mínima
- BPara salas de estar de viviendas, se realiza en función de la suma del número de ocupantes de todos los dormitorios de la vivienda
- CPara cocinas de viviendas, se realiza en función de su superficie útil
- DEn garajes, se determina en función del número de plazas
1310.1.13.- Un sistema híbrido de ventilación
- AEs el que utiliza simultáneamente aireadores y dispositivos de microventilación.
- BRequiere de la instalación de anemómetros en las aberturas de extracción de cada local.
- CCombina el funcionamiento estático y mecánico de los conductos verticales de extracción.
- DFunciona con extracción mecánica cuando no hay viento que permita el funcionamiento estático de los aspiradores.
1410.1.14.- Un aspirador estático para un conducto vertical de ventilación
- AFunciona por efecto Venturi.
- BSegún CTE DB-SUA será suficiente para los conductos de extracción de baños y aseos, aunque no para cocinas. que deben disponer de extracción mecánica.
- CRequiere que exista una conexión eléctrica para alimentación del aspirador.
- DDebe estar provisto de una válvula anti-retorno.
1510.1.15.- Un conducto vertical de extracción para ventilación híbrida
- ASi es colectivo, no debe servir a más de seis plantas.
- BDebe tener sección uniforme y carecer de obstáculos en su recorrido.
- CDebe ser estanco al aire para su presión de dimensionado.
- DSi sirve a alguna de las dos últimas plantas de un edificio, debe ser individual y con salida directa.
1610.1.16.- Según CTE DB-SUA, para protección frente al riesgo de caídas
- ADeberán existir barreras de protección cuando existan desniveles de altura > 0,55 m.
- BLas barreras de protección tendrán siempre una altura mayor que 1,20 m.
- CLas barreras de protección tendrán una altura ≥ 0,90 m cuando el desnivel tenga una altura comprendida entre 0,55 m y 6,0 m.
- DSolamente se admiten como barrera de protección las barandillas, y en ningún caso los módulos fijos de las carpinterías.
1710.1.17.- Las barreras de protección frente al riesgo de caídas, según CTE DB-SUA
- ANo serán necesarias cuando existan desniveles de altura < 0,90 m.
- BDeberán resistir una fuerza horizontal uniformemente distribuida aplicada a 1,20 m de altura o en su borde superior, cuya magnitud dependerá del uso del espacio en el que se encuentren.
- CEn edificios de viviendas, excepto en barreras para escaleras, no deberán tener aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 10 cm de diámetro.
- DEn edificios de pública concurrencia, deberán tener siempre 1,20 m de altura como mínimo.
1810.1.18.- Las barreras de protección frente al riesgo de caídas, según CTE DB-SUA
- ATendrán unas características físicas condicionadas por la altura del desnivel existente entre el borde libre superior de la barrera y la rasante del espacio colindante.
- BTendrán una altura mínima condicionada por el uso del edificio en el que se ubiquen.
- CEn edificios de viviendas, no deben tener salientes sensiblemente horizontales con más de 15 cm de fondo, situados en una altura comprendida entre 50 y 80 cm desde el nivel del suelo.
- DEn escuelas infantiles excepto en barreras para escaleras, no deberán tener aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 10 de diámetro.
1910.1.19.- Las barreras de protección frente al riesgo de caídas, según CTE DB-SUA,
- ADeberán tener una altura > 1,10 m cuando el desnivel que protegen tenga una altura mayor que 6,00 m
- BUbicadas en zonas de aglomeración, deberán resistir una fuerza horizontal de 3kN/m aplicada a 1,20 m de altura o en su borde superior
- CEn edificios de pública concurrencia, no podrán tener huecos que puedan ser atravesados por una esfera de 10 cm de diámetro.
- DEn edificios de vivienda, no deben tener puntos de apoyo para escalada ni salientes sensiblemente horizontales, con más de 5 cm de saliente, situados en una altura comprendida entre 3 y 50 cm desde el nivel del suelo o desde la línea de inclinación de una escalera.
2010.1.20.- Para la accesibilidad de objetos a través de los cerramientos de fachada
- AEl CTE DB-SUA establece las dimensiones mínimas que deben tener los huecos de fachada en función del uso del edificio.
- BLas Normas Tecnológicas de la Edificación recomiendan que al menos uno de los huecos exteriores de cada vivienda o local independiente tenga una superficie practicable mayor de 1250 x 1250 mm
- CEl CTE DB-SUA establece que si el edificio no tiene ascensor deben disponerse en las fachadas dispositivos de elevación de cargas.
- DEl CTE DB-SUA establece que las carpinterías de ventanas deberán tener toda su superficie practicable, sin acristalamientos fijos.
2110.1.21.- Para accesibilidad de bomberos a través de las fachadas, según CTE DB-SI,
- ALas fachadas tienen que estar construidas de forma que sea posible la fácil demolición de tramos separados como máximo 25 m entre si
- BLas fachadas de edificios urbanos situados en calles de ancho menor que 12,00 m tendrán una altura máxima de 14,00 m.
- CDeben existir huecos en las fachadas que estén situados a una altura menor que 14,00 m respecto de la rasante del espacio exterior.
- DDeben existir huecos en las fachadas que cumplan unas condiciones dimensionales y de distancia entre ellos.
2210.1.22.- Para accesibilidad de bomberos a través de las fachadas, según CTE DB-SI, deberán existir huecos que
- ATengan el alféizar situado a una altura respecto del suelo de la planta menor que 0,90 m
- BTengan una anchura o dimensión horizontal ≥ 0,80 m.
- CTengan una altura o dimensión vertical ≥ 1,20 m.
- DDisten entre ejes verticales como máximo 25 m respecto de otros huecos que cumplan las condiciones dimensionales establecidas.
Informações
- Descrição
- Construcción 4. (Libro de preguntas tipo test.) Quiz sobre 10.1.- FUNCIONES. ILUMINACIÓN, VENTILACIÓN, PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS Y ACCESIBILIDAD A SU TRAVÉS., criado por Diego Failde Lorenzo em 02-06-2018.
- Autor
- Diego Failde Lorenzo
- Idioma
- Español
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