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Sem título

Rinnys kawaii Espanhol 6 slides

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Slides do conjunto (6)

  1. LEY 769 DE 2002

    • El código nacional de transito terrestre sera un conjunto armónico y coherente de normas
    • y su objetivo sera la organización del transito en el territorio nacional y la prevención de la accidentalidad con sus consecuencias nocivas para la vida, la integridad personal, y los vienes de los ciudadanos.
    • la propuesta que se presenta busca su aplicación,con fines de prevención de accidentes y
    • pretende tener consecuencia de tipo sancionatorio administrativo.
    • se busca organizar la circulación peatonal y vehicular en el país, garantizando el buen uso de las vías publicas considerando que la labor de prevención, educación y seguridad vial tiene que contar con personal capacitado y formado en alto valores cívicos y éticos
  2. LEY 769 DE 2002

    • La accidentalidad vial en Colombia resulta ser en términos de fallecimientos y heridas mucho mas problemáticas que la violencia que causa el orden publico por este motivo se deben encontrar soluciones a lo que párese un mal comportamiento social, producto de la indisciplina,
    • la falta de educación la falta de negligencia los causantes de estos accidentes.
    • El papel del estado como autoridad de la sociedad debe hacerse apreciable de forma diligente ,sensata, técnica, pedagógica, pero al mismo tiempo debe ser enérgica, para los infractores esto ayuda que con el tiempo prevea y mejore la normatividad existente
    • por ello este proyecto de ley emana de quienes han estudiado el problema vial, no desde el perfil del consultor o asesor sino desde el conocimiento directo de los fenómenos del comportamiento social sus necesidades y expectativas de la comunidad
  3. LEY 769 DE 2002

    • El proyecto de código nacional de transito terrestre contiene un total de 191 artículos,
    • 11 capítulos y 4 títulos cuya información es análoga a la del código vigente y trata ademas de los aspectos planteados por el proyecto de ley anterior,los que provienen de la experiencia de las secretarias de transito de las ciudades mas grandes del país siendo así de invaluable ayuda y utilidad.
    • LEY 769 DE 2002
  4. ARTICULO 94

    • NORMAS GENERALES PARA BICICLETAS, TRICICLOS,MOTOCICLETAS, MOTOCICLOS Y MOTOTRICICLOS:
    • los conductores de bicicletas,triciclos,
    • motocicletas,motociclos, y mototriciclos, estarán sujetos a las siguientes normas:
    • deben transitar por la derecha de las vías a distancia no mayor de un 1 metro de la acera u orilla y nunca utiliza vías exclusivas para servicio publico colectivo.
    • los conductores de estos tipos de vehículos y sus acompañantes deben vestir chalecos o chaquetas reflectivas de identificación que deben ser visibles cuando de conduzca entre las 18:00 y a las 6:00 horas del sea siguiente, y siempre que la visibilidad sea escasa
    • Los conductores que transiten en grupo lo harán uno detrás de otro
  5. ARTICULO 94

    • No deben sujetarse de otro vehiculo o viajar cerca de otro carruaje de mayor tamaño que lo oculte de la vista de los conductores que transiten en sentido contrario
    • No deben transitar sobre las aceras, lugares destinados al transito de peatones y por aquellas vías en las autoridades competentes lo prohíban. Deben conducir en las vías publicas permitidas o, donde existan, en aquellas especialmente diseñadas para ello
    • ARTICULO 94
  6. ARTICULO 94

    • Deben respetar las señales, normas de transito y limites de velocidad.
    • No deben adelantar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles.
    • siempre utilizaran el carril libre a la izquierda del vehículo a sobrepasar
    • Deben usar las señales manuales detalladas en el articulo 69 de este código

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Slides sobre Sem título, criado por Rinnys kawaii em 10-06-2017.
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Rinnys kawaii
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