TEMA 7 COMIENZO PERSONALIDAD

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TEMA 7 COMIENZO PERSONALIDAD
Jose Ferran
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COMIENZO DE LA PERSONALIDAD INDIVIDUAL Importancia de su determinación. Por razones prácticas (a partir de cuándo se es sujeto de derechos y deberes y por tanto se pueden heredar y transmitir) y teológicas (a partir de cuándo el feto puede ser considerado un ser autónomo e independiente). Teorías: - De la concepción. Se es persona desde la concepción. Crítica: ¿cómo determinarlo? - Del nacimiento. Se es persona desde el nacimiento 1efectivo (total desprendimiento del claustro materno), 2con vida, 3algunos: con forma humana.- Ecléctica. Se es persona desde el nacimiento, pero reconoce por una ficción derechos al concebido o retrotrae los efectos del nacimiento al tiempo de la concepción. Crítica: no hay que hacer ficción alguna, simplemente aceptar que se otorgan reservas de derechos eventuales.- Viabilidad. Se es persona desde el nacimiento 1con vida, 2con aptitud para seguir viviendo fuera del útero materno. Crítica: ¿cómo determinar signos de viabilidad?Prevalece en la actualidad la teoría del nacimiento, otorgándose ciertas reservas de derechos eventuales al concebido, que sólo por el nacimiento se convertirán en definitivos. Ordenamiento español. 29. El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente. 30. La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno. MODIF por DF3ª Ley 20/2011, 21 jul, RC (BOE 22 jul 2011). En virtud DF10ª, entrada en vigor para dicha DF3ª el día siguiente a la publicación en el BOE (23 jul 2011). Así se integra en nuestro ordenamiento la Convención Universal de los Derechos del Niño de 1989, que reconoce el derecho del niño a un nombre y a adquirir una nacionalidad desde el preciso instante de su nacimiento. Se destierran pues los requisitos de 1nacer con forma humana (“excluye seres que el sentir popular no considera personas”, DE CASTRO), 2vivir 24 horas desprendido del seno materno (conditio iuris, ALBALADEJO). - Mezcla de teorías. 29 consagra la teoría del nacimiento, pero después incluye influencias eclécticas. 30 antes estaba influido por teoría de la viabilidad. - Requisitos: ü Nacer con vida. ü Desprendimiento total del seno materno. Se entiende que ocurre cuando se rompe el cordón umbilical. - Prueba. Partida de nacimiento. 41LRC’57. La inscripción hace fe del hecho, fecha, hora y lugar del nacimiento, del sexo y, en su caso, de la filiación del inscrito. 44LRC‘11. 2. La inscripción hace fe del hecho, fecha, hora y lugar del nacimiento, identidad, sexo y, en su caso, filiación del inscrito. 31. La prioridad del nacimiento, en el caso de partos dobles, da al primer nacido los derechos que la Ley reconozca al primogénito.

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