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T50. LPAC.Tit4. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN
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T50. LPAC.Tit4. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN
C5. FINALIZACIÓN
- S1. DISPOSICIONES GENERALES
- 84. TERMINACIÓN
- 85. PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES
- 86. TERMINACIÓN CONVENCIONAL
- S2. RESOLUCIÓN
- 87. ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS
- 88. CONTENIDO.
- 89. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN EN SANCIONADORES
- 90. ESPECIALIDADES EN SANCIONADORES
- 91. ESPECIALIDADES EN RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
- 92. COMPETENCIAS PARA LA RESOLUCIÓN EN RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
- S3. DESISTIMIENTO Y RENUNCIA
- 93. DESISTIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN
- 94. DESISTIMIENTO Y RENUNCIA POR LOS INTERESADOS.
- S4. CADUCIDAD
- 95. REQUISITOS Y EFECTOS
- S/I
- 3 meses
- No interrumpe el plazo de prescripción
- S/I
- 95. REQUISITOS Y EFECTOS
- S1. DISPOSICIONES GENERALES
C4. INSTRUCCIÓN
- S1, DISPOSICIONES GENERALES
- 75. ACTOS DE INSTRUCCIÓN
- Ppo de oficialidad
- Ppo de contradicción
- Ppo de igualdad
- 76. ALEGACIONES
- Antes del trámite de audiencia
- Defectos de tramitación
- 75. ACTOS DE INSTRUCCIÓN
- S2. PRUEBA
- 77. MEDIOS Y PERÍODOS DE PRUEBA
- Medio de prueba
- 78. PRÁCTICA DE PRUEBA
- NI <10 NI>30
- 77. MEDIOS Y PERÍODOS DE PRUEBA
- S3. INFORMES
- 79. PETICIÓN
- Regla general
- Facultativo y No vinculante
- Regla general
- 80. EMISIÓN DE INFORMES
- 10 días
- Si prepectivo
- Se puede seguir
- Si vinculante
- Se puede suspender el plazo
- Art. 22 LPAC
- Se puede suspender el plazo
- 81. INFORMES Y DICTÁMENES EN RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
- 79. PETICIÓN
- S4. PARTICIPACIÓN DE LOS INTERESADOS
- 82. TRÁMITE DE AUDIENCIA
- NI < 10 NI > 15
- 83. INFORMACIÓN PÚBLICA
- > 20 días
- 82. TRÁMITE DE AUDIENCIA
- S1, DISPOSICIONES GENERALES
C2. INICIO
- S1. DISPOSICIONES GENERALES
- 55. INFORMACIÓN Y ACTUACIONES PREVIAS
- 54. CLASES DE INICIACIÓN
- S2. DE OFICIO
- 58. INICIACIÓN
- 59. SU PROPIA INICIATIVA
- 60. UNA ORDEN DEL SUPERIOR JERÁRQUICO
- 61. LA PETICIÓN RAZONADA DE OTRO ÓRGANO
- 62. LA DENUNCIA DE UN PARTICULAR
- no se considera iniciación a instancia de parte, pues el denunciante no adquiere la condición de interesado, solamente facilita información al órgano competente, que será el que decida sobre la apertura o no del procedimiento. La denuncia tiene especial protagonismo en el ámbito de los procedimientos sancionadores
- ESPECIALIDADES
- 63. NATURALEZA SANCIONADORA
- 64. ACUERDO DE INICIACIÓN (INCOACIÓN)
- Se comuicará al instructor
- Se comunicará a los interesados (inculpados)
- Contenido
- Identificación
- Hechos
- Identificación del instructor
- Órgano competente
- Medidas provisionaes
- Derecho a formular alegaciones, audiencia
- Fase instructora y la sncionadora
- En ningún caso sanción sin procedimiento
- 64. ACUERDO DE INICIACIÓN (INCOACIÓN)
- 65. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
- No debe haber prescrito el derecho a recamación del ineresado
- Notificación del acuerdo a los interesados
- 10 días
- 63. NATURALEZA SANCIONADORA
- 58. INICIACIÓN
- S3. A INSTANCIAS DEL INTERESADO
- 66. SOLICITUDES DE INICIACIÓN
- 67. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
- derecho a reclamar
- Prescribe al año
- producido el hecho o el acto que motive
- se manifieste su efecto lesivo
- Desde la curaación o la determinación del alcance de las secuelas
- notificación de resolución administrativa o la sentencia definitiva
- Prescribe al año
- derecho a reclamar
- 68. SUBSANACIÓN Y MEJORA
- 10 días
- desistimiento
- amplición hasta 5 diías
- 10 días
- Contenido
- a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente. b) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Adicionalmente, los interesados podrán aportar su dirección de correo electrónico y/o dispositivo electrónico con el fin de que las Administraciones Públicas les avisen del envío o puesta a disposición de la notificación. c) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud. d) Lugar y fecha. e) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio. f) Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación.
- En caso de responsabilidad patrimonial habrá que añadir a la solicitud: a) Las lesiones producidas b) Relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público. c) la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial d)si fuera posible, el momento en que la lesión efectivamente se produjo Acompañada de alegaciones, docmentos e informaciones y de la proposición de prueba, concretando los medios de que se pretenda valarse al reclamante.
- Pluralidad de personas
- 67. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
- 69. DECLARACIÓN RESPONSABLE Y COMUNICACIÓN
- manifiesta bajo su responsabilidad
- Ponen en conocimiento de la Adm Púb
- 66. SOLICITUDES DE INICIACIÓN
- S2. DE OFICIO
- 56. MEDIDAS PROVISIONALES
- Antes del INICIO
- Medidas provisionalísimas
- Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil a) b)
- Una vez adoptadas debe iniciarse el procedimiento en 15 días
- Medidas provisionalísimas
- Una vez INIADO
- Circunstancias obrevenidas o que no se tuvieron en cuenta.
- Podrán ser alzadas o modificadas DO/IP
- Circunstancias obrevenidas o que no se tuvieron en cuenta.
- Órgano que resuelve
- Antes del INICIO
- 57. ACUMULACIÓN
- Para los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno.
- S1. DISPOSICIONES GENERALES
C1. GARANTÍAS DEL PROCEDIMIENTO
- 53. DERECHOS DEL INTERESADO EN EL PROCEDIMIENTO
C3. ORDENACIÓN
- 70. EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
- Se entiende por expediente administrativo el conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla.
- Formato electrónico
- Agregación ordenada de documentos
- Índice numerado
- Copia electrónica certificada de la resolución adoptada
- No formará arte del expediente:
- 71. IMPULSO
- Principio de celeridad
- Orden riguroso de incoación
- Cambio por el Jefe de la UA
- 72. CONCENTRACIÓN DE TRÁMITES
- Principio de simplificación administrativa
- 73. CUMPLIMIENTO DE TRÁMITES
- 10 días
- 74, CUESTIONES INCIDENTALES
- No suspenderán la tramitación del mismo
- Salvo la recusación
- No suspenderán la tramitación del mismo
- 70. EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
C6. TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA DEL PAC
- 96. TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA DEL PAC
- Por razones de interés público o falta de complejidad
- De oficio
- A solicitud de interesado
- 5 dias
- Silencio (-)
- 5 dias
- 30 días para resolver
- 96. TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA DEL PAC
C7. EJECUCIÓN
- 97. TÍTULO
- Antes de la ejecución material-->resolución.
- Si limita derechos
- 98. EJECUTORIEDAD
- los actos son ejecutivos salvo 4 excepciones
- 99. EJECUCIÓN FORZOSA
- Previo apercibimiento, salvo suspensión (A117)
- 100. MEDIOS DE EJECUCIÓN FORZOSA
- 101. APREMIO SOBRE EL PATRIMONIO
- Obligaciones pecuniarias
- 102. EJECUCIÓN SUBSIDIARIA
- 103. MULTA COERCITIVA
- Compatibles con otras sanciones
- Por Ley
- Actos personalísimos sin compulsión
- Actos personalísimos con compulsión pero la ADmon no lo ve conveniente
- Encargo a otra persona
- 104. COMPULSIÓN DE LAS PERSONAS
- 101. APREMIO SOBRE EL PATRIMONIO
- 105. PROHIBICIÓN DE ACCIONES POSESORIAS
- contra las actuaciones de los órganos administrativos
- 97. TÍTULO
COMPETENCIA EXCLUSIVA DEL ESTADO
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- Derecho Administrativo (Procedimiento Administrativo) Mindmap am T50. LPAC.Tit4. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, erstellt von Juan A Torres am 16/10/2016.
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- Juan A Torres
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