Zusammenfassung der Ressource
SARLAFT
- Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y
financiación del Terrorismo
- DEFINICIÓN
- Es un sistema adaptado para promover la
cultura de la administración del riesgo y
prevenir delitos asociados a La/FT
- LAVADO DE ACTIVOS
- Busca dar apariencia de legalidad a
bienes o recursos de origen ilegal
- FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
- Acción económica, ayuda o
mediación que proporcione apoyo
financiero a las actividades de
grupos armados al margen de la ley
- TIPOS DE RIESGOS
- REPUTACIONAL
- Es la posibilidad de pérdida en que
incurre una entidad por
desprestigio, mala imagen,
publicidad negativa, cierta o no,
respecto de la institución y sus
prácticas de negocios, que cause
pérdida de clientes, disminución de
ingresos o procesos judiciales.
- LEGAL
- Es la posibilidad de pérdida en
que incurre una entidad al ser
sancionada, multada u
obligada a indemnizar daños
como resultado del
incumplimiento de normas o
regulaciones y obligaciones
contractuales.
- OPERATIVO
- Es la posibilidad de incurrir en pérdidas
por deficiencias, fallas o
inadecuaciones, en el recurso humano,
los procesos, la tecnología, la
infraestructura o por la ocurrencia de
acontecimientos externos. Esta
definición incluye el riesgo legal y
reputacional, asociados a tales factores.
- CONTAGIO
- Es la posibilidad de
pérdida que una entidad
puede sufrir, directa o
indirectamente, por una
acción o experiencia de
un relacionado o
asociado ya sea natural o
juridica.
- ETAPAS
- IDENTIFICACIÓN
- Esta etapa debe realizarse
previamente al lanzamiento
de cualquier producto, la
modificación de sus
características, la incursión en
un nuevo mercado, la
apertura de operaciones en
nuevas jurisdicciones y el
lanzamiento o modificación de
los canales de distribución.
- MEDICIÓN
- Concluida la etapa de
identificación, el SARLAFT debe
permitirle a las entidades
vigiladas medir la posibilidad o
probabilidad de ocurrencia del
riesgo inherente de LA/FT frente
a cada uno de los factores de
riesgo, así como el impacto en
caso de materializarse mediante
los riesgos asociados.
- CONTROL
- En esta etapa las
entidades vigiladas
deben tomar las
medidas conducentes
a controlar el riesgo
inherente al que se ven
expuestas, en razón de
los factores de riesgo y
de los riesgos
asociados.
- MONITOREO
- Esta etapa debe
permitir a las entidades
vigiladas hacer
seguimiento a los
perfiles de riesgo y, en
general, al SARLAFT, así
como llevar a cabo la
detección de
operaciones inusuales
y/o sospechosas.