Sistema de Vigilancia en Salud Pública - SIVIGILA

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Mindmap am Sistema de Vigilancia en Salud Pública - SIVIGILA, erstellt von Juliette Alarcón am 15/09/2015.
Juliette Alarcón
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Zusammenfassung der Ressource

Sistema de Vigilancia en Salud Pública - SIVIGILA
  1. sus responsables son
    1. Ministerio de Protección Social
      1. Institutos Nacional de Salud y de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
        1. Direcciones departamentales y distritales de salud
          1. Direcciones municipales de salud
            1. Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud
              1. Unidades Notificadoras
                1. Unidades Primarias Generadoras de Dato -UPGD-
                2. el flujo de información se da así
                  1. Notificación Obligatoria
                    1. Todos los integrantes del SIVIGILA, que generen información de interés en salud pública, deberán realizar la notificación de aquellos eventos de reporte obligatorio definidos en los modelos y protocolos de vigilancia, dentro de los términos de estructura de datos, responsabilidad, clasificación, periodicidad y destino señalados en los mismos observando los estándares de calidad, veracidad y oportunidad de la información notificada.
                    2. Análisis de la Información
                      1. Todos los responsables del Sistema de Vigilancia en Salud Pública deberán realizar el análisis del comportamiento de los eventos sujetos a la vigilancia en salud pública, acorde con los lineamientos establecidos en los modelos y protocolos de vigilancia en salud pública, con el objeto de orientar las intervenciones en salud dirigidas al individuo y a la colectividad y la formulación de planes de acción en salud pública en su jurisdicción.
                      2. Modelos y protocolos de vigilancia
                        1. El Ministerio de la Protección Social establecerá los Iineamientos técnicos para la vigilancia de los eventos de interés en salud pública, mediante la expedición o adaptación de modelos y protocolos de vigilancia que serán de utilización obligatoria en todo el territorio nacional, y para lo cual reglamentará la adopción y puesta en marcha de los mismos.
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