JORNADA DE TRABAJO

Beschreibung

Mindmap am JORNADA DE TRABAJO, erstellt von Janneth Martinez am 25/09/2015.
Janneth Martinez
Mindmap von Janneth Martinez , aktualisiert more than 1 year ago
Janneth Martinez
Erstellt von Janneth Martinez vor mehr als 8 Jahre
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Zusammenfassung der Ressource

JORNADA DE TRABAJO
  1. Tiempo durante el cual, el trabajador esta a dispocisión del patrón para prestar su trabajo
    1. CLASIFICACIÓN
      1. Duración
        1. Diurna
          1. Comprendida entre las 6:00 y las 20:00 hrs
            1. Topes legales
              1. Día 8 horas.
                1. Semana 48 horas
              2. Nocturna
                1. Comprendida entre las 20:00 y las 6:00 horas
                  1. Topes legales
                    1. Día 7 horas
                      1. Semana 42 horas
                    2. Mixta
                      1. Comprende periodos de ambas jornadas
                        1. Topes legales
                          1. Día 7 1/2 horas
                            1. Semana 45 horas
                        2. Interrupción o no de la jornada
                          1. Continua
                            1. No se divide o interrumpe en dos periodos de tiempo
                              1. A trabajador se le concede tiempo de descanso de media hora por lo menos.
                                1. Media hora de descanso se otorga dentro de jornada continua
                                2. Discontinua
                                  1. Se fracciona o interrumpe en dos periodos, concediendo al trabajador tiempo para comer y/o descansar
                                    1. Dos momentos diferentes de iniciación de jornada con las siguientes reglas:
                                      1. Si trabajador come o descansa dentro de instalaciones de trabajo, ese tiempo se toma como tiempo de trabajo
                                        1. Si trabajador come o descansa fuera de instalaciones de trabajo, se le resta a su jornada efectiva
                                  2. JORNADA EXTRAORDINARIA
                                    1. Trabajador debe permanecer trabajando despues de su hora de salida, por cuestiones inevitables, naturaleza económica o técnica
                                      1. Retribución.
                                        1. Legal
                                          1. Supera estandares permitidos por la ley, siendo no superior a 3 horas por día y no mas de 9 horas por semana
                                            1. Retribución por cada hora, el doble del valor
                                            2. Ilegal
                                              1. Sobrepasa 9 horas permitidas por semana
                                                1. Retribución por cada hora el triple de su valor.
                                                2. De peligro
                                                  1. Supera estandares legales y se protege a trabajador de riesgo o siniestro inminente en el que corre peligro su vida y biniestar
                                                    1. Retribución por cada hora pagandose el mismo valor
                                                3. PROHIBICIONES PARA LABORAR
                                                  1. Mujeres embarazadas
                                                    1. Labores que pongan en peligro su vida, salud y vida del producto de la concepción.
                                                      1. Condiciones insalubres, peligrosas, trabajos nocturnos en industrias, despues de 22:00 hrs y tiempo extraordinario
                                                      2. Menores de edad
                                                        1. Expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato
                                                          1. Trabajos ambulantes
                                                            1. Trabajos subterraneos o submarinos
                                                              1. Labores peligrosas o insalubres
                                                                1. Trabajos superiores o que le impidan o retarden crecimiento y desarrollo normal
                                                                  1. Establecimientos no industriales despues de las 22:00 horas
                                                                2. VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL
                                                                  1. Trabajadores con mas de un año tiene derecho a 6 dias laborales de vacaciones pagadas; aumentara dos días los primeros 5 años ; posteriormente aumentara 2 días cada 5 años .
                                                                    1. En jornada reducida o medio tiempo se tendra derecho a mitad de dias de vacaciones
                                                                      1. Se disfrutaran de manera continua y no se podran compensar
                                                                        1. Se deben gozar en primeros 6 meses y se pierden al año y medio
                                                                          1. Tendrán derecho al pago proporcional de vacaciones cuando se cumpla el año
                                                                            1. Pago no menor a 25% sobre salarios de dias de vacaciones
                                                                              1. Cálculo de vacaciones y prima vacacional se cuenta fecha de ingreso de trabajador a razón de salario base ordinario
                                                                              2. AGUINALDO
                                                                                1. Aguinaldo anual de 15 dias de salario por lo menos
                                                                                  1. Debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año
                                                                                    1. Trabajadores que no cumplan año de servicio completo, tendran derecho a pago proporcional de aguinaldo
                                                                                      1. Cálculo y pago de aguinaldo se considera el siguiente calendario: 1 de enero a 31 de diciembre de cada año a razon de salario base
                                                                                      Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

                                                                                      ähnlicher Inhalt

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                                                                                      linaisabelvogela
                                                                                      Grundbegriffe der Gedichtanalyse
                                                                                      mirjam.schlaepfe
                                                                                      Statistik und Differenzialgleichungen
                                                                                      barbara91
                                                                                      Vetie Mikrobiologie 2010
                                                                                      Juliane Arendt
                                                                                      Vetis - Tierhaltung / -hygiene
                                                                                      Jessica Ehlers
                                                                                      Vetie AVO 2016
                                                                                      Johanna Müller
                                                                                      Msm-4 Foliensatz 3 Kapitel 3
                                                                                      Rabia Erdogan
                                                                                      Vetie Tierseuchen 2019
                                                                                      Tropsi B
                                                                                      Milchkunde 2019 - Vetie
                                                                                      Peter Christian Ponn
                                                                                      Vetie - Milchkunde 2016
                                                                                      Birte Schulz
                                                                                      Vetie Berufsrecht 2019
                                                                                      Mascha K.