Zusammenfassung der Ressource
NIIF 9 - INSTRUMENTOS
FINANCIEROS
- ALCANCE
- EXCEPTO
A:
- Participaciones en subsidiarias,
asociadas y negocios conjuntos.
- SALVO
- En algunos casos la NIIF 10, la NIC 27 o la NIC 28
requieren o permiten que una entidad contabilice
de acuerdo con algunos o todos los
requerimientos de esta Norma.
- Derechos y obligaciones surgidos de
arrendamientos
- SALVO
- 1
- Cuentas por cobrar de arrendamientos financieros
- ESTÁN SUJETAS
A:
- Requerimientos de baja en cuentas
de esta Norma
- Requerimientos de deterioro de valor de esta
Norma
- Cuentas por cobrar por arrendamientos
operativos
- 2
- Los pasivos por arrendamiento
- ESTÁN SUJETAS
A:
- Requerimientos de deterioro de valor de esta
Norma
- 3
- Los derivados implícitos en los arrendamientos
- ESTÁN SUJETAS
A:
- Requerimientos sobre derivados implícitos
de esta Norma.
- Los derechos y obligaciones de los empleadores derivados de
planes de beneficios a los empleados.
- Los instrumentos financieros emitidos por la entidad.
- Que cumplan la definición de un instrumento de
patrimonio.
- No
obstante
- El tenedor de este instrumento de patrimonio aplicará esta Norma a esos
instrumentos, a menos que cumplan la excepción A.
- Que se requiera que sean clasificados como un
instrumento de patrimonio.
- Derechos y obligaciones que surgen de un contrato.
- Los contratos a término entre un adquirente y un accionista que vende
para comprar o vender una adquirida que dará lugar a una
combinación de negocios dentro del alcance de
- Compromisos de préstamo diferentes a los compromisos de préstamo.
- SIN
EMBARGO
- Un emisor de compromisos de préstamo
aplicará
- Requerimientos de baja en
cuentas de esta Norma
- Requerimientos de deterioro de
valor de esta Norma
- Instrumentos financieros, contratos y obligaciones derivados de
transacciones con pagos basados en acciones, a los que se aplica
- SALVO
- Los contratos que estén dentro del alcance de
- los párrafos 2.4 a 2.7 de esta
Norma
- Derechos a recibir pagos para reembolsar a la entidad por desembolsos que
requiere realizar para cancelar un pasivo que reconoce como una provisión.
- Para los que, en un periodo anterior, reconoció una
provisión
- Derechos y obligaciones que son instrumentos financieros.
- SALVO
- Los que especifica la NIIF 15 que se contabilicen de
acuerdo con esta Norma.
- APLICA
A:
- A los derivados sobre las participaciones en
subsidiarias, asociadas o negocios
conjuntos
- SALVO
- Cuando el derivado cumpla la definición
de instrumento de patrimonio de la
entidad que contiene la NIC 32
- Los siguientes compromisos de préstamo están
dentro del alcance de esta Norma:
- Compromisos de préstamo que la entidad designe como pasivos financieros al valor razonable con
cambios en resultados
- Compromisos de préstamo que puedan liquidarse, por el neto, en efectivo, o emitiendo otro
instrumento financiero. Estos compromisos de préstamo son derivados.
- Compromisos de proporcionar un préstamo a una tasa de interés por debajo de la de mercado
- Esta Norma se aplicará a aquellos contratos de compra o venta de partidas no financieras que se
liquiden por el importe neto
- SALVO
- los contratos que se celebraron y se mantienen con el objetivo de recibir o entregar una partida no
financiera, de acuerdo con las compras, ventas o necesidades de utilización esperadas por la entidad
- Un contrato para comprar o vender partidas no financieras que se liquide por el importe neto,
- puede ser designado irrevocablemente como medido al valor razonable con cambios en resultados
- RECONOCIMINETO
- Se aplicará a todas entidades y todo tipo
de instrumentos financieros.
- Una entidad reconocerá un activo financiero o un
pasivo financiero en su estado de situación financiera
cuando, y solo cuando, se convierta en parte de las
cláusulas contractuales del instrumento
- Una compra o venta convencional de activos
financieros se reconocerá y dará de baja, según
corresponda, aplicando la contabilidad de la fecha de
contratación o la de la fecha de liquidación
- BAJA DE CUENTAS DE ACTIVOS
FINANCIEROS
- Antes de evaluar si, y en qué medida, la baja en
cuentas es adecuada según.
- Una entidad determinará si esos párrafos se deben aplicar a
una parte de un activo financiero o en su totalidad de la
siguiente forma.
- si, y solo si, la parte del activo que se considera para la baja en cuentas
cumple alguna de las tres condiciones
- La parte abarca únicamente flujos de efectivo
específicamente identificados de un activo
financiero
- Los párrafos 3.2.3 a 3.2.9 se aplicarán a los flujos
de efectivo por intereses.
- Cuando una entidad realice un acuerdo por el que la
contraparte obtenga el derecho a una participación
del 90 por ciento de los flujos de efectivo totales de un
instrumento de deuda
- Los párrafos 3.2.3 a 3.2.9 se aplicarán al 90 por
ciento de dichos flujos de efectivo.
- Cuando una entidad realice un acuerdo por el que la
contraparte obtenga el derecho a una participación del
90 por ciento de los flujos de efectivo por intereses
totales de un activo financiero
- Los párrafos 3.2.3 a 3.2.9 se aplicarán al 90 por
ciento de dichos flujos de efectivo por intereses.
- Párrafos 3.2.3 a
3.2.9
- Una entidad dará de baja en cuentas un
activo financiero cuando, y solo cuando:
- Expiren los derechos contractuales
sobre los flujos de efectivo del
activo financiero
- Se transfiera el activo financiero, como
establecen los párrafos 3.2.4 y 3.2.5 y la
transferencia cumpla con los requisitos
para la baja en cuentas, de acuerdo con el
párrafo 3.2.6.
- BAJA DE CUENTAS DE PASIVOS FINACIEROs
- Una entidad eliminará de su estado de situación financiera un
pasivo financiero
- solo cuando, se haya
extinguido
- Clasificación de activos financieros
- Una entidad clasificará los activos
financieros según se midan
posteriormente
- Basado en 1)modelo de negocio
y 2)características de los flujos
de efectivo contractuales
- costo
amortizado
- El activo financiero se conserva dentro de un modelo de
negocio cuyo objetivo es mantener los activos financieros
para obtener los flujos de efectivo contractuales
- las condiciones contractuales del activo financiero dan lugar, en
fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente
pagos del principal e intereses sobre el importe del principal
pendiente
- valor razonable con cambios en otro
resultado integral
- el activo financieros se mantiene dentro de un modelo de
negocio cuyo objetivo se logra obteniendo flujos de
efectivo contractuales y vendiendo activos financieros
- las condiciones contractuales del activo financiero
dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de
efectivo que son únicamente pagos del principal e
intereses sobre el importe del principal pendiente.
- a valor razonable con cambios en
resultados
- Un activo financiero deberá medirse a valor
razonable con cambios en resultados a menos que
se mida a costo amortizado o a valor razonable
con cambios en otro resultado integral
- Clasificacion de pasivos financieros
- Todos los pasivos financieros como medidos
posteriormente al costo amortizado
- EXCEPTO
- Los pasivos financieros a valor razonable con
cambios en resultados
- Los pasivos financieros que surjan por una transferencia de
activos financieros que no cumplan con los requisitos para su
baja en cuentas
- Contratos de garantía financiera.
- Compromisos de concesión de un préstamo a una tasa de
interés inferior a la de mercado.