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Regímenes de transición del licenciamiento Ambiental.
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Regímenes de transición del licenciamiento Ambiental.
Transición desde el derecho Ambiental.
- Ley 99/1993
- Evaluación Ambiental, por autoridades Ambientales
- EIA
- Licencia Ambiental
- insturmento de planificacion para analisis y esteblecer posibles impactos de un proyecto, obra u actividad.
- insturmento de planificacion para analisis y esteblecer posibles impactos de un proyecto, obra u actividad.
- Licencia Ambiental
- EIA
- Antes: RPP o título minero más autorizaciones ambientales
- Después: Título minero más LICENCIA AMBIENTAL.
- REGÍMEN DE TRANSICIÓN
- Titulo Vlll
- Decreto 17281/2002
- Obtención de permisos Ambientales y Licencias Ambientales.
- Faculta
- Autoridades Ambientales
- Exigir medidas ambientales adicionales
- mediante
- Acto administrativo motivado
- mediante
- Exigir medidas ambientales adicionales
- Autoridades Ambientales
- Faculta
- Deroga
- Decreto 1780/2003
- Actividades de explotación minera
- Sujetas
- Licenciamiento Ambiental
- Aclara regímen de transición
- Articulo 28
- Aclara regímen de transición
- Licenciamiento Ambiental
- Sujetas
- Deroga
- Decreto 1220/2005
- Articulo 40
- Proyectos
- Iniciando Actividades antes de la Ley 99/1993
- No cuenta con autorización ambiental
- Inactivos y pretender reanudar.
- Iniciando Actividades antes de la Ley 99/1993
- Proyectos
- Modifica
- Decreto 500/2006
- Deroga
- Decreto 2820/2002
- Establecen regímenes de transición.
- Obtención de permisos ambientales exigidos.
- Define los permisos y condiciones ambientales a obtener
- Valida los permisos ambientales obtenidos anteriormenta
- Define los permisos y condiciones ambientales a obtener
- Obtención de permisos ambientales exigidos.
- Establecen regímenes de transición.
- Decreto 2820/2002
- Deroga
- Decreto 2641 /2016
- Deroga
- Decreto 500/2006
- Articulo 40
- Decreto 1220/2005
- Actividades de explotación minera
- Decreto 1780/2003
- Obtención de permisos Ambientales y Licencias Ambientales.
- Decreto 17281/2002
- Titulo Vlll
- Evaluación Ambiental, por autoridades Ambientales
- Decreto Ley 2811/1974
- Código Nacional de los recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
- Autorizaciones Ambientales para el uso de recursos renovables.
- Decreto 1753/1994
- Títulos mineros existentes más autorizaciones ambientales sin requerimiento de la AM
- Títulos mineros existentes más autorizaciones ambientales con requerimiento de la AM, con planes
- Títulos mineros con autorizaciones ambientales en tramite, obtener L.A
- Ley 99/1993
Transición desde el derecho minero
- Ley 20/1969
- Recursos no renovables son propiedad de la nación.
- Se reglamenta por por el decreto 1275/1970
- Requisitos para el reconocimiento de la propirdad privada sobre los recursos naturales no renobables
- Sobre minas adquiridas por adjudicacion , rendencion a perpetuidad, accesion, merced, remate, prescripcion o por cualquier otra causa.
- Requisitos para el reconocimiento de la propirdad privada sobre los recursos naturales no renobables
- Registro de propiedad privada
- Actividad minera con propiedad privada sobre los recursos naturales no renovables.
- Registros de propiedad privada (RPP)
- Actividad minera con propiedad privada sobre los recursos naturales no renovables.
- Estado propietario del subsuelo
- Antes de la Ley 20/1969 el estado es propietario de lops recursos naturales no renovables
- Decreto 2655/1988
- Código de Minas
- Articulo 38 junto con el informe final de explotación y el programa de trabajos e inversiones, se debe presentar la declaración del impacto ambiental
- Articulo 250: Con base en el informe final de explotación y el programa de trabajos e inversiones, el MME determinara la presentación de EIA y PM de recursos naturales renovables
- Fomentar la exploración del territorio nacional y de los espacios marítimos.
- TITULOS MINEROS
- Para perfeccionar los títulos mineros deben inscribirse en el registro minero.
- Acto administrativo
- Permite explorar y explotarel suelo y subsuelo
- Acto administrativo
- Licencias de exploración.
- 1 año, área hasta 100 hectáreas. Prorrogables hasta por 1 año mas
- 2 años para áreas de más de 100 ha, sin pasar de 1000 ha. Prorrogables hasta por 1 año mas
- 5 años para la que exceda las 1000ha
- Licencias de explotación.
- 10 años, desde su inscripción en el registro como titulo de explotación.
- Aportes y contratos de concesión.
- 30 0 años, desde su inscripción en el registro minero.
- A pesar que llevara implicita la L.A, el titular debería obtener permisos de R.N ante INDIRENA.
- No reemplazaba, ni anulaba las normas Decreto Ley 2811/1974
- Para perfeccionar los títulos mineros deben inscribirse en el registro minero.
- Código de Minas
- Constitución Política de Colombia 1991
- RPP más Autorizaciones Ambientales
- Titulos mineros más autorizaciones Ambientales.
- Transito Estado liberal de derecho fundado, Estado social de derecho.
- Estado propietario del subsuelo y los RNNR
- Articulo 360.La ley establece las condiciones para la explotación de RNNR
- Constitución Ecológica
- Reconocimiento al medio Ambiente de triple Acción.
- Proteger las riquezas naturales de la nación.
- Derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano.
- C.E, conjunto de obligaciones impuestas a las autoridades y particulares.
- Reconocimiento al medio Ambiente de triple Acción.
- Ley 20/1969
Ley 685/2001
- Define
- Actividad de exploración minera
- Licencia Ambiental
- Guías minero Ambiental
- Licencia Ambiental
- Actividad de exploración minera
- Establece
- Articulo 14
- Unicamente se podrá constituir, declarar y probar
- Derecho a explorar y explotar
- Contrato de concesión minera
- Registro Minero Nacional.
- Contrato de concesión minera
- Derecho a explorar y explotar
- Unicamente se podrá constituir, declarar y probar
- Articulo 14
- Define
Informationen
- Beschreibung
- Mapa conceptual Licencias Mbientales
- Erstellt von
- Lorena Escobar
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