Jornada de trabajo, días de descanso y vacaciones.

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Mindmap am Jornada de trabajo, días de descanso y vacaciones., erstellt von Micheel Ureña am 09/11/2016.
Micheel Ureña
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Jornada de trabajo, días de descanso y vacaciones.
  1. Es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
    1. El trabajador y el patrón fijaran la duración de la hora de trabajo.
      1. Jornadas
        1. Horario diurno, entre las seis y veinte horas.
          1. Horario nocturno, entre las veinte y seis.
            1. Horario mixto, entre el diurno y el nocturno.
            2. El descanso es de media hora, por lo menos.
              1. Los trabajadores no son obligados a exceder sus horarios.
                1. Las horas extras se pagaran cien por ciento más del salario.
                  1. Se puede prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.
                    1. Por cada seis días, se disfrutara de un día de descanso.
                      1. Se procurará que el día de descanso sea el domingo.
                        1. Se le pagara un porcentaje extra al trabajador, si trabaja el día de su descanso.
                          1. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
                            1. Días de descanso obligatorio.
                              1. 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 16 de noviembre, 20 de noviembre, 25 de diciembre.
                              2. Deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por un año laborado.
                                1. Las vacaciones no podrán compensarse con remuneración.
                                  1. Prima vacacional del 25%, sobre el salario de cada trabajador.
                                    1. Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
                                      1. Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.
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