Fuentes del Derecho internacional privado

Beschreibung

sdsds
José Santiago Rivera
Mindmap von José Santiago Rivera, aktualisiert more than 1 year ago
José Santiago Rivera
Erstellt von José Santiago Rivera vor etwa 7 Jahre
180
0

Zusammenfassung der Ressource

Fuentes del Derecho internacional privado
  1. Fuente: es toda manifestación que hace surgir el Derecho.
    1. 1 Tratados: : es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional, según el contenido (negocio jurídico) tratados contrato, tratados ley o normativa (van dirigidos a miembros o habitantes de la comunidad internacional).
      1. 4.La Doctrina: Conjunto de tesis y opiniones de los tratadistas y estudiosos del Derecho, que explican y fijan el sentido de las leyes o sugieren soluciones para cuestiones aún no legisladas.
        1. 2.Costumbre: es la Norma jurídica tácita, que nace de prácticas reiteradas, uniformes, generales, públicas o notorias en una sociedad determinada, que es considerada como jurídicamente obligatoria y vinculante por tal sociedad, sin la necesidad de la intervención del legislador.
          1. 5.Las legislaciones nacionales: Un cuerpo de leyes nacionales que regulan una determinada materia, en el caso del Derecho Internacional Privado las leyes nacionales tenemos el Código Bustamante, Ley de Derecho Internacional Privado, El Código Civil, el Código de Comercio, Código Procesal Civil, entre otros.
            1. 6.Convenciones Internacionales: multilaterales formales con un amplio número de partes,multilaterales formales con un amplio número de partes
              1. 8. Lex loci rei sitæ: es una locución latina utilizada en el Derecho internacional privado, que significa ‘la ley del lugar de donde los bienes estén situados’. Es una doctrina que indica que la ley aplicable a la transferencia de los bienes dependerá, y variará según, la ubicación de estos para los propósitos del conflicto de legislación internacional).
                1. 12. Lex loci contractus:es un locución latina que significa "la ley del lugar del contrato", utilizada para referirse a que la ley aplicable para la regulación de un contrato es la del país en el que se ha celebrado.
                  1. 10. Lex Fori: es una locución latina ocupada en el Derecho internacional privado, que significa "la ley de la nacionalidad del juez que conoce del asunto contencioso"
                    1. 11. Lex in Favori Negoci: Las obligaciones convencionales se rigen por el Derecho indicado por las partes, También tomará en cuenta los principios generales del Derecho Comercial Internacional aceptados por organismos internacionales.
                      1. 13. Ley de Derecho Internacional Privado
                        1. -Es una ley especial.  Artículo 1: Fuentes directas del DIP en Venezuela. Establece el orden de aplicación  Artículo 2: Aplicación del Derecho Extranjero  Artículo 3: Aplicación de ordenamientos jurídicos complejos. Ejemplo: ordenamiento jurídico estadounidense.  Artículo 4: El reenvío.  Artículo 5: Derechos adquiridos del artículo 8 del Código de Bustamante.  Artículo 6: Las cuestiones previas del DIP, las cuales difieren de las cuestiones previas del Código de Procedimiento Civil.  Artículo 7: Sistema de aplicación.  Artículo 8: El orden público internacional.  Artículo 9: La institución desconocida.  Artículo 10: Normas de aplicación necesaria.
                        2. 3. Jurisprudencia: las reiteradas interpretaciones que de las normas jurídicas hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y puede constituir una de las Fuentes del Derecho, según el país.
                          1. 9. Locus regit actum: la ley del país en que tiene lugar un acto determina la forma del mismo. Tradicionalmente se admitía con carácter imperativo para los testamentos, y con carácter opcional para los contratos
                            1. 7. Concepción venezolana del Derecho Internacional Privado:
                            Zusammenfassung anzeigen Zusammenfassung ausblenden

                            ähnlicher Inhalt

                            Französisch für Anfänger
                            JohannesK
                            Antike - Rom: Von der Republik zum Kaiserreich
                            Markus Grass
                            Psych
                            Mona Les
                            Was darf mit ins Flugzeug?
                            B G
                            BM 13 - Allgemeine Didaktik
                            Isabell St
                            GPSY ALPS
                            Malte Ni
                            Fend - 4 Funktionen von Schule
                            Josephine .
                            Gesundheitspsychologie EC Uni Wien
                            hans urst
                            Vetie - Allgemeine Pathologie
                            Fioras Hu
                            Vetie Immunologie Eingangsklausur WS 2012/2013
                            T .L
                            Meth: QUANTI
                            max knoll