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TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)

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TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)

Inhalt des Flussdiagramms

  1. MAGISTRAL

  2. Art. 147 CP

    1. Prisión: 3 meses a 3 años; multa 6 a 12 meses siempre que lesión requiera asistencia médica y además tratamiento médico y/o quirúrgico (se excluye del concepto de tratamiento médico las citas médicas de seguimiento)

    Lesión leve no incluye los elementos del anterior, pena es multa de 1 a 3 meses

    Maltrato físico sin causar lesión (empellones): Multa de 1 a 2 meses

    Para su procesamiento legal se requiere denuncia del agraviado o representante legal

    2. Mutilación genital: Prisión de 6 a 12 años e inhabilitación especial de patria potestad, curatela, tutela si víctima es menor de edad o discapacitada

    Art. 148 CP

    Prisión de 2 a 5 años. Se incrementa el injusto cuando hay uso de armas

    Cuando hay ensañamiento o alevosía se aumenta la pena del tipo 148

    Víctima menor de edad o con discapacidad; o con relación análoga sentimental con el actor, o vulnerable que viva con éste, se aplica la agravante.

  3. BIEN JURIDICO

    Art. 15 CE

    Integridad corporal

    Salud física y mental

    La CE protege la integridad moral

  4. SUJETO ACTIVO

    (Art. 147) Como delito común, puede ser cualquier tercero. No se penaliza la autolesión

    (Art. 148 y 153) Hombre que además tenga o haya tenido relación sentimental con la víctima

  5. SUJETO PASIVO

    Cualquier persona excepto las consideradas en art. 148 y 153 CP

  6. PENALIDAD

    3 meses a 3 años; multa 6 a 12 meses

  7. TIPO SUBJETIVO

    Dolo directo (conocimiento de la conducta ilícita y voluntad de hacerla)y dolo eventual cuando aplique

    Las lesiones FISICAS se pueden realizar con imprudencia grave o menos grave, siendo atípicas las resultantes de imprudencia leve sin importar el resultado

    Según la jurisprudencia, a las lesiones psíquicas no aplica la imprudencia

  8. CAUSAS DE JUSTIFICACION

    Legítima defensa

    Estado de necesidad

    Cumplimiento del deber y ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo

  9. FORMAS DE EJECUCION

    Comisión por omisión

  10. CONCURSO

    Concurso real de delitos con frecuencia en delito de robo y contra la libertad sexual

    (STS Sala 2a. Recurso 1581/2013 - Revocación de instancia que absuelve delito de lesiones en víctima que cae de balcón cuando trata de ponerse a salvo del perpretador)

  11. TRATAMIENTO

    Sistema de actos y servicios en el tiempo para obtener la curación de lesiones

    QUIRURGICO

    Sutura o costura de tejidos abiertos como consecuencia de lesión corporal

    (jurisprudencia)

    MEDICO

    no hace parte de la asistencia médica inicial que puede ser simultánea al tratamiento médico o quirúrgico (art. 147.1 CP), ni la mera vigilancia o seguimiento facultativo sobre la evolución de la lesión ni el diagnóstico o la prevención médica se considera como tal

    Incluye toda actividad posterior para la curación de las lesiones como la administración de medicamentos e instrucciones a seguir, tratamiento psiquiátrico o psicológico, implementación de terapias y aparatos ortopédicos, etc.

    Se cuestiona la tipicidad del delito cuando el tratamiento médico o quirúrgico no es exitoso y el resultado es negativo . Para declarar el tipo básico del delito es suficiente con que el tratamiento médico o quirúrgico sea necesario así no se produzca efectivamente

    (art. 147.1 CP)

    in dubio pro reo: se aplica cuando hay dudas sobre la necesidad de tratamiento médico o quirúrgico

    Asistencia médica = Ayuda a alguien que se queja de dolencia no implicando necesariamente medida curativa

    Tratamiento = Actos a través del tiempo buscando la cura de las lesiones

  12. TIPOS PRIVILEGIADOS

    (no causan menoscabo a la integridad corporal o la salud física/mental)

    (Art. 147.2) Atenuantes: Lesiones no incluidas en art. 147.1 se penalizan con multa de 1 a 3 meses

    (art. 147.3) Mal trato de obra, sin causar lesión alguna, multa de 1 a 2 meses

    Requieren denuncia del agraviado o representante legal. Es semi-público

    TIPOS AGRAVADOS

    Art. 148 CP

    * Por medios de ejecución: Uso consciente de armas, objetos, medios o métodos que pongan en peligro la vida o la salud física/psíquica del lesionado, y que aumentan la capacidad agresiva del autor : empjuar por escaleras, estrellar contra la pared,

    * Con ensañamiento (elemento subjetivo) o alevosía: 1) Aumento intencionado del sufrimiento de la víctima; 2) aseguramiento cauteloso de la comisión del delito que no arriesgue al delicuente y que ponga a la víctima en total situación de indefensión

    * ​​​​​​Por la víctima: (Art. 25 CP)

    - Si es menor de edad o discapacitada -deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales de carácter permanente; o jurídicamente incapaz.

    - ESPOSA actual o anterior , o mujer en relación análoga pasada o presente, aún sin cohabitación; o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor (madre)

    TIPOS CUALIFICADOS

    * Pérdida de órgano o miembro principal: (Art. 149 CP) Pérdida o inutilidad de miembro u órgano principal, causar esterilidad o impotencia, grave deformidad, enfermedad somática o psíquica; mutilación genital (ablación): Pena 6 a 12 años más inhabilitación especial para ejercicio de patria potestad, tutela, curatela de 4 a 10 años si víctima es menor de edad o con discapacidad necesitada de atención especial

    MIEMBRO PRINCIPAL (jurisprudencia): Extremidad u órgano externo o interno con actividad relevante y funcional para la vida, salud y normal desarrollo de la persona

    PERDIDA = Mutilación, cercenamiento, separación de una parte del cuerpo

    INUTILIZACION = Cesamiento o carencia de utilidad funcional

    * Deformidad: Afeamiento de la apariencia de la persona, toda irregularidad física, visible y permanente que suponga desfiguración o fealdad ostensible a simple vista, o también la que conlleva una modificación corporal de la que pueden derivarse efectos sociales o convivenciales negativos. Debe ser monstruosa (alteración notable - (Figueroa), no se exige la desfiguración); permanente y visible (obvia a la mirada), ponderable de acuerdo con circunstancia de la víctima (modelo, cojera, etc)

    Puede ser grave (pena 6 a 12 años); o no grave (pena 3 a 6 años)

    * Enfermedad: Debe ser permanente y grave (transmisión dolosa del SIDA)

    * Pérdida o inutilidad de miembro u órgano NO principal (Art. 150 CP): A consideración de la jurisprudencia para determinar cuál es y cuál no. Pena de 3 a 6 años

    * Pérdida o inutilidad de un sentido: Puede ser cualquier sentido

    * Impotencia (incapacidad de coito o de concebir) o esterilidad:

    * Mutilación genital y ablación: (Art. 149.2. CP) , pena 6 a 12 años. La mutilación masculina se pena con el art. 149.1 CP

    La ablación no puede escudarse en el concepto de práctica cultural pues ello está limitado por el respeto a los derechos humanos exigible en culturas, religiones y tradiciones.

    * Actos preparatorios= Provocación, Conspiración o Proposición: (Art. 151 CP) Pena 1 o 2 grados inferior al del delito correspondiente

  13. ACCION PUNIBLE

    Causar lesión que menoscabe integridad corporal, salud física o mental

  14. GRADO DE EJECUCION

    Consumación

    Tentativa

  15. LESIONES POR IMPRUDENCIA

    * Por imprudencia grave: (Art. 152 CP) Penalidad de acuerdo con riesgo creado y resultado producido.

    ACCION PUNIBLE en y castigada en articulado del CP a continuación. Debe ser previsible, grave, infractora de deber objetivo de cuidado y debe existir nexo causal

    - En relación con art. 147.1.2o. - Prisión 3 a 6 meses; multa 6 a 18 meses

    - En relación con art. 147.1.3o. - Prisión 1 a 3 años

    - En relación con art. 150 - Prisión 6 meses a 2 años

    - Con vehículo automotor: Privación del derecho a conducir vehículos automotores y ciclomotores por 1 a 4 años. Gravedad de imprudencia determinada producción de resultado por concurrencia de circunstancias en art. 349 CP

    - Con arma de fuego: Privación del derecho a porte o tenencia de armas por 1 a 4 años

    * Por imprudencia profesional grave Inhabilitación especial de 6 meses a 4 años para ejercer profesión, oficio o cargo

    *Por imprudencia menos grave: En relación con art. 147.1, 149 y 150: Multa de 3 a 12 meses

    - Con vehículo automotor: Privación del derecho a conducir vehículos automotores y ciclomotores por 3 meses a 1 año. Menor Gravedad de imprudencia determinada por infracción grave de normas de tráfico, circulación de vehiculos a motor y seguridad vial, a criterio del juez

    - Con arma de fuego (art. 152.2 CP): Multa 3 a 12 meses y Privación del derecho a porte o tenencia de armas por 3 meses a 1 año. Requiere denuncia del agraviado o su representante legal para ser penalizado

  16. VIOLENCIA DOMESTICA

    Art. 153 CP

    Causar por cualquier medio o procedimeinto menoscabo psíquico o lesión de menor gravedad en art. 147.2 CP; maltrato y golpes sin causar lesiones a cónyuge o personal en relación análoga pasada o presente aunque no haya convivencia; o persona especialmente vulnerable que conviva con autor

    PENA: prisión 6 meses a 1 año o servicios comunitarios de 31 a 80 días; privación de derecho a porte o tenencia de armas por 1 año y 1 día a 3 años, y posible inhabilitación para ejercicio de tutela, curatela, patria potestad, guarda o acogimiento hasta por 5 años si víctima es menor de edad o discapacitada

    BIEN JURIDICO: Integridad física y psicológica, dignidad de la persona

    LO 1/2004 de 28 de dIciembre de medidas de protección integral contra la violencia de género

    No es inconstitucional en relación con principio de igualdad del art. 14 CE en cuanto a discriminación del hombre pues es DISCRIMINACION POSITIVA DE LA LEY: Se protege a la mujer de la superioridad del hombre y la violencia resultante del abuso

    OBJETO DE LA LEY (Art. 1):

    1) Actuar contra la violencia, la desigualdad y relaciones de poder del hombre sobre la mujer que es o ha sido cónyuge o en relación análoga

    2) Establecer medidas de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia y prestar asistencia a sujetos objeto de tutela (la mujer, sus hijos menores y menores de edad con necesidad de protección del Estado en estas situaciones)

    3) VIOLENCIA DE GENERO = TODO acto de violencia física y psicológica como agresiones sexuales, amenazas, coacciones y privación arbitraria de la libertad

    SUPUESTOS ATENUADOS

    Del art. 153.2 CP , pena 6 meses a 3 años cuando delito se cometa contra ascendientes, descendientes y otros miembros de la familia en convivencia común con el autor; y personas sometidas a guarda en centros públicos y privados

    Del art. 153.4 CP , pena sometida a razonamiento del juez con respecto a circunstancias del caso y el derecho de corrección de los padres o tutores del menor (El derecho de corrección no legitima el uso de violencia física, entendida esta en sentido jurídico penal conforme a los parámetros típicos del art. 147 CP) que fue abolido del CC español excepto en Aragón, Cataluña y Navarra

    SUPUESTO AGRAVADO ( por el género)

    Pena de art. 153.3 CP imponibles en su mitad superior si se comete en presencia de menores de edad; o utilizando armas; o en el lugar en domicilio común o en domicilio de la víctima; o quebrantando prohibición de habitación, restricción sobre aproximación a o comunicación con la (s) víctima (s) de art. 48 CP o medida cautelar o de seguridad similares

  17. EXTRACTO DE LA LEY (Great!☺)

  18. SUPER INTERESTING ☺!

    Artículo de Javier Marqués Ouviaño, Fiscal de la Fiscalía Superior del Principado de Asturias. Miembro de la Asociación de Fiscales

    ¿Pueden convivir el derecho de corrección y el delito de maltrato? Breve comentario a las SSTS 654/2019 y 47/2020

  19. PARTICIPACION EN RIÑA TUMULTUARIA

    Art. 154 CP

    Tipo de mera actividad, no tenga que ver con resultado producido

    ACCION PUNIBLE: Participar en riña tumultosamente utilizando instrumentos u objetos que pongan en peligro la vida o la integridad física de otros

    PENA: prisión de 3 meses a 1 año; o multa de 6 a 24 meses

    BIEN JURIDICO: Salud e integridad física de las personas

    S.ACTIVO: Todo participante en riña usando instrumentos u objetos peligros; y quien conozca que un participante lo hace aunque quien lo sabe no lo haga

    S. PASIVO: Participante en riña que quiera separar o los agentes de órden público

    ELEMENTO SUBJETIVO: Dolo = se sanciona a quienes participan y quienes portan los instrumentos peligrosos, pero éstos deben ser utilizados

    CAUSAS DE JUSTIFICACION: Legítima defensa

    GRADOS DE EJECUCION:

    * Consumación cuando se inician las hostilidades con los instrumentos peligrosos

    * Tentativa cuando se aborta la riña porque llegan las autoridades

    CONCURSO DE DELITOS: Es subsidiaria de las lesiones más graves, el homicidioo y el asesinato. Se requiere conocer el autor del delito (ej. riña entre hinchas de partido de fútbol) y será concurso real si el resultado lanza dos o más víctimas o fatalidades a manos del mismo autor

    AGRAVANTE: En relación con art. 148.1 CP Cuando se usan instrumentos u objetos que ponen en peligro la vida o integridad física o psíquica del lesionado. Pena aplicable > prisión de 2 a 5 años

  20. TRAGEDIA DE HEYSEL

    LOS HECHOS

  21. CONSENTIMIENTO EN LAS LESIONES

    Art. 155 CP

    Delito público = MF puede intervenir sin instancia de parte. No es impune

    Se exige que el consentimiento sea libre, espontáneo, válido y expreso ANTES de que las lesiones sean ocasionadas o en el momento en que lo serán. No es aceptable de menores de edad, personas con discapacidad o sus representantes legales.

    PENALIDAD: Pena inferior en uno o dos grados

    ACCION PUNIBLE: Lesionar con consentimiento de quien sufrirá la lesión. No procede penalmente si el consentimiento se otorga después de ocasionar las lesiones.

    SUJETO ACTIVO: Quien ocasiona la lesión

    SUJECTO PASIVO: Quien recibe la lesión (boxeadores, cirujías estéticas y cualquier cirujía)

    TIPO SUBJETIVO: Es doloso pero admite tambien la imprudencia

  22. DELITO DE LESIONES

  23. ESTERILIZACION

    Art. 156 CP

    Está despenalizada aquella que se realiza por orden judicial a razón de deficiencia psíquica grave que le impida a la persona legalmente discapacitada menor de edad o no, medir las consecuencias derivadas del ejercicio de la sexualidad; y con ello, la toma de decisión voluntaria y consciente acerca de su esterilización (STS 211/1994 de julio 14)

  24. OBTENCION, TRAFICO Y TRASPLANTE ILEGAL DE ORGANOS

    Art. 156 BIS 1 CP

    Delito de mera actividad y de peligro abstracto, doloso en norma penal en blanco remitida a normativa administrativa sobre la materia y Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero

    ACCION PUNIBLE: Promover, facilitar, favorecer, publicitar o ejecutar tráfico de órganos ajenos sin consentimiento

    Art. 156. BIS 1 a) 1a. CP - Extracción u obtención ilícita del órgano

    Art. 156. BIS 1 3a. b) CP - Tratamiento, preservación, preparación, almacenamiento, transporte, recepción, comercialización

    Art. 156. BIS 2. a) CP - Solicitud, recepción, ofrecimiento o entrega de dádiva o retribución

    BIEN JURIDICO: , Vida, salud e integridad física de la persona, el sistema de salud, ppio de igualdad y dignidad de la persona

    PENALIDAD: Prisión de 6 a 12 años de persona viva; prisión de 3 a 6 años de persona muerta

    Recepción de órgano a sabiendas de origen ilícito: Pena de art. Art. 156. BIS 3 CP

    - Agravantes previstas en art 156 bis 4 CP

    - Hiperagravantes previstas en art 156 bis 6 CP

    OBJETO MATERIAL: Organos humanos ajenos

    SUJETO ACTIVO: Cualquier persona

    SUJETO PASIVO: Donante y sociedad

    CAUSAS DE JUSTIFICACION: Estado de necesidad ante inminencia de peligro de muerte, art. 20.5 CP

    TIPO SUBJETIVO: Dolo eventual

    CONCURSO DE DELITOS: Se relaciona con delito de tráfico de personas en art. 177 bis CP

    Por extracción de órgano = Concurso ideal con delito de lesiones ya sea de lesiones consentidas del art. 155 CP o lesiones graves del art. 149 CP

    FORMAS PREPARATORIAS: En art 156 bis 8 CP (provocación, preparación y conspiración)

  25. IDEAS CLAVE - LAS LESIONES

  26. TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)
  27. Magistral Lesiones (Einbetten)
  28. Extracto+De+Lo+1 2004+De+28+De+D Iciembre+De+Medidas+De+Protección+Integral+Contra+La+Violencia+De+Género (application/pdf)
  29. TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)
  30. T3+ +Las+Lesiones (application/pdf)
  31. TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)
  32. TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)
  33. TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)
  34. TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)
  35. TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021)

Informationen

Beschreibung
Der Nutzer hat seine Fachbereichs-Information gelöscht. Flussdiagramm am TEMA 3 - LAS LESIONES (ABRIL 16-2021), erstellt von Gelöschter Nutzer am 24/06/2021.
Erstellt von
Gelöschter Nutzer · Jun 2021
Aktualisiert
26 Jun 2021
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Verlauf
  • Erstellt von Giovanna Minotta · 15 Jun 2021
  • Kopiert von Giovanna Minotta · 24 Jun 2021
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