jorge Azad Méndez Avilés
Folien in diesem Satz (7)
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Ley general del servicio profesional docente
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Título primero: Disposiciones generales
- Esta Ley
- tiene por objeto:
- Regular
- el Servicio Profesional Docente en la Educación Básica y Media Superior;
- Regular
- los derechos y obligaciones derivados del Servicio Profesional Docente, y
- Asegurar
- la transparencia y rendición de cuentas en el Servicio Profesional Docente
- Son
- sujetos del Servicio que regula esta Ley los docentes, el personal con
- funciones de dirección y supervisión en la Federación, los estados, el Distrito
- Federal y municipios, así como los asesores técnico pedagógicos, en la
- Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado.
-
Título segundo: Del servicio profesional docente
- Las
- funciones docentes, de dirección de una Escuela o de supervisión deberán
- orientarse a brindar educación de calidad y al cumplimiento de sus fines.
- El
- Servicio Profesional Docente tiene los propósitos siguientes:
- Mejorar la
- calidad de la educación
- Mejorar
- la práctica profesional
- Asegurar,
- con base en la evaluación, la idoneidad de los conocimientos y capacidades del
- Personal Docente y del Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión
- Estimular
- el reconocimiento de la labor docente
- Desarrollar
- un programa de estímulos e Incentivos
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- El Ingreso al Servicio en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado y sus Organismos Descentralizados, se llevará acabo mediante concursos de oposición, preferentemente anuales, que garanticen la idoneidad delos conocimientos y las capacidades necesarias y deberan cumplir con lo siguiente:
- concursos publicos
- Convocatorias
- con el perfil que deberán cumplir

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Del reconocimiento en el servicio

- Los programas
- de Reconocimiento para docentes en servicio deben:
- Reconocer
- y apoyar al docente en lo individual, al equipo de docentes y a
- la profesión en su conjunto
- Considerar
- Incentivos temporales o por única vez, según corresponda
- Se podrán
- otorgar otros reconocimientos en función de la evaluación del desempeño docente
- y de quienes realizan funciones de dirección o supervisión; Estos
- reconocimientos podrán ser individuales o para el conjunto de docentes y el
- director en una Escuela.
- Los
- reconocimientos económicos de conjunto deberán considerarlos resultados del
- aprendizaje de los alumnos, teniendo en cuenta las condiciones sociales y
- económicas de las escuelas
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De la permanencia en el servicio
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- Ley general del servicio profesional docente
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- j_azad
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