Karteikarten
TEMA 12. FARMACIAS DE PROPIEDAD PRIVADA. ORDENACIÓN FARMACÉUTICA CANARIA
Karten in diesem Stapel (36)
- 1Ley 4/2005, de 13 de julioDe Ordenación Farmacéutica de Canarias
- 2Artículo 9. Publicidad en las Oficinas de Farmacia1. Queda prohibida la publicidad de las oficinas de farmacia
- 3Artículo 10. Titularidad de las oficinas de farmacia1. Solo se podrá ser titular o co-titular de una oficina de farmacia
- 4Obligaciones del titularDebe estar presente físicamente en la farmacia o el co-propietario de la menos un 25% de la empresa
- 5Tiempo máximo de actuación del farmacéutico regente18 meses
- 6Casos en los el farmacéutico regente asumirá las responsabilidades inherentes a la titularidad1. Fallecimiento del titular
2. Incapacidad o enfermedad del titular
3. Declaración judicial de incapacitación o ausencia - 7El farmacéutico sustituto puede sustituir alFarmacéutico titular y regente
- 8Motivos de sustitución por parte del farmacéutico sustituto1. Enfermedad que no supere los 18 meses de convalecencia.
2. Maternidad.
3. Desempeño de cargo público electivo
4. Desempeño corporativo o asociativo de tipo sanitario
5. Estudios de carácter oficial que no superen los 18 meses
6. Vacaciones anuales - Máximo 30 días
7. Estudios para especializaciones
8. Desarrollo de campañas electorales - 9Farmacéutico adjunto será de nombramiento obligadoSi el farmacéutico titular tiene más de 70 años
- 10El farmacéutico adjunto podrá sustituir en turnos de guardia o ampliación de horarios aFarmacéuticos titulares, regentes o sustituto
- 11La apertura de las oficinas de farmacia están sujetas aAutorización administrativa, de conformidad con los principios de la planificación farmacéutica y sanitaria general
- 12Las zonas farmacéuticas tendrán, con carácter general, un módulo de población de2800 habitantes
- 13Se puede autorizar otra oficina de farmaciaUna vez superado los 2800 habitantes en una fracción de 2000 habitantes
- 14Si se ha superado la proporción de 2000 habitantes sobre la de 2800 podrá autorizarse la apertura de otra o.f en los siguientes casos1. Cuando se haya producido el cierre de una oficina de farmacia por ejecución de un concurso de traslado o cualquier otra causa y la o.f más próxima esté a 500 metros
2. En núcleos residenciales aislados con al menos 1500 habitantes. Siempre que la otra esté a más de 1 km - 15Distancia mínima de una oficina de farmacia a otra250 metros
- 16Los criterios de planificación farmacéutica se concretaránEn el Mapa Farmacéutico de Canarias
- 17El Mapa Farmacéutico de Canarias será revisadoCada 5 años
- 18El plazo máximo para la tramitación, resolución y publicación de los concursos será de1 año a partir de la fecha del acuerdo de iniciación
- 19En el concurso de traslado solo podrán participar los farmacéuticos titularesQue tengan al menos 5 años de ejercicio profesional
- 20En el concurso de nueva adjudicación podrán participarFarmacéuticos que no hayan sido titulares o co-titulares de una farmacia en los 10 años anteriores
- 21Resuelto el concurso de traslado o de nueva adjudicación se deberá designar un local en el plazo de2 meses desde la aprobación
- 22Una vez aprobado el local la apertura se deberá relizarEn 2 meses desde su aprobación
- 23Superficie mínima del local80 metros cuadrados, pudiendo llegar a 65 si el núcleo poblacional es menor de 2000 habitantes
- 24El local debe disponer de1. Aseo
2. Almacén
3. Despacho del titular
4. Zona de atención al público - 25Por razón de obras, el cambio provisional de local de farmacia tendrá una duración máxima de6 meses
- 26Por razón de ruina o derribo, el cambio provisional de local de farmacia tendrá una duración máxima de2 años
- 27La distancia entre una farmacia y otra, en caso de cambios de ubicación provisional puede reducirse a la mitadEn caso de dificultad grave para designar local con los requisitos establecidos
- 28Cierre provisional por ejecución de obras tendrá un tiempo máximo de3 meses
- 29Cierre provisional por inventario3 días
- 30Cierre provisional por vacaciones30 días
- 31Cierre provisional por cambio de ubicación o traslado10 días
- 32Cierre provisional obligatorio cuando1. No cumpla las normas de sanidad, higiene y seguridad
2. No esta presente un farmacéutico
3. Inhabilitación del farmacéutico titular --> No más de dos años - 33Cierre definitivoInhabilitación profesional del titular de más de dos años
- 34En caso de muerte del titular la farmacia deberá transmitirse en un plazo de18 meses
- 35La transmisión de farmacia se hará si lleva abierta y bajo la misma titularidad, durante mínimo10 años
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Informationen
- Beschreibung
- Farmacia Karteikarten am TEMA 12. FARMACIAS DE PROPIEDAD PRIVADA. ORDENACIÓN FARMACÉUTICA CANARIA, erstellt von Patricia García Quintero am 18/01/2019.
- Erstellt von
- Patricia García Quintero
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