Fichas
Ley Amparo
Fichas del conjunto (1)
- 1Artículo 147Apariencia de derecho. En los casos que la suspensión sea procedente, el órgano jurisdiccional deberá fijar la situación en que habrán de quedar las cosas y tomará las medidas pertinentes para conservar la materia hasta la terminación del
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- Apariencia del buen derecho. Para restituir en el goce de derechos y evitar que se causen daños irreparables y se pierda la materia del amparo.
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- mcuevasanaya
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