Diagrama de flujo
Sin título
Contenido del diagrama
SANCIONES POR LAVADO DE ACTIVOS
PENALES
ADMINISTRATIVAS
Artículo 323. Lavado de activos
El que adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, almacene, conserve, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, enriquecimiento ilícito... o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá por esa sola conducta, en prisión de diez (10) a treinta (30) años y multa de mil (1.000) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
SUPERFINANCIERA
a) Amonestación o llamado de atención;
“b) Multa pecuniaria a favor del tesoro nacional. Cuando se trate de las sanciones previstas en el artículo 209 de este estatuto, la multa podrá ser hasta de ciento diez millones de pesos ($ 110.000.000) del año 2002. Cuando se trate de las sanciones previstas en el artículo 211 de este estatuto y no exista norma especial que establezca la respectiva sanción, la multa podrá ser hasta de quinientos cincuenta millones de pesos ($ 550.000.000) del año 2002;
“c) Suspensión o inhabilitación hasta por cinco (5) años para el ejercicio de aquellos cargos en entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria que requieran para su desempeño la posesión ante dicho organismo;
“d) Remoción de los administradores, directores, representantes legales o de los revisores fiscales de las personas vigiladas por la Superintendencia Bancaria. Esta sanción se aplica sin perjuicio de las que establezcan normas especiales;
“e) Clausura de las oficinas de representación de instituciones financieras y de reaseguros del exterior.
SUPERSOLIDARIA
- Ley 454 de 1998, Numeral 6 y 7 Articulo 36:
Sanciones administrativas personales e institucionales de hasta 200 SMMLV
SUPERSOCIEDADES
De conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995, sin perjuicio de las acciones que correspondan a otras autoridades. De conformidad con esta disposición la Superintendencia de Sociedades podrá imponer sanciones o multas, sucesivas o no, hasta de doscientos salarios mínimos legales mensuales, cualquiera sea el caso, a quienes incumplan sus órdenes, la ley o los estatutos.
Información
- Descripción
- Diagrama sobre Sin título, creado por Lizeth Calderon el 25/07/2018.
- Creado por
- Lizeth Calderon
- Visitas
- 0
- Valoración