Principios rectores del sistema acusatorio

Descripción

Articulo 20 de la constitución política de los estados unidos mexicanos
kathya lopez
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Resumen del Recurso

Principios rectores del sistema acusatorio

Nota:

  • Artículo 20 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, implementa el sistema acusatorio y oral.
  1. Principio de Publicidad

    Nota:

    • El principio de publicidad se basa en la deben ser públicos, otorga la posibilidad a las partes y a terceros tener acceso al desarrollo del litigio, desahogo de pruebas, desarrollo de audiencias, así elevando el grado de confianza de la comunidad.
    1. Principio de Contradicción

      Nota:

      • Se basa en el derecho que tiene las partes dentro de un juicio, igualdad al ser escuchados y al presentar pruebas. se realiza de forma oral.
      1. Principio de Concentración

        Nota:

        • Todas las etapas del proceso se mantienen unidas, no debe existir división en el desarrollo de un proceso. Se pretende que se desarrolle en una sola sesión sin exceder el tiempo que otorgan.  
        1. Principio de Continuidad

          Nota:

          • refiere a la audiencia en la que se desahoge el juicio sea de manera continua y sin interrupciones o aplazamientos.
          1. Principio de Inmediación

            Nota:

            • los jueces deben escuchar los argumentos de las partes y presenciar la parte de las pruebas.
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