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Las Ramas del Derecho

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Las Ramas del Derecho
Derecho Privado
- Se define como el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones subordinadas de coordinación entre entidades no soberanas, entendiéndose como soberano al Estado o Nación.
- Derecho Civil
- Llamado también “derecho común”, regula las relaciones y transacciones jurídicas entre las personas, así como lo que involucre a sus derechos, libertades, patrimonios o transmisión de éstos.
- Derecho Comercial
- Rige las transacciones comerciales y los intercambios de bienes y servicios por dinero.
- Derecho Laboral
- Controla y ordena las relaciones entre patrones y trabajadores.
- Derecho Rural
- Regula los asuntos de la vida en el campo y la producción agropecuaria.
- Derecho Internacional Privado
- Regula las transacciones comerciales que se producen entre Estados y particulares de otras naciones, o entre dos Estados actuando como particulares.
Derecho Público
- El público sería un derecho de subordinación caracterizado por la desigualdad de los dos términos de la relación jurídica: el Estado por un lado, los individuos por otro. Es decir, la justicia tomaría la forma de justicia distributiva; A la inversa, numerosas normas de derecho público, como la protección constitucional de la libertad, la igualdad, el honor y la vida, tienden primordialmente al amparo de intereses individuales. De acuerdo con lo anterior, podemos definir al derecho público como aquel en que el Estado, como poder público, se halla en juego, que rige su organización y desenvolvimiento y regla sus relaciones con los particulares.
- Derecho Constitucional
- Aquella rama que atañe a la interpretación de los textos jurídicos de la Constitución y otros ordenamientos por escrito que son fundamentales en la construcción del Estado.
- Derecho Administrativo
- Aquella que regula la administración pública y modula el funcionamiento y las relaciones entre los diversos organismos que componen el Estado.
- Derecho Internacional Público
- Atañe a las relaciones entre los distintos Estados-Nación del planeta: sus planes conjuntos, sus acuerdos e intercambios económicos, sus disputas fronterizas, etc.
- Derecho Penal
- Tiene que ver con la capacidad punitiva del Estado, es decir, su capacidad para castigar a quienes violen la ley y para ejercer la coacción sobre los ciudadanos entre quienes impera.
- Derecho Procesal
- Regula los mecanismos y procedimientos del Estado en lo referente al modo en que ejerce su poder, garantizando los derechos mínimos y la proporción en todo momento.
- Derecho Laboral
- Aquella rama vinculada con el marco legal que regula el trabajo para garantizar su dignidad, legalidad y justa retribución, así como los derechos y deberes de trabajadores, patronos, sindicatos, etc.
- Derecho Financiero
- Regula los procesos de gasto público, para garantizar la transparencia y buen proceder del Estado en su utilización de los fondos públicos.
- Derecho Tributario
- Aquel que tiene que ver con los impuestos, tributos y otras formas de recaudación fiscal, que el Estado emplea para autofinanciarse.
- Derecho Electoral
- Se encarga de normar los procedimientos de sucesión del poder y reemplazo de gobernantes a todo nivel, en cualquiera de los poderes públicos.
Diferencias entre Derecho Público y Privado
- La diferencia fundamental entre derecho público y privado, como dijimos, estriba en la presencia del Estado. En principio, si las acciones atañen al Estado o a la administración pública, se tratará de un acto de derecho público; mientras que si involucran a dos o más particulares, asuntos de índole personal o patrimonial de terceros, se tratará de un acto de derecho privado. Esto significa, en términos concretos, que las normas promulgadas por el derecho público son normas de subordinación, ya que el Estado es el garante del pacto social y es quien debe velar por el cumplimiento de las leyes y de lo establecido en la Constitución Nacional, incluyendo vigilarse a sí mismo. En cambio, las normas del derecho privado son nombras de coordinación, pues sirven para poner de acuerdo o regular las negociaciones entre dos partes independientes e iguales ante la ley, para garantizar que ninguna ejerza acciones indebidas sobre la otra. También existe la posibilidad de que el Estado mismo actúe
- La diferencia entre derecho público y privado data de los años antiguos del Derecho Romano, cuando se impuso la necesidad de discernir entre los asuntos jurídicos vinculados con los particulares (Derecho Privado) y aquellos que atañen a la “Res Pública”, es decir, la “cosa” pública del Estado (Derecho Público). Ambas ramas se distinguen, por ende, en su ámbito de acción: cuando se trate de asuntos que involucran a particulares o incluso al Estado actuando como uno de ellos (operaciones comerciales, sucesiones, propiedad privada, etc.) hablaremos de derecho privado; cuando se trate del Estado y de las reglas de convivencia y del pacto social (orden público, fondos públicos, funcionamiento del Estado, etc.)
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Información
- Descripción
- Buenas profesor Esneider, espero se encuentre bien, a continuación le presento la actividad propuesta para el área de Legislación Comercial, espero le guste.
- Creado por
- Carlos Andrés Martínez Santos · abr 2020
- Actualizado
- 30 abr 2020
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