Mapa mental
RIGIDEZ CONSTITUCIONAL
Contenido del mapa
RIGIDEZ CONSTITUCIONAL
Fin inmediato
- Tiende a impedir (sentido negativo) que el ordenamiento constitucional cambie, lo que en este sentido positivo, significa asegurar que la Reforma de la constitución sea efectuada por una mayoría suficientemente cualificada.
Fin mediato
- Consiste en proteger contenidos constitucionales comprendidos en el documento constitucional de cualquier intento precipitado de modificación que pueda estar impulsado de opiniones políticas coyunturales.
Constitución rígida
- No puede ser modificada a través del procedimiento que se sigue para la creación o modificación de una ley.
Límites de la reforma constitucional
- El poder de reforma es un poder constituido y por ende se encuentra sujeto a la Constitución que lo crea y regula.
- Heterónomos y Autónomos
- HETERONOMOS: Son aquellos límites que vienen a ser impuestos por fuentes distintas del propio texto constitucional.
- AUTONOMOS: Aquellos límites que vengan impuestos por el mismo texto constitucional. Dentro de estos se inlcuyen los límites explícitos e implícitos, así como los relativos y absolutos.
- Heterónomos y Autónomos
- No es un poder soberano e ilimitado, sino un poder subordinado a los mandatos constitucionales.
- Explícitos e implícitos
- EXPLÍCITOS: También llamados cláusulas de intangibilidad, son los que aparecen formulados expresamente en el texto constitucional
- IMPLÍCITOS: Son los que pueden deducirse indirectamente de la Constitución; ya sea como consecuencia de los fundamentos mismos del orden constitucional.
- Explícitos e implícitos
- Son la fuente primera de todo el sistema de normas que integran el ordenamiento, incluyendo las propias reformas constitucionales.
- Absolutos y relativos
- RELATIVOS: Cuando los límites pueden ser modificados por procedimientos especiales.
- ABSOLUTOS: Cuando un límite no puede ser superado bajo ninguna circunstancia jurídica
- Absolutos y relativos
- El poder de reforma es un poder constituido y por ende se encuentra sujeto a la Constitución que lo crea y regula.
LÍMITES TEMPORALES: Consisten en la prohibición de reformar la Constitución durante un período determinado
- Prohibiciones de reforma dentro de un lapso determinado de tiempo
- Limitaciones temporale: Son aquéllas en las que se dice que durante cinco, diez o veitne años no pueden llevarse a cabo reformas, o bien que entre reforma y reforma deben transcurrir cierto número de años.
- Prohibiciones de reforma cuando se presenten ciertas circunstancias
- Prohibiciones circunstanciales: Se establecen para impedir que las reformas constitucionales puedan llevarse acabo bajo circunstancias que alteren la vida normal dentro de un Estado
- Prohibiciones de reforma dentro de un lapso determinado de tiempo
MEDIOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL
- El juicio de amparo: el gobernado busca la proteción de los tribunales Federales contra actos de autoridad que violen sus garantias individuales.
- La acción de inconstitucionalidad: es un medio de control y tiene como efecto la declaratoria de la invalidez total o parcial de una norma impugnada.
- El juicio de revisión constitucional electoral: se pueden impugnar actos o resoluciones de las autoridades electorales, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.
- La controversia constitucional: su finalidad es restaurar el orden constitucional violentado por una ley que invada lo establecido en la Carta Magna.
- La protección de los derechos político electorales de los ciudadanos: procede contra actos que violen los derechos político-electorales del ciudadano.
Información
- Descripción
- Mapa Mental sobre RIGIDEZ CONSTITUCIONAL, creado por Daniel Hernandez el 05/10/2020.
- Creado por
- Daniel Hernandez · oct 2020
- Actualizado
- 6 oct 2020
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