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PODER JUDICIAL

Britney Castro Inglés

Contenido del mapa

PODER JUDICIAL

  •    ´Es el encargado de administrar justicia, solucionar conflictos, cuidar y cumplir las leyes, obligaciones, garantías y libertades consagradas en la constitución.   
  1. JURISDICCION ORDINARIA

    • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
      • Es el máximo Tribunal de la Jurisdicción Ordinaria y está integrada por veintitrés (23) magistrados, elegidos por la misma corporación para períodos individuales de ocho años, de listas superiores a cinco (5) candidatos que reúnan los requisitos constitucionales, por cada vacante que se presente, enviadas por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.      
      • TRIBUNALES SUPERIORES DE DISTRITO JUDICIAL
        • Inciso modificado por el artículo 5º del Decreto 2637 de 2004. Los Tribunales Superiores son creados por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para el cumplimiento de las funciones que determine la ley procesal en cada distrito judicial, o en todo el territorio nacional cuando se creen transitoriamente tribunales especiales de descongestión, depuración y/o liquidación de conformidad con el reglamento que expida la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y tendrán el número de Magistrados que esta determine que, en todo caso, no será menor de tres.   
        • JUZGADOS
          • La célula básica de la organización judicial es el juzgado, cualquiera que sea su categoría y especialidad y se integrará por el juez titular, el secretario, los asistentes que la especialidad demande y por el personal auxiliar calificado que determine el Consejo Superior de la Judicatura
          • CIVILES
          • MUNICIPALES
  2. JURISDICCION DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

    • CONSEJO DE ESTADO
      • El Consejo de Estado es el máximo tribunal de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y está integrado por veintisiete (27) Magistrados, elegidos por la misma Corporación para períodos individuales de ocho años, de listas superiores a cinco (5) candidatos, que reúnan los requisitos constitucionales, por cada vacante que se presente, enviadas por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.    
      • TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS
        • JURISDICCIÓN. Los Tribunales Administrativos son creados por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para el cumplimiento de las funciones que determine la ley procesal en cada distrito judicial administrativo. Tienen el número de Magistrados que determine la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura que, en todo caso, no será menor de tres.
        • JUZGADOS ADMINISTRATIVOS
          • RÉGIMEN. Los Juzgados Administrativos que de conformidad con las necesidades de la administración de justicia determine la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para el cumplimiento de las funciones que prevea la ley procesal en cada circuito o municipio, integran la jurisdicción contencioso administrativa. Sus características, denominación y número serán establecidos por esa misma Corporación, de conformidad con lo establecido en la presente Ley. 
  3. JURISDICCION INSTITUCIONAL

    • CORTE CONSTITUCIONAL
      • La Corte Constitucional ejerce la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución en los estrictos y precisos términos de los artículos 241 al 244 de la Constitución Política. El Consejo de Estado conoce de las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno Nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional.  También ejercen jurisdicción constitucional     
  4. JURISDICCION DE PAZ

    • Busca lograrla solución integral y pacífica de los conflictos comunitarios o particulares. Es el mecanismo de justicia transicional por medio del cual se investiga y juzga a los integrantes de las  FARC, miembros de la fuerza publica y terceros que hayan participado en el conflicto armado interno en Colombia.   
    • JUECES DE PAZ
      • Los Jueces de Paz son personas particulares (no son funcionarios ni servidores públicos) elegidas por voto popular y que tienen la autoridad para resolver esos conflictos, cuando las partes involucradas se lo solicitan de común acuerdo. Por esta razón, el juez de paz no puede hacer citaciones o invitaciones a quienes no han solicitado de manera previa su intervención.
  5. JURISDICCION DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS

    • AUTORIDADES DE LOS TERRITORIOS INDIGENAS
      • DECRETO 1953 DE 2014 ARTICULO 11   De conformidad con la Constitución y las leyes, los Territorios Indígenas estarán gobernados por consejos indígenas u otras estructuras colectivas similares de gobierno propio, reglamentados según la ley de origen, derecho mayor o derecho propio de sus comunidades y ejercerán, dentro de su territorio, las competencias.   
  6. FISCALIA GENERAL DE LA NACION

    • La Fiscalía General nació en 1991, con la promulgación de la nueva Constitución Política y empezó a operar el 1 de julio de 1992. Es una entidad de la rama judicial del poder público con plena autonomía administrativa y presupuestal, cuya función está orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia.  
  7. CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

    • Le corresponde la administración de la Rama Judicial y ejercer la función disciplinaria. Salas del Consejo Superior de La Judicatura Para el ejercicio de las funciones especializadas que le atribuyen la Constitución y la Ley, El Consejo Superior de la Judicatura se divide en dos Salas: La Sala Administrativa, integrada por seis (6) magistrados elegidos para un período de ocho años así: Uno por la Corte Constitucional, dos por la Corte Suprema de Justicia y tres por el Consejo de Estado. La Sala Jurisdiccional Disciplinaria, integrada por siete (7) magistrados elegidos para un período de ocho años, por el Congreso Nacional de ternas enviadas por el Gobierno.
    • CONSEJOS SECCIONALES DE LA JUDICATURA
      • Tiene con función fijar la división del territorio para efectos judiciales, Habrá Consejos Seccionales de la Judicatura en las ciudades cabeceras de Distrito Judicial que a juicio de la Sala Administrativa del Consejo Superior resulte necesario.  Este podrá agrupar varios distritos judiciales bajo la competencia de una Consejo Seccional. La Sala Administrativa del Consejo Superior fijará el número de sus miembros.
  8. Comision interinstitucional de la Rama Judicial

Información

Descripción
Mapa Mental sobre PODER JUDICIAL, creado por Britney Castro el 02/09/2022.
Creado por
Britney Castro
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