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NIC 8 Y SECCIÓN 10 NIIF PARA PYMES

Gabriela Lopez Práctica Supervisada Español

Contenido del mapa

NIC 8 Y SECCIÓN 10 NIIF PARA PYMES

  1. Su objetivo es

    • Prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables. Tratamiento contable y la información a revelar
      • Se aplica
        • En la selección y aplicación de políticas contables, contabilización de los cambios, estimaciones contables y corrección de ejercicios anteriores.
          • DEFINICIONES
            • POLÍTICAS CONTABLES. Principios específicos, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adaptados por la entidad y presentación de EF.
              • CAMBIO ESTIMACIÓN CONTABLE. Ajuste en el importe de los libros de los rubros de activos o pasivos, o en el importe del consumo periódico de un activo, que se produce tras la evaluación de la situación actual del elemento, así como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva información o nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores.
                • MATERIALIDAD. Omisiones o inexactitudes de partidas materiales, si individualmente o en conjunto influyen en las decisiones que llevan a cabo los usuarios con base en los estados financieros. La materialidad dependerá de la magnitud y la naturaleza de la omisión o inexactitud, enjuiciada en función de las circunstancias particulares en que se hayan producido.
          • Seleción y aplicación de las políticas contables
            • Cuando una Norma sea específicamente aplicable a una transacción, otro evento o condición, la política o políticas contables aplicadas a esa partida se determinarán aplicando la Norma concreta.
              • En ausencia de una Norma o Interpretación que sea aplicable específicamente a una transacción la dirección deberá usar su juicio en el desarrollo y aplicación de una política contable, a fin de suministrar información que sea:
                • (a) relevante para las necesidades de toma de decisiones económicas de los usuarios; y (b) fiable, en el sentido de que los estados financieros: (i) presenten de forma fidedigna la situación financiera, el rendimiento financiero y los flujos de efectivo de la entidad; (ii) reflejen el fondo económico de las transacciones, otros eventos y condiciones, y no simplemente su forma legal; (iii) sean neutrales, es decir, libres de prejuicios o sesgos; (iv) sean prudentes; y (v) estén completos en todos sus aspectos significativos.
          • Uniformidad de las políticas contables
            • Una entidad seleccionará y aplicará sus políticas contables de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, a menos que una Norma o Interpretación exija o permita específicamente establecer categorías de partidas para las cuales podría ser apropiado aplicar diferentes políticas.
          • Cambios en las políticas
            • Se debe a:
              • a) es requerido por una Norma o Interpretación; o (b) lleva a que los estados financieros suministren información más fiable y relevante sobre los efectos de las transacciones, otros eventos o condiciones que afecten a la situación financiera, el rendimiento financiero o los flujos de efectivo de la entidad.
                • La aplicación por primera vez de una política que consista en la revalorización de activos, de acuerdo con la NIC 16 Inmovilizado material, o con la NIC 38 Activos intangibles, se considerará un cambio de política contable que ha de ser tratado como una revalorización, de acuerdo con la NIC 16 o con la NIC 38, en lugar de aplicar las disposiciones contenidas en esta Norma.
          • Aplicación de los cambios en las políticas contables
            • (a) una entidad contabilizará un cambio en una política contable derivado de la aplicación inicial de una Norma o Interpretación, de acuerdo con las disposiciones transitorias específicas de tal Norma o Interpretación, si las hubiera; y (b) cuando una entidad cambie una política contable, ya sea por la aplicación inicial de una Norma o Interpretación que no incluya una disposición transitoria específica aplicable a tal cambio, o porque haya decidido cambiarla de forma voluntaria, aplicará dicho cambio retroactivamente.
          • Cambios en las estimaciones contables
            • Como resultado de las incertidumbres inherentes al mundo de los negocios, muchas partidas de los estados financieros no pueden ser valoradas con precisión, sino sólo estimadas.
              • El proceso de estimación implica la utilización de juicios basados en la información fiable disponible más reciente. Por ejemplo, podría requerirse estimaciones para:
                • (a) los derechos de cobro de recuperación problemática; (b) la obsolescencia de las existencias; (c) el valor razonable de activos o pasivos financieros; (d) la vida útil o las pautas de consumo esperadas de los beneficios económicos futuros incorporados en los activos amortizables; y(e) las obligaciones por garantías concedidas.
          • Errores
            • Los errores pueden surgir al reconocer, valorar, presentar o revelar la información de los elementos de los estados financieros.
              • la entidad corregirá los errores materiales de ejercicios anteriores, de forma retroactiva, en los primeros estados financieros formulados después de haberlos descubierto:
                • (a) re expresando la información comparativa para el ejercicio o ejercicios anteriores en los que se originó el error; o (b) si el error ocurrió con anterioridad al ejercicio más antiguo para el que se presenta información, re expresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio neto para dicho ejercicio.
          • Información a revelar
            • Una entidad revelará la naturaleza e importe de cualquier cambio en una estimación contable que haya producido efectos en el ejercicio corriente, o que se espere vaya a producirlos en ejercicios futuros, exceptuándose de lo anterior la revelación de información del efecto sobre ejercicios futuros, en el caso de que fuera impracticable estimar ese efecto.
              • Si no se revela el importe del efecto en ejercicios futuros debido a que la estimación es impracticable, la entidad revelará este hecho.
          • Karla Gabriela López Méndez 2051621

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Gabriela Lopez
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