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Devolución de impuestos
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Devolución de impuestos
¿Quiénes lo presentan?
- Personas físicas
Costo
- Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
- Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se tenga la obligación de presentar la declaración correspondiente, o se haya realizado el pago de lo indebido.
Fundamento Legal
- -CFF, artículo 22. -LIVA, artículo 3. -Reglamento de la LIVA, artículos 12 y 13. -Convenios de reciprocidad. -Convenios de cooperación técnica. -Convenios para evitar la doble tributación.
Requisitos
- -Tener firma electrónica vigente. -Preparar la información que se va a anexar a la solicitud de devolución en formato .zip sin que sean mayores a 4 MB. -Tener presentada la DIOT del periodo que se trate, cuando solicites devoluciones de IVA. -Preparar el archivo generado con el programa electrónico F3241, disponible en el portal del SAT, llenando los anexos correspondientes de conformidad al impuesto que solicitas. -Proporcionar el estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no exceda de 2 meses de antigüedad, que contenga el RFC del contribuyente.
Modalidades
- *Impuesto sobre la Renta (ISR)
- Fundamento Legal CFF, artículo 22.
- Requisitos
- 1. Adjuntar en archivo *.zip las constancias de retenciones con firma, y sello del emisor en los que consten las retenciones de ISR.
- 2. Escrito que manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común, así como la hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado para autodeterminarse la parte que le corresponde de los ingresos.
- 3. Para ingresos provenientes por fideicomisos, contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios así como del representante legal de la institución financiera.
- 4. Papel de trabajo o escrito en el que manifieste el acreditamiento de IDE en los pagos efectuados.
- 5. Contar con Contraseña y Certificado de e.firma para ingresar a la aplicación Solicitud de Devolución.
- 6. Papel de trabajo en el que se desglose la determinación y entero de los pagos provisionales manifestados en la declaración anual.
- 7. Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no exceda de 2 meses de antigüedad.
- Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 que no cuenten con Certificado de e.firma, no estén obligados a inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en cualquier ADSC presentando los requisitos en dispositivo magnético digitalizados.
- Tratándose de remanentes de los saldos a favor de ISR no compensados por los patrones, se estará a lo dispuesto por la ficha 13/CFF Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones.
- Tratándose de Personas Físicas que soliciten la devolución del saldo a favor del ISR en la declaración del ejercicio de conformidad con lo dispuesto en la regla 2.3.2., se estará a los términos de la misma.
- *Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- Fundamento Legal CFF, artículo 22.
- Requisitos
- 1. Determinación del saldo a favor de IVA, para persona física.
- 2. Hoja de trabajo para integrar el IVA, para persona física.
- 3. Tratándose de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, deberán presentar la forma oficial 75 “Aviso de destino del saldo a favor de IVA”.
- 4. Tratándose de actos o actividades derivadas de fideicomisos, el contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios así como del representante legal de la institución financiera.
- 5. Contar con Contraseña y Certificado de e.firma a efecto de ingresar a la aplicación Solicitud de Devolución.
- 6. Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad.
- Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 que no cuenten con el Certificado de e.firma, no estén obligados a inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en cualquier la ADSC, presentando su identificación oficial vigente.
- *Impuesto al Activo e Impuesto al Activo por Recuperar (IA e IMPAC)
- Fundamento Legal Artículo 22 del CFF.
- Requisitos
- 1. Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2006 o anteriores, la(s) declaración(es) normal y complementaria(s), en su caso, donde se deriva el Impuesto al Activo a recuperar.
- 2. Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2006 y anteriores, los pagos provisionales normal y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar.
- 3. Contar con Contraseña y Certificado de e.firma a efecto de ingresar a la aplicación Solicitud de Devolución.
- 4. Tratándose de trámites que previamente la autoridad fiscal tuvo por desistidos, deberá adicionarse al nuevo trámite en forma digitalizada, la siguiente documentación:
- • El oficio de desistimiento correspondiente.
- • La documentación y/o información omitida, motivo del desistimiento.
- 5. Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad.
- Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 que no cuenten con el Certificado de e.firma no estén obligados a inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en cualquier ADSC, presentando los requisitos en dispositivo magnético digitalizados y su identificación oficial vigente.
- Los documentos originales se digitalizan para su envío.
- *Otras contribuciones (Pago de lo Indebido y Resolución o Sentencia)
- Fundamento Legal Artículo 97 LISR.
- Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 que no cuenten con el Certificado de e.firma no estén obligados a inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en cualquier ADSC, presentando los requisitos en dispositivo magnético digitalizados y su identificación oficial vigente.
- Requisitos
- 1. Tratándose de la primera vez que solicita devolución, el documento que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
- 2. Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar el acta de asamblea protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
- 3. Identificación oficial vigente del contribuyente o del representante legal.
- 4. Escrito libre con firma del contribuyente o representante legal, en el que exponga claramente el motivo de su solicitud señalando el fundamento legal en el que basa su petición y papeles de trabajo donde se muestre el origen del importe que solicita en devolución.
- 5. Tratándose de derechos, productos o aprovechamientos, el escrito denominado “Oficio para la solicitud de devolución por servicio no prestado o proporcionado parcialmente” expedido por la Dependencia, por medio del cual se indicará que, “el usuario efectuó un pago mayor al requerido o que el servicio o trámite no fue proporcionado o fue proporcionado parcialmente”, oficializado con el sello de la institución.
- 6. En caso de liberación de créditos: la resolución administrativa o judicial.
- 7. Tratándose de Impuestos al Comercio Exterior, deberá aportar lo siguiente:
- • Pedimentos de Importación y Pedimentos de Rectificación.
- • Los Certificados de Origen.
- • Señalar al amparo de qué Tratado fueron importados los bienes o bajo qué programa autorizado.
- 8. Declaraciones normal y complementaria(s) del ejercicio presentadas antes y después de la sentencia o resolución administrativa en las que conste el pago indebido, en su caso.
- 9. Resolución administrativa o judicial que se encuentre firme, de la que se desprenda el derecho a devolver.
- 10. Pagos provisionales normales y complementarios presentados antes y después de la sentencia o resolución administrativa en los que conste el pago indebido, en su caso.
- 11. Recibo bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales.
- 12. Escrito libre a través del cual la institución financiera señala el o los motivo(s) por el cual no debió efectuar la retención del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
- 13. Constancia de retenciones con firma y sello del emisor.
- 14. Contar con Contraseña y Certificado de e.firma a efecto de ingresar a la aplicación “Solicitud de Devolución”.
- 15. Adjuntar en archivo con formato *.zip las constancias de retenciones con firma y sello del emisor en los que consten las retenciones de ISR y las cantidades no compensadas por los retenedores en el ejercicio de que se trate.
- 16. Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad.
- *Impuesto sobre la Renta (ISR)
Información
- Descripción
- Mapa Mental sobre Devolución de impuestos, creado por Gabriel Duran el 18/11/2020.
- Creado por
- Gabriel Duran
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