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NOM-251 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.

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NOM-251 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.

Contenido del mapa

NOM-251 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.

  1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN

    • Establecer los requisitos mínimos de buenas prácticas de higiene que deben observarse en el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios y sus materias primas a fin de evitar su contaminación a lo largo de su proceso.
      • Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para las personas físicas o morales que se dedican al proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, destinados a consumidores en territorio nacional.
  2. DISPOSICIONES GENERALES

    • Los establecimientos que se dediquen al proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, se deben cumplir con disposiciones establecidas, según corresponda a las actividades que realicen.
    • Instalaciones y áreas
      • Los establecimientos deben contar con instalaciones que eviten la contaminación de las materias primas, alimentos, bebidas o suplementos. De igual manera los pisos, paredes y techos del área de producción deben ser de fácil limpieza, sin grietas o roturas.
    • Equipo y utensilios
      • Los equipos deben ser instalados en forma tal que el espacio entre ellos mismos, la pared, techo y piso, permita su limpieza y desinfección.
        • El equipo y utensilios empleados en las áreas en donde manipulen directamente materias primas, alimentos, bebidas o suplementos alimenticios sin envasar, y que puedan entrar en contacto con ellos, deben ser lisos y lavables.
    • Servicios
      • Debe disponerse de agua potable.
        • Las cisternas o tinacos para almacenamiento de agua deben estar protegidos contra la contaminación. Los establecimientos deben disponer de un sistema de evacuación de efluentes o aguas residuales.
    • Almacenamiento
      • Las condiciones de almacenamiento deben ser adecuadas al tipo de materia prima, alimentos, bebidas o suplementos alimenticios que se manejen. Se debe contar con controles que prevengan la contaminación de los productos.
    • Control de operaciones
      • Los equipos de refrigeración se deben mantener a una temperatura máxima de 7ºC.
        • Se debe evitar la contaminación cruzada entre la materia prima, en producto de elaboración y producto terminado.
    • Control de materias primas
      • Se debe inspeccionar o clasificar sus materias primas antes de la elaboración del producto.
        • Tener identificadas sus materias primas y no utilizar materias primas que ostenten fecha de caducidad vencida.
  3. DISPOSICIONES GENERALES

    • Control de envasado
      • Los envases y recipientes deben almacenarse protegidos del polvo, lluvia, fauna nociva y materia extraña.
    • Mantenimiento y limpieza
      • Los equipos y utensilios deben estar en buenas condiciones de funcionamiento. Las instalaciones (incluidos techo, puertas, paredes y piso) baños, cisterna y demás deben mantenerse limpios.
    • Control de plagas
      • El control de plagas es aplicable a todas las áreas del establecimiento incluyendo el transporte de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
        • Cada establecimiento debe tener un sistema o un plan para el control de plagas y erradicación de fauna nociva.
    • Manejo de residuos
      • Se deben adoptar medidas para la remoción periódica y el almacenamiento de los residuos. No se permite la acumulación de residuos, salvo a medida que sea inevitable para el funcionamiento de las instalaciones.
    • Salud e higiene del personal
      • Debe excluirse de cualquier operación en la que pueda contaminar al producto, a cualquier persona que presente signos como: tos frecuente, secreción nasal, diarrea, vómito o lesiones en áreas corporales que entren en contacto directo con los alimentos, bebidas y suplementos alimenticios.
        • El personal debe presentarse aseado al área de trabajo con ropa y calzado limpios.
    • Transporte
      • Los alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, deben ser transportados en condiciones que eviten su contaminación.
    • Capacitación
      • Todo el personal que opere en las áreas de producción o elaboración debe capacitarse en las buenas prácticas de higiene, por lo menos 1 vez al año.
  4. OBSERVANCIA DE LA NORMA

    • La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma corresponde a la Secretaría de salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Imágenes y archivos del mapa

  • NOM-251 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.

Información

Descripción
Mapa Mental sobre NOM-251 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios., creado por ana hdz el 20/01/2021.
Creado por
ana hdz · ene 2021
Actualizado
21 ene 2021
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