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FINANZAS
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FINANZAS
El término "finanzas" proviene del latín finis que significa fin, conclusión, haciendo alusión a la finalización de una transacción económica con transferencia de recursos financieros. En esta línea, el vocablo inglés fine, se utilizaba para referirse a la “conclusión de un negocio”.
- Durante los siglos XIII y XV, en Italia, y en las principales ciudades en las que el comercio estaba en auge (Florencia, Génova y Venecia), se utilizaba el término financia para referirse al “pago en dinero”.
- El concepto de “finanzas”, con el transcurso del tiempo, pasó a ser utilizado también en el área del sistema monetario, y en el campo de la generación de recursos financieros por parte del Estado, ampliándose así su significado.
- ORIGEN
- Durante los siglos XIII y XV, en Italia, y en las principales ciudades en las que el comercio estaba en auge (Florencia, Génova y Venecia), se utilizaba el término financia para referirse al “pago en dinero”.
CONCEPTO
- Las finanzas son una rama de la economía que estudia la obtención y gestión, por parte de una compañía, individuo o del Estado, de los fondos que necesita para cumplir sus objetivos y de los criterios con que dispone de sus activos.
- La actividad financiera está constituida por la serie de actos que realiza el estado para satisfacer las necesidades colectivas, dentro de las cuales se observan aquellas que están dirigidas a la creación y obtención de los medios económicos.
La actividad financiera tiene por finalidad hacer posible el cumplimiento de los objetivos del Estado, diferenciándose de la actividad privada por los fines y por los medios. Es obvia la vinculación con el Derecho Administrativo por la identidad del sujeto de ambas disciplinas.
- En su desenvolvimiento histórico, los estudios financieros han sufrido grandes oscilaciones. Forma autónoma por diversos autores, siempre se percibió la pugna de inclinar su campo de acción hacia lo económico o lo político.
- NECESIDAD PÚBLICA
- Nacen de la vida colectiva y se solventan mediante la actuación del Estado. Estas necesidad pueden ser materiales (vivienda, vestido, alimentos) o inmateriales (religiosas, morales, ) y tiene la característica que son de ineludibles de satisfacción, que da origen a una comunidad organizada
- Primarias. Son inmutables, es decir, no cambian con el tiempo. Estas se originan con la misma existencia de un Estado que gobierna.
- Secundarias. Cambian y se adaptan con el tiempo de acuerdo al rol del gobierno y cuáles son sus objetivos.
- Tipos de necesidades:
- Nacen de la vida colectiva y se solventan mediante la actuación del Estado. Estas necesidad pueden ser materiales (vivienda, vestido, alimentos) o inmateriales (religiosas, morales, ) y tiene la característica que son de ineludibles de satisfacción, que da origen a una comunidad organizada
- SERVICIO PÚBLICO
- Es toda actividad que en virtud del ordenamiento jurídico deba ser asumida o asegurada por una persona pública territorial con la finalidad de dar satisfacción a una necesidad de interés general.
- Principios Fundamentales :
- Obligatoriedad, por la acción inmediata de los órganos de Estado, bajo el control de los mismos.
- Mutabilidad, el interés general es versátil, ya que el procedimiento aplicable al servicio debe ser adaptado a las formalidades cambiantes
- Continuidad, no pueden ser interrumpidos, de manera que el colectivo pueda disfrutar de los servicios públicos
- Igualdad, todos tiene la posibilidad de acceder a los servicios públicos sin distingo alguno.
- Clasificación del servicio publico
- Servicios públicos exclusivos y excluyentes (generación hidroeléctrica)
- Servicios públicos exclusivos pero concedibles ( telecomunicaciones, electricidad)
- Servicios públicos concurrentes ( educación)
- Principios Fundamentales :
- Es toda actividad que en virtud del ordenamiento jurídico deba ser asumida o asegurada por una persona pública territorial con la finalidad de dar satisfacción a una necesidad de interés general.
Art. 311. C.N.R.B.V.:
- La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. Esta se equilibrará en el marco plurianual del presupuesto, de manera que los ingresos ordinarios deban ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios.
- El ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional para su sanción legal un marco plurianual para la formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gastos y endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales.
- La ley establecerá las características de este marco, los requisitos para su modificación y los términos de su cumplimiento.
- El ingreso que se genere por la explotación de la riqueza del subsuelo y los minerales, en general, se procederá a financiar la inversión real productiva, la educación y la salud. Los principios y disposiciones establecidas para la administración económica y financiera nacional, regularan la de los Estados y Municipios en cuanto sean aplicables.
- La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. Esta se equilibrará en el marco plurianual del presupuesto, de manera que los ingresos ordinarios deban ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios.
Art. 2. Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico.
- …“ La administración financiera del sector público comprende el conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos que intervienen en la captación de ingresos públicos y en su aplicación para el cumplimiento de los fines del estado y estará regida por los principios constitucionales de legalidad, eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinación macroeconómica. “