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Diapositivas

movilidad

Gabriela Palma Chimal Inglés 7 diapositivas

Diapositivas del conjunto (7)

  1. Diapositiva 1

    • MOVILIDAD
  2. articulo 51

    • Se origina cuando un estudiante de la UAT es aceptado en un programa educativo para cursar tres o más asignaturas o unidades de aprendizaje, durante uno o más periodos, en otra institución a nivel nacional o internacional; cuando un estudiante de otra institución es aceptado en la UAT para cursar tres o más asignaturas o unidades de aprendizaje, durante uno o más periodos.
  3. articulo 53

    • El estudiante del Programa de Movilidad Estudiantil que sea aceptado en la UAT, debe ser inscrito como estudiante de nuevo ingreso por movilidad y debe presentar en original y/o copia y en forma digital los siguientes documentos:
    • a.Acta de nacimiento certificada o equivalente expedida con un tiempo no mayor de tres años.
    • b.Oficio o dictamen académico de aceptación de movilidad estudiantil por la instancia correspondiente.
    • c.Oficio de solicitud de asignación de matrícula por parte de la Facultad, Unidad Académica Multidisciplinaria o Centro de Investigación que acepte al estudiante.
    • d.En caso de ser extranjero, comprobar su estancia legal en el país.
    • e.Formato de inscripción, generado por el SIIA.
    • f.Y demás requisitos que solicite cada Facultad, Unidad Académica Multidisciplinaria o Centro de Investigación que se deriven de la naturaleza del programa educativo al que pertenecerá el estudiante.
  4. articulo 54

    • Cada asignatura o unidad de aprendizaje, que el estudiante de nuevo ingreso por movilidad curse, debe ser registrada en el SIIA por parte del personal administrativo del programa educativo de ingreso; las actas de evaluación final por movilidad, deben ser impresas y remitidas al Departamento de Control y Registro Escolar para que, al finalizar la estancia del estudiante de nuevo ingreso por movilidad, se expida la Constancia de Estudios por parte de la Secretaría
    • Técnica y el Departamento de Control y Registro Escolar.
  5. articulo 55

    • El estudiante de la UAT aceptado en el Programa de Movilidad en otra institución educativa, dentro o fuera del país, debe cubrir los siguientes requisitos para ser considerado como estudiante reinscrito con carga de movilidad:
    • a)Dictamen académico de aceptación de movilidad estudiantil.
    • b)Generar su formato de reinscripción en el SIIA y entregarlo en la coordinación de su licenciatura o al Centro de Investigación correspondiente, de acuerdo con los periodos establecidos por el Departamento de Control y Registro Escolar y el calendario académico.
    • c)Y demás requisitos que establezca cada Facultad, Unidad Académica Multidisciplinaria o Centro de Investigación que se deriven de la naturaleza del programa educativo al que pertenezca.
  6. articulo 56

    • Al concluir la movilidad estudiantil, el estudiante reinscrito con carga de movilidad debe cumplir con los siguientes requisitos:
    • a)Entregar en la Facultad, Unidad Académica Multidisciplinaria o Centro de Investigación la constancia de estudios de las asignaturas o unidades de aprendizaje que cursó, expedida por la institución receptora.
    • b)El coordinador de la licenciatura o coordinador del Centro de Investigación debe realizar junto con un comité que él designe, el dictamen de equivalencia de las asignaturas o unidades de aprendizaje cursadas, registrar las calificaciones en el SIIA, generar las actas de evaluación por movilidad, imprimirlas y firmarlas para ser remitidas al Departamento de Control y Registro Escolar para su validación.
    • c)El director(a) de la Facultad, Unidad Académica Multidisciplinaria o coordinador(a) del Centro de Investigación, debe remitir al Departamento de Control y Registro Escolar la constancia de calificaciones expedida por la institución receptora, junto con el dictamen académico de conclusión de equivalencia de las asignaturas o unidades de aprendizaje cursadas.
    • d)Para la equivalencia de periodos, se deben considerar tanto las asignaturas acreditadas como las no acreditadas, además de que los contenidos programáticos deben ser al menos en un 75% de compatibilidad de todo el periodo.
  7. articulo 57

    • Para la equivalencia de asignaturas o unidades de aprendizaje cursadas por el estudiante reinscrito con carga de movilidad en otra institución, se podrán aplicar los siguientes criterios:
    • l. Si el estudiante reinscrito con carga de movilidad cursa más del 50% de su carga académica en el programa de movilidad, podrá tomar las asignaturas:
    • a. A distancia.
    • b. En periodos ofertados.
    • c. Cursar asignaturas o de semestres avanzados en la institución receptora.
    • d. A su regreso, continuar con su semestre y con carga diferenciada a contra turno tomar las asignaturas faltantes. La elección debe ser avalada desde el inicio de la movilidad por el director(a) de la Facultad, con un dictamen de equivalencia de movilidad.
    • II. Si el estudiante reinscrito con carga de movilidad cursa más del 70% de su carga, la calificación de las asignaturas cursadas en la institución receptora es mayor a 8 (ocho) y las asignaturas o unidades de aprendizaje faltantes no son básicas a su formación profesional (son de tipo complementarias), se podrá reconocer la equivalencia de carga académica normal, con un dictamen de equivalencia de movilidad que emita la Coordinación de División respectiva en conjunto con el coordinador del programa educativo, en el cual se determine que la calificación de las asignaturas o unidades de aprendizaje faltantes, será el promedio de las asignaturas o unidades de aprendizaje cursadas. Avalado por un comité designado por el director(a) de la Facultad.
    • III. Si el estudiante cursa menos del 50% de su carga, este debe notificar su consentimiento y su responsabilidad de que acatará el proceso de regularización que le asigne la Facultad, con las implicaciones resultantes, como la ampliación del tiempo para su egreso, si fuese el caso.

Información

Descripción
Diapositivas sobre movilidad, creado por Gabriela Palma Chimal el 09/09/2017.
Creado por
Gabriela Palma Chimal · sep 2017
Actualizado
9 sep 2017
Visitas
9
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