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Diapositivas

regimen sueldos y salarios

ROSAISELA BARRIENTOS impuestos ... Español 13 diapositivas

Diapositivas del conjunto (13)

  1. RÉGIMEN DE "SUELDOS Y SALARIOS"

    • Los asalariados son personas contratadas por uno o varios empleadores, también conocido como patrón, que les asigna una serie de actividades durante su jornada laboral, les paga una cantidad en dinero periódicamente y les otorga ciertos beneficios, a esta paga se le conoce también como sueldo o salario.
    • RÉGIMEN DE "SUELDOS Y SALARIOS"
  2. RECIBO DE NOMINA

    • Se genera recibo de nómina cuando se efectuan pagos a los trabajadores por sueldos, salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado o a contribuyentes asimilados a salarios.
    • RECIBO DE NOMINA
  3. TU RECIBO DE NOMINA DEBE CONTENER ...

    • Registro Patronal
    • El número de empleado.
    • La CURP
    • El tipo de régimen.
    • El número de Seguridad Social
    • La fecha de pago, además, se debe incluir tanto la inicial, como la final.
    • Los números de días pagados en esa nómina.
    • El departamento en donde el trabajador funciona y realiza sus labores.
    • La clabe.
    • El banco.
    • Fecha de inicio de la relación laboral patrón – empleado.
    • Cantidad de tiempo que el empleado lleva trabajando con la empresa.
    • Puesto.
    • Tipo de contrato.
    • Tipo de jornada.
    • Periodicidad del pago.
    • Salario base.
    • Riesgo del puesto.
    • Salario diario
    • Deducciones
    • Percepciones
    • Incapacidades
    • Horas extras trabajadas por el empleado durante ese período de tiempo.
    • TU RECIBO DE NOMINA DEBE CONTENER ...
  4. DEDUCCIONES PERSONALES

    • Son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.
    • DEDUCCIONES PERSONALES
  5. 1.- GASTOS MEDICOS,DENTALES Y HOSPITALARIOS

    • Por consultas con tu nutriólogo, dentista o psicólogo (siempre que quien imparta el servicio tenga título profesional para ejercer la profesión).
    • Gastos hospitalarios siempre y cuando se hayan recibido dentro de la institución, así como las medicinas ocupadas en el tratamiento.
    • Análisis clínicos y de laboratorio.
    • Compra o alquiler de aparatos de rehabilitación y prótesis.
    • Honorarios de enfermeras (sueldo).
    • Lentes oftálmicos para corregir defectos visuales hasta por $2,500 siempre y cuando se describa en la factura las características de estos o bien se cuente con un diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.
    • 1.- GASTOS MEDICOS,DENTALES Y HOSPITALARIOS
  6. 2.- GASTOS FUNERARIOS

    • Aquellos efectuados para tu cónyuge o concubino (a) así como para padres, abuelos, hijos y nietos, podrán ser deducibles siempre y cuando la cantidad pagada no exceda el salario mínimo general vigente elevado al año. Los gastos para cubrir funerales a futuro serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerales.
    • SDM $88.36 X 365 = 32,251.40
    • 2.- GASTOS FUNERARIOS
  7. 3.-DONATIVOS

    • Cuando decidas realizar una aportación a una institución autorizada para ello, como por ejemplo la Cruz Roja, el monto de ese donativo no deberá superar el 7% del total de tus ingresos.
    • 3.-DONATIVOS
  8. 4.-INTERESES REALES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS

    • Intereses reales por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con el Infonavit o Fovissste, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión(4.5 millones de pesos).
    • 4.-INTERESES REALES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS
  9. 5.-APORTACIONES DE RETIRO

    • Son deducibles aquellas aportaciones complementarias de retiro (Afore) o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias con un monto máximo del 10%.
    • 5.-APORTACIONES DE RETIRO
  10. 6.- COLEGIATURA Y TRANSPORTE ESCOLAR

    • Son deducibles los pagos por servicios educativos con los siguientes topes:
    • Transporte escolar: Podrás hacer efectiva su deducción cuando de manera obligatoria se requiera el uso de este servicio y sea señalado dentro del comprobante correspondiente.
    • 6.- COLEGIATURA Y TRANSPORTE ESCOLAR
  11. 7.- PRIMAS POR SEGUROS DE GASTOS MEDICOS

    • Podrás deducir aquellos pagos que efectúes por un seguro complementario o independiente a los brindados por las instituciones públicas de salud, los beneficiarios de la póliza deberán ser tu cónyuge o concubino (a), ascendientes y descendientes en línea recta o tú mismo.
    • 7.- PRIMAS POR SEGUROS DE GASTOS MEDICOS
  12. TUS FACTURAS DEBEN CONTENER

    • 1. RFC emisor y receptor
    • 2. Fecha, hora y lugar de expedición
    • 3. Tipo de comprobante
    • 4. Método de pago
    • 5. Moneda
    • 6. Tipo de cambio
    • 7. Forma de pago
    • 8. Clave de producto o servicio
    • 9. Uso o destino del CFDI
    • 10. Sellos digitales y cadenas
    • TUS FACTURAS DEBEN CONTENER
  13. FORMA DE PAGO

    • Para que todos tus gastos sean deducibles, deberás cubrir los montos con tu tarjeta de débito o crédito, transferencia bancaria o cheques nominativos
    • Considera que el monto total de tus deducciones no puede exceder de cuatro salarios mínimos elevados al año (102,346.00 pesos) o el equivalente al 10% de tus ingresos totales.
    • FORMA DE PAGO

Información

Descripción
sueldos y salarios
Creado por
ROSAISELA BARRIENTOS · nov 2018
Actualizado
7 nov 2018
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