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CONCEPTO DE LEY Y DECRETO

Martha Quintero Español 4 diapositivas

Diapositivas del conjunto (4)

  1. CONCEPTO DE DECRETO

    • El Poder Ejecutivo es el órgano administrativo y ejecutor de las normas generales emanadas del Poder Legislativo, pero en circunstancias especiales se atribuye la potestad de legislar. En ciertos casos, la propia Constitución establece esa facultad de hacer las leyes al Poder Ejecutivo, cuando razones de necesidad y urgencia así lo requieran.
    • El trámite legislativo de sanción de leyes requiere la aprobación de ambas cámaras del Congreso y luego pasar al Ejecutivo para su promulgación o veto. Este trámite lleva mucho tiempo, descontando que además la cámara revisora puede rechazar el proyecto o modificarlo, lo que insume también más tiempo, cuando debe volver con las enmiendas a la cámara de origen.Es por ese motivo que ante alguna urgencia no puede recurrirse a este complicado sistema que sin embargo tiene la ventaja de ofrecer una amplia discusión sobre el contenido de cada ley; y se permite que el ejecutivo promulgue decretos
    • con fuerza de ley. De todos modos, se ha usado y se está usando esta atribución de manera excesiva, cuestionándose la razonabilidad de las supuestas urgenciasDurante las dictaduras del siglo pasado, en países de latinoamericanos se utilizó esta potestad del Poder Ejecutivo para sancionar leyes bajo el nombre de decretos leyes, ante la falta de Poder Legislativo, cuyo funcionamiento fue erradicado por los militares.
    • En España las normas aprobadas por el Consejo de Ministros y luego sometidas a la aprobación Real se denominan Reales Decretos. Tienen la jerarquía de los Reglamentos.
    • También recibe el nombre de Decreto la Constitución Canónica, emanada de la autoridad Papal, previa consulta realizada a los Cardenales.
    • Lee todo en: Concepto de decreto - Definición en DeConceptos.com http://deconceptos.com/ciencias-juridicas/decreto#ixzz3tKUrX2S0
  2. DECRETO - LEY

    • DECRETO-LEY O DECRETO DELEGADO
    • Dentro de las facultades legislativas del presidente se comprende dos grandes
    • grupos, las de creación de decretos y las de colaboración en el proceso legislativo de
    • decretos, en el caso primero, es el Ejecutivo el legislador, crea normas jurídicas abstractas,
    • generales e impersonales y en el segundo, tiene intervención en el proceso de
    • su elaboración, es el colaborador del Congreso de la Unión en la tarea constitucional
    • que éste tiene encomendada para expedir decretos sobre las materias que integran su
    • órbita competencial.17
    • El derecho constitucional y administrativo, admite una figura similar a los decretos,
    • la doctrina ha denominado decreto-ley, los cuales son emanados del ejecutivo y
    • que poseen naturaleza o valor de ley; aceptan una legislación que no emana del Poder
    • Legislativo, sino de órganos administrativos o ejecutivos.
    • BURGOA, Ignacio. Derecho Constitucional Mexicano. Novena edición. Porrúa, S. A., México, D.F., 1994,
    • pp. 777 y 778.
    • 18 MARTÍNEZ MORALES, Rafael. Ob. Cit. p. 259.
    • El decreto-ley o delegado surge de las facultades extraordinarias que la constitución
    • otorga en su artículo 49 al Presidente únicamente en casos determinados.
    • El decreto-ley se entiende como la disposición de carácter legislativo emitida en vía de
    • excepción por el titular del Poder Ejecutivo o por quien lo detenta.En el Estado de facto,
    • necesita del decreto-ley para su organización provisional, con tendencia a convertirse
    • formalmente en Estado de derecho, en el cual tal decreto es un procedimiento excepcional
    • de legislación delegada atribuido al Ejecutivo para determinadas situaciones.
  3. DECRETO - LEY

    • La Nueva Enciclopedia Jurídica indica que constituye un decreto normativo que
    • tiene igual vigor que la ley formal, es toda regulación a través de decreto de materias,
    • que dada su naturaleza, están dentro del ámbito de la ley formal.
    • En la enciclopedia Jurídica Omeba, es la decisión de carácter legislativo que dicta
    • el poder ejecutivo fundado en el estado de necesidad, en circunstancias excepcionales
    • ante el receso o caducidad del poder legislativo; están incluidos en este tipo, todos
    • aquellos decretos que constituyen materias que por su propia naturaleza son de carácter
    • legislativo. En opinión de Maurice Duverger “las cámaras todopoderosas abandonan provisionalmente
    • en manos del gobierno una parte de su poder legislativo, mediante una
    • “ley de plenos poderes”, le autorizan al Ejecutivo durante determinado tiempo y en
    • campo limitado, a hacer reglamentos con fuerza de ley, es decir, que pueden modificar
    • las leyes en vigor, dichos decretos-ley, se tienen que someter después a la ratificación
    • del parlamento en un determinado plazo de tiempo. Así llega, según Duverger a una
    • confusión de poderes parcial y temporal que deforma el régimen parlamentario en otro
    • sentido, es decir, dando al Ejecutivo una preponderancia de hecho, pero sin asegurarle duración”.
  4. CONCLUSION DECRETO - LEY

    • 1. Un instrumento jurídico utilizado por el Poder Ejecutivo es el decreto que le
    • permite llevar a cabo las funciones que le han sido encomendadas.
    • 2. Desde el punto de vista formal, todos los decretos emitidos por el Ejecutivo son
    • actos administrativos; sin embargo realizando un análisis más profundo debe distinguirse
    • de los decretos-ley (mismos que son realmente un acto legislativo delegado) de
    • los otros decretos en los que se cumple una función de administración.
    • 3. La diferencia entre el decreto como acto administrativo que establece el artículo 92
    • constitucional y el decreto-ley, es que este último es un acto legislativo dictado en tiempos
    • anormales por el titular del ejecutivo y altera el principio de la división de poderes.
    • 4. Resulta necesario establecer criterios objetivos por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa respecto de la impugnación.
    • http://www.tfjfa.gob.mx/investigaciones/pdf/decreto.pdf
    • 04 DICIEMBRE 2015
    • 12:27 P.M.

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Descripción
Decreto es toda norma general emanada de autoridad distinta del Poder Legislativo, órgano constitucional específico con atribución para hacer las leyes.
Creado por
Martha Quintero · dic 2015
Actualizado
23 ago 2016
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