¡GoConqr estrena diseño! Cuéntanos qué te parece.

Apuntes

Artículo 6

Test Constitución Española Constitución Española de 1978 Temario Español 1 página

Contenido del apunte (1)

Página 1

Artículo 6

Creado por www.TodoConstitucion.com

Artículo 6

Artículo 6

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Explicación:

Los partidos políticos son reflejo del derecho de asociación regulado en el artículo 22 CE (Sección 1ª, Capítulo II, Título I).

Vemos que están directamente relacionados con el ya visto "valor fundamental" de pluralismo político y con la participación ciudadana en los asuntos públicos del artículo 23 CE.

Los ciudadanos eligen, mediante votación en las urnas, en las elecciones (generales, regionales), qué partido político será el máximo representante.

Imprescindible será el respeto al ordenamiento jurídico y a los valores de la democracia.

Test de aprendizaje del artículo 6

Información

Descripción
Proceso de aprendizaje del artículo 6
Creado por
Test Constitución Española · jun 2016
Actualizado
13 ene 2017
Visitas
278
Valoración

Escríbenos

¿Sobre qué es tu mensaje?

¿Qué te parece el nuevo diseño?

¿Te gusta?