Glosario de términos de las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común
Diapositivas del conjunto (6)
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- Órgano Administrativo que inicie o tramite un procedimiento
- - Cualquier manera de iniciación
- - Acuerdo de acumulación: Acumulación de procedimientos con otros con los que guarde indentidad sustancial o íntima conexión
- - De oficio/instancia de parte
- - Mismo órgano para todos los procesos
- - No proceden recursos en contra del acuerdo de acumulación
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Art. 69 Declaración Responsable
- - Documento suscrito por el interesado que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos de la normativa vigente:
- - Recogidos de manera clara, expresa y precisa
- - Validez desde el día de su presentación (sin perjuicio de los mecanismos de comprobación/control/inspección)
- Establecidos por la norma vigente para obtener el reconocimiento de:
- -Derecho
- -Facultad
- -Su ejercicio
- - Mantendrá los requisitos el periodo necesario para el cumplimiento de obligaciones
- - Dispone de la acreditación: A disposición de la Admin Pública cuando sea requerida
- - Si no la presenta // INEXACTITUD/FALSEDAD/OMISIÓN de carácter esencial:
- - Imposibilidad de continuar el ejercicio del derecho
- - Responsabilidad Civil, penal o administrativa
- - Podrá obligarsele a restituir la situación jurídica
- - Imposibilidad de instar de nuevo (periodo determinado por LEY)
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- Documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de las Administraciones Públicas:
- - Datos identificativos
- - Datos Relevantes
- - Para:
- - Inicio de Actividad
- - Ejercicio de un Derecho
- - Validez:
- - desde el día de su presentación (sin perjuicio de los mecanismos de comprobación/control/inspección)
- - Dentro de un plazo posterior (cuando la legislación correspondiente lo prevea expresamente)
- Si no la presenta // INEXACTITUD/FALSEDAD/OMISIÓN de carácter esencial:
- - Imposibilidad de continuar el ejercicio del derecho
- - Responsabilidad Civil, penal o administrativa
- - Podrá obligarsele a restituir la situación jurídica
- - Imposibilidad de instar de nuevo (periodo determinado por LEY)
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Art. 69: Modelos D. Resp. y Comunicación
- Para iniciar una misma actividad, solamente será exigible 1 de las dos (no se podrá exigir ambas)
- - Bien declaración responsable
- - Bien Comunicación
- Las Administraciones Públicas:
- - Modelos de declaración y comunicación publicados y actualizados
- - Accesibles a los interesados
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- Pie de imagen: Dentro de la Participación de los interesados en la Instrucción del procedimiento
- Audiencia en la instrucción:
- Los interesados o sus representantes pueden alegar, presentar documentos y justificaciones, después de instruir los procedimientos y antes de redactar la propuesta de resolución. Antes también de la posible solicitud de informes (asesoramiento jurídico o el dictámen del Consejo del Estado o su equivalente en las CCAA).
- El plazo será de entre 10-15 días, pero el interesado puede manifestar que no presentará alegaciones antes de este período, y el trámite se dará por realizado.
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Art. 118 Audiencia de los interesados
- [Dentro del capítulo de RECURSOS ADMINISTRATIVOS, tras recaer resolución]
- - Nuevos hechos o documentos a tenerse en cuenta:
- - No recogidos en el expediente originario
- - entre 10-15 días de plazo
- - Otros interesados: traslado del recurso para que aleguen en el período de 10-15 días
- - Alegaciones, documentos, justificantes nuevos presentados por los interesados
- - NO tenidos en cuenta:
- - Cuando se podrían haber presentado en el trámite ordinario y no se presentaron
- - No podrá solicitarse la práctica de pruebas imputables al interesado y que no se realizaron en el procedimiento
- - No son documentos nuevos:
- - Informes, recursos, propuestas
- - Documentos aportados ANTES de recaer resolución
Información
- Descripción
- - Acumulación - Declaración Responsable - Comunicación
- Creado por
- Victoria Cortina
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- Valoración